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Imprenta de Repullés, 1817
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 277 - ... que se publique en Madrid y en las ciudades, villas y lugares de estos mis reinos y señoríos, en la forma acostumbrada...
Página 275 - Audiencias de estos reynos en sus respectivos territorios formarán, imprimirán y comunicarán listas de las cabezas de partido donde se han de establecer los Oficios de hipotecas, para que conste claramente á los pueblos; y quedará al arbitrio de las mismas Chancillerías y Audiencias señalar algunas cabezas de jurisdicción, aunque no sean de partido, si vieren que conviene 'para la mejor y más fácil observancia por la extensión ó distancia de los partidos.
Página 51 - El derecho de executar por obligación personal se prescriba por diez años, y la acción personal , y la executoria dada sobre ella se prescriba por veinte años , y no menos ; pero donde en la obligación hay hipoteca , ó donde la obligación es mixta , personal y real , la deuda se prescriba por treinta años , y no menos...
Página 355 - ... prorata la cantidad que corresponda al tiempo que faltare para cumplir el medio año ; y lo mismo se entienda con los alquileres que se anticipan en las habitaciones que se pagan por meses.
Página 276 - Cámara, y no cumpliendo con el registro y toma de razon no hagan fe dichos instrumentos en juicio ni fuera de él para el efecto de perseguir las hipotecas, ni para que se entiendan gravadas las fincas contenidas en el instrumento cuyo registro se haya omitido...
Página 179 - ... su nombre, pena de restituirla, con mas las costas de su cobranza; asi lo dijo, otorga y firma, á quien doy fe conozco, siendo testigos F., F.
Página 273 - Será obligación de los escribanos de ayuntamiento de las cabezas de partido tener, ya sea en un libro ó en muchos registros separados de cada uno de los pueblos del distrito, con la inscripción correspondiente , y de modo que con distinción y claridad se tome la razón respectiva al pueblo en que estuvieren situadas las hipotecas...
Página 276 - ... fincas gravadas; bien entendido que sin preceder la circunstancia del registro, ningún juez podrá juzgar por tales instrumentos, ni harán fe para dicho efecto, aunque la hagan para otros fines diversos de la persecución de las hipotecas ó verificación del gravamen de las Gncas, bajo las penas explicadas.
Página 482 - Villa de tal á tantos de tal mes y año, ante mí el Escribano, y testigos el RP Fr.
Página 273 - Cabildo dentro .de 24 horas para .evitar molestias , y dilaciones á los interesados ; y. si el instrumento fuere antiguo , y anterior á...

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