Imágenes de páginas
PDF
EPUB

susodicha, despues de haber andado muchas de las calles de la dicha cibdad, fueron á la iglesia mayor della, nombrada San Juan Evangelista. Y el dicho capitan D. Pedro de Córdoba y Avendaño entró con el dicho pendon delante de la dicha iglesia, y el dicho Nicolás de Rivera con el de la dicha cibdad, é los arrimaron junto al altar mayor della; é así arrimados, el dicho señor Arzobispo, revestido de pontifical, juntamente con la dicha clerecia é con los frailes de las órdenes mendicantes de Santo Domingo y San Francisco y San Agustin y Nuestra Señora de las Mercedes, que vinieron á la dicha iglesia á celebrar la dicha fiesta, hizo procesion general al rededor de la dicha iglesia, é dijo misa solene de la fiesta del dicho apóstol Santiago, é hobo sermon é música de cantores y otras músicas; é acabada, echó la bendicion arzobispal al pueblo questaba ayuntado é congregado en la dicha iglesia. É luego el dicho capitan D. Pedro de Córdoba y Avendaño tomó el estandarte Real, y el dicho Nicolás de Rivera el de la dicha cibdad; é con los dichos pendones y en la misma forma de suso referida con que habian venido á la dicha iglesia el dicho señor Visorey y con los demás de suso referidos, salieron de la dicha iglesia y fueron á las casas de la morada del dicho señor Visorey; y el dicho don Pedro de Córdoba y Avendaño metió en ella el dicho pendon, y el dicho Nicolás de Rivera juntamente con la dicha justicia y regimiento é demás oficiales del Cabildo de la dicha cibdad, fué desde las dichas casas de la morada del dicho señor Visorey á las casas del dicho Cabildo de la dicha cibdad, é metió é puso en el dicho Cabildo el dicho pendon. Lo cual todo dixeron que hacian é hicieron así, en cumplimiento de la renunciacion referida en la dicha carta imperial é de lo que TOMO IV.

26

por ella el dicho emperador don Cárlos é rey de España, nuestro señor, les envió á mandar, y en cumplimiento así mismo de la aceptacion destos dichos reinos del Perú, referida en la dicha carta del dicho serenísimo rey don Felipe, nuestro rey é señor natural, á quien todos los susodichos por la dicha órden é con las dichas cerimonias é solenidades recibieron, aceptaron, reconocieron por tal Rey é señor natural suyo, á quien Nuestro Señor guarde por largos tiempos y prospere, con acrescentamiento de mayores reinos é señoríos; é como á tal le ofrecieron é dieron la obediencia, ofreciéndose á le servir é respetar é acatar como buenos vasallos suyos, en todo é por todo, segun é de la forma é manera que por las dichas cartas les fue y es mandado y lo deben hacer como tales vasallos. Testigos que se hallaron presentes á todo lo susodicho, el gobernador Rodrigo de Contreras, é Pero Rodriguez Puerto-Carrero, contador mayor de cuentas de la Real Hacienda, é D. Pedro Puerto-Carrero, é D. Juan de Sandoval, Lorenzo Estopiñan de Figueroa, Juan Tello de Sotomayor, el licenciado García de Leon, Pedro de Villagra, Cipriano Ferrara, é otros muchos caballeros é vecinos é personas que allí estaban.-El Marqués.-É yo el dicho secretario Pedro de Avendaño, presente fuí con el dicho señor Visorey y demás señores y testigos á todo lo de suso contenido, y en testimonio dello lo firmo de mi nombre.-Corregido con el original.-Pedro de Avendaño.

CARTA DEL REY DON FELIPE II Á DON LUIS DE VELASCO, VIREY DE MÉJICO, NOTICIÁNDOLE SU ELEVACION AL TRONO Y PIDIÉNDOLE ALGUN SERVICIO DE DINERO. (1)

El Rey:

