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»>deseos, pone de luégo á luego todos los medios para ali»viarle. La caridad debe ser compasiva sin acepcion de per»sonas, y activa, reduciéndose toda á obras. »—«Ama á to>>dos los hombres sean los que fueren, y está dispuesto »>á asistirlos y socorrerlos en todas sus necesidades.»

Paréceme que el Padre Scio en este pasaje se refiere á los mallorquines preocupados, y les echa en cara su desidia, sus malas obras y sus conocidas injusticias sociales. Y paréceme que Nuestro Señor algun día ha de preguntar al malo, al que se complace en desconocer derechos sacratísimos so pretexto de preocupaciones y descendencias: «¿Quién era tu prójimo? Mal siervo, ¿quién era tu prójimo? ¿Eran únicamente los descendientes de los catalanes, los descendientes de los moros, ó los descendientes de los judíos? Responde, sacerdote ó seglar, tú que dabas á unos fieles mis tesoros, negándoselos á otros fieles por vanos y ridículos motivos, ¿quién era tu prójimo? Ya no puedes pedirme perdon de las lágrimas que hiciste injustamente derramar; porque hoy comienza la Ira, y eternamente has de pagar tu crímen. Vé, maldito de mi Padre, vé á padecer eternamente con tu rey Satanas; porque tú con tus acepciones y distinciones de personas no fuiste discípulo mío; tú no comprendiste la esencia de mi Religion. »

Y lo mismo ha de clamar contra los que encendieron hogueras, contra los que fanatizaron al pueblo, contra los violadores de la conciencia humana. ¡Id, malditos de mi Padre! Mi Ley no era la espada de Neron, no era el alfanje de Mahoma, no era el monton de leña de los Caníbales....

Y no vaya á creerse que al escribir estas palabras, yo piense algo ni poco ni mucho en contra de la potestad legislativa y coactiva, que tiene la Iglesia para publicar leyes disciplinares y hacerlas cumplir, casti

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gando á los infractores. No. La Iglesia ha recibido de Dios esa potestad: y ademas, la Iglesia es una sociedad; y toda sociedad tiene en mayor ó menor grado potestad legislativa y coactiva sobre sus asociados y súbditos.

En todos tiempos, desde el primer Concilio de Jerusalem, desde que San Pablo excomulgó al incestuoso de Corinto, la Iglesia ha ejercido esa potestad. El primer teólogo de nuestro siglo, el santo Pontífice que actualmente gobierna la Iglesia, la ha reivindicado en la Encíclica Quanta cura de 8 de Diciembre de 1864, y en el Syllabus.

En la Encíclica Quanta cura se lee este párrafo, que considero un deber el reproducir:

«Os es perfectamente conocido, Venerables Herma>>nos, que hoy no faltan hombres que aplicando á la so»ciedad civil el impío y absurdo principio del natura»lismo, como le llaman, se atreven á enseñar que la »perfeccion de los gobiernos y el progreso civil deman»dan imperiosamente, que la sociedad humana sea cons»tituida y gobernada sin que tenga más en cuenta la Re»ligion que si no existiera; ó por lo menos, sin hacer »ninguna diferencia entre la verdadera Religion y las »>falsas. Ademas, contradiciendo la doctrina de la Escri>>tura, de la Iglesia, y de los Santos Padres, no temen »afirmar que el mejor gobierno es aquél en el que no se >>reconoce al poder la obligacion de reprimir por la san»>cion de las penas á los violadores de la Religion cató»lica, si no es cuando la tranquilidad pública lo exige. »>Y como consecuencia de esta idea absolutamente falsa >>del régimen social, no vacilan en favorecer aquella opi»>>nion errónea, muy fatal a la Iglesia católica y a la sal>>vacion de las almas, y que nuestro predecesor de feliz >>memoria Gregorio XVI llamaba delirio, á saber: Que >>la libertad de conciencia y de cultos es un derecho

>>propio de cada hombre, que debe ser proclamado por la »ley y afirmado en todo Estado que tenga buen gobierno; »y que los ciudadanos tienen derecho á la libertad omni»moda de manifestar y declarar alta y públicamente sus >>conceptos cualesquiera sean, de palabra, por escrito ó »de otro modo, sin que la autoridad eclesiástica ó civil >>puedan limitar esta libertad.» (1)

Esas opiniones son fatales, entendidas de un modo general; son falsas, porque hacen al hombre un sér absoluto. El hombre no es lo absoluto; es un sér relativo. Depende de la Sociedad como ciudadano, y de la Iglesia como cristiano católico. Luego la Sociedad y la Iglesia tienen sobre él la potestad legislativa y coactiva.

Los protestantes, los jansenistas, los regalistas exagerados, la escuela liberal anticatólica, se han atrevido á negar ó á combatir ese poder legislativo de la Iglesia. ¡Insensatos! No comprenden que está en la naturaleza de las cosas ese poder; y que así como la Nacion, el Estado, la Sociedad civil, tiene el derecho y el deber de

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«Etenim probe noscitis, Venerabiles Fratres, hoc tempore non paucos reperiri, qui civili consortio impium absurdumque naturalismi, uti vocant, principium applicantes, audent docere, «optimam societatis publicæ rationem, civilemque progressum omnino requirere, ut humana societas constituatur et gubernetur, nullo habito ad religionem respectu, ac si ea non existeret, vel saltem nullo facto veram inter falsasque religiones discrimine.» Atque contra sacrarum Litterarum, Eclesiæ sanctorumque Patrum doctrinam, asserere non dubitant, «optimam esse conditionem societatis, in qua Imperio non agnoscitur officium coercendi sancitis pœnis violatores catholicæ religionis, nisi quatenus pax publica postulet.» Ex qua omnino falsa socialis regiminis idea haud timent erroneam illam fovere opinionem catholicæ Ecclesiæ, animarumque saluti maxime exitialem á rec. mem. Gregorio XVI prædecessore Nostro deliramentum appellatam, nimirum «libertatem conscientiæ et cultuum esse proprium cujuscumque hominis jus, quod lege proclamari, et asseri debet in omni recte constituta societate, et jus civibus inesse ad omnimodam libertatem nulla vel ecclesiastica, vel cívili auctoritate coarctandam, quo suos conceptus quoscumque sive voce, sive typis, sive alia ratione palam publiceque manifestare, ac declarare valeant.>>

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legislar, premiar y castigar en lo civil y temporal; la Iglesia, sociedad religiosa, tiene el derecho y el deber de legislar, premiar y castigar en lo espiritual y religioso.

El Syllabus & Resúmen de los errores de nuestra época, publicado por S. S. Pio IX, señala como un error la Proposicion 24, que es como sigue:

»>Ecclesia vis inferendæ potestatem non habet, neque potestatem ullam temporalem directam vel indirectam.» Si esa proposicion es falsa, la contraria será verdadera.

Luego la Iglesia tiene, (por disposicion divina), el derecho y el deber de sancionar, con premios y penas, sus augustas y santas leyes.

(Y en ese derecho y en ese deber me fundo yo cabalmente, al suplicar que las autoridades mallorquinas castiguen á los preocupados de Mallorca, cada vez que éstos hagan actos públicos de preocupacion contra sus hermanos católicos.)

Para que nadie entienda mal mis palabras, pondré la Proposicion teológica que se establece en las escuelas:

«La Iglesia recibió de Dios el poder independiente y >>supremo de sancionar por medio de leyes la disciplina >>exterior, de obligar á los fieles á su observancia, y de >>castigar con penas saludables á los desobedientes y em>>pedernidos. >>

«Ecclesia divinitus accepit potestatem independentem atque supremam sanciendi per leges exteriorem disciplinam, cogendique fideles ad earum observationem, et coercendi SALUTARIBUS POENIS devios et contumaces.» (Perrone: -De auct. Ecclesiæ.)

Se ve pues que la Iglesia, ó, si se quiere, el Estado cuando la Iglesia se lo encomienda, tiene la potestad de castigar á los desobedientes en Religion; pero esas penas que se impongan, siempre han de recaer sobre súbditos, sobre personas que pertenezcan al Cuerpo de la Iglesia por haber recibido el Bautismo católico; y ademas han de ser saludables. Esta calidad es esencial: HAN DE SER SALUDABLES. Las vejaciones que se ejercieron en la Edad media sobre los Israelitas, eran contrarias á todo derecho. Las persecuciones llevadas á cabo en Mallorca en el siglo XVII contra las personas llamadas de la Calle, fueron contrarias á toda equidad. Porque, ó estas personas eran judíos ó eran cristianos: si eran judíos, ninguna accion tenía sobre ellos la Iglesia; si eran cristianos, las penas que la Inquisicion les impuso no fueron saludables ni vivificadoras.

No, no fueron saludables. En lugar de dar salud dieron muerte; en lugar de salvacion proporcionaron escarnio, ruina social y deshonra sempiterna.-¿Entendéis ahora por qué digo que el espíritu del hombre no se ilustra por medio de las hogueras; ni los hierros candentes convierten su corazon? ¿Entendéis por qué digo que el espíritu de la Ley católica es amor y no terrror, atraccion y no repulsion, aceite y vino que curan y no hierro y acero que destruyen?

Francisco Garau tiene la poca caridad de decir que, despues de la hecatombe humana que refiere, él consideró que la Tierra estaba purificada y que se había desagraviado al Omnipotente con un sacrificio de justicia.

Así como se ofrecían víctimas humanas á Moloc, á Odin y al infame Júpiter fenicio, así parece que Francisco Garau quiso ofrecer víctimas humanas, sacrificios humanos al Dios de la Cruz.

¡Horrible blasfemia! ¡No se la toméis en cuenta, Jesus mío!

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