DE LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA FUNDADA POR EL EXCMO. SR. D. JOSÉ REUS Y GARCÍA AÑO SEPTUAGÉSIMO TOMO 140 MADRID EDITORIAL REUS (S. A.) IMPRESOR DE LAS REALES ACADEMIAS DE LA HISTORIA Cañizares, 3 duplicado. 1922 ES PROPIEDAD Quedan reservados todos los derechos que marca la ley. Talleres tipográficos de la Sociedad anónima EDITORIAL REUS (S. A.) Ronda de Atocha, 15 duplicado.-MADRID (854) Principios de Derecho penal internacional § 1. Del Derecho penal internacional en general (1) I.-El Derecho penal internacional es aquel conjunto de principios, según los cuales deben ser aplicadas las disposiciones del Derecho penal interior, a ciudadanos extranjeros, o a delitos cometidos en el extranjero. Así entendido, el Derecho penal internacional comprende las teorias y reglas relativas al derecho de castigar del Estado en cuanto a los delitos cometidos en el extranjero, o por sus propios ciudadanos en el extranjero, o por los extranjeros en el territorio propio. Son, además, objeto del Derecho penal internacional: el problema de la extradición, el de la extraterritorialidad, el de la revision de los procesos penales seguidos en el extranjero y el Derecho penal de guerra. De todas estas cuestiones trataremos en las páginas siguientes. II.-El Derecho penal internacional es para nosotros una rama especial del Derecho penal general y del Dere (1) Nosotros debemos dar nuestras gracias al Sr. Manuel Lasala de Llanas, el sabio profesor de la Universidad de Zaragoza, por haber tenido la bondad de corregir nuestro manuscrito. |