D. Luis de Velasco, nuestro visorey de México: Habiendo salido d'España, como sabeis, he pasado en Inglaterra á la consumacion de mi matrimonio con la serenísima Reina, mi muy cara é muy amada mujer, deteniéndome allí el tiempo necesario para asentar las cosas de la religion, que por la bondad de Dios ha sucedido como se podia desear, é poner en órden las de la justicia y gobernacion y los otros negocios que se ofrecian. Pasé por órden del Emperador, mi señor, á estos estados de Flandes, donde hallé á S. M. con tales indisposiciones, que me dieron la pena é cuidado ques razon. Y conociendo S. M. la necesidad grande que habrá en la espedicion de los negocios, é que sus enfermedades eran causa que no se hiciesen con la brevedad que convenia á sus súbditos y vasallos, determinó de renunciar y traspasar en mí todos sus reinos y señoríos y estados, así de Castilla como de las Indias, islas y tierra firme del mar Océano é lo demás anexo á aquella corona, como lo de Aragon, Nápoles y Sicilia y las tierras bajas de Flandes. Y otorgó é hizo todas las escrituras en forma, é yo lo

(1) Coleccion de Muñoz, tomo LXXXVIII.

acepté obedeciendo á S. M., con fin é propósito de descansarle y apartarle tantas pesadumbres y trabajos como ha sufrido é pasado en las guerras que ha tenido, y los ejércitos que forzosamente ha levantado por el bien de la religion y conservacion de sus estados, que están divididos y separados. É habiendo tomado la posesion y dádome la obediencia como á su Rey y señor natural, hallándonos en tan grandes necesidades, por los muchos é contínuos gastos que se han hecho y hacen, ha sido forzoso pedirles generalmente que nos socorran é ayuden, como lo han comenzado á hacer y lo harán, para en este principio poder asentar y remediar nuestras cosas. Y porque podria ser que esta llegase antes que los despachos, que se os enviaron por la via ordinaria, en que se os avisará más particularmente de lo sobredicho y de lo que acerca dello habeis de hacer, os he querido sumariamente advertir dello como á tan buen criado y servidor mio, porque sé el contentamiento que dello terneis. É de mi parte lo direis á la Audiencia que ahí reside y escribireis á las otras que están debajo de vuestra gobernacion y se os envia aprobacion de vuestro cargo é de los suyos. Y si os pareciere con esta ocasion pedir de nuestra parte á los españoles, vecinos, conquistadores y pobladores y otras personas, que tuvieren comodidad y posibilidad, que nos ayuden y hagan algun servicio sin hacerlos prémia (1) ni torcedor, porque no es nuestra intencion sino procediese muy de su voluntad, proponérselo heis enderezándolo por esta via; ó que nos presten por el tiempo que pudieren esperar y en la más cantidad que

(1) Prémia, voz anticuada que significa lo mismo qne violencia, opresion.

sea posible, consinándoselo para que se los paguen de lo que pertenece y se cobráre para nos en esas provincias, que yo os remito para que lo hagais como viéredes que más convenga, certificándoos que en ningun tiempo podria venir que más nos aprovechase; porque aunque hay tregua, se conoce que los franceses andan por romperla por inteligencias y trazas que tienen en Italia. Y hallándose presente aquí el Rdo. P. Fr. Josepe de Angulo, comisario de esas provincias, que ha venido á algunas cosas muy convenientes al servicio de Dios y nuestro, nos han informado del mucho fruto que se hace en la conversion y doctrina de los indios y el cuidado particular que vos teneis dello, lo cual os agradezco mucho. Y junto con esto, entendido en la necesidad en que estamos, me ha certificado la voluntad general que en ellos ha hallado de servirme, dando esperanza que como sepan nuestra sucesion nos harán algund bueno señalado servicio é socorro de su voluntad; é así con el aficion que nos tiene se ha ofrescido, dejando los negocios que tenia que tratar, tomar este trabajo é volver allá. Y estimándolo en lo ques razon, le he mandado despachar con toda brevedad, dándole la instruccion y comision que vereis por la copia que será con esta, é escribo en su creencia á los dichos indios. Encárgoos encarecidamente que conforme aquello, le deis todo el favor é calor que os pidiere é hobiere menester para el buen efecto ó encaminamiento de este negocio, así con los indios como con los perlados é otros religiosos é personas (1)... Avisarnos heis lo que hicie....., y podiendo enviar alguna cantidad, procurareis que sea con toda brevedad, é que para traerlo y em

re..

(1) Así en el original, y lo mismo luego.

« AnteriorContinuar »