Ley sobre bancarrotasJ. M. Macias, 1853 |
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... calificacion de los créditos ; pero no podrán emplearse mas de veinte dias contados desde el dia en que se celebre la pri- mera junta . 55. Los créditos admitidos como legítimos , se anotarán en sus títulos , en estos términos : N ...
... calificacion de los créditos ; pero no podrán emplearse mas de veinte dias contados desde el dia en que se celebre la pri- mera junta . 55. Los créditos admitidos como legítimos , se anotarán en sus títulos , en estos términos : N ...
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... en otro alguno de los que se ha- bla en esta ley , se sacarán los autos del tribunal , sino que en el mismo se les franquearán á las partes para que se impongan de ellos . SECCION DÉCIMA . De la calificacion de la quiebra . 17.
... en otro alguno de los que se ha- bla en esta ley , se sacarán los autos del tribunal , sino que en el mismo se les franquearán á las partes para que se impongan de ellos . SECCION DÉCIMA . De la calificacion de la quiebra . 17.
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... calificacion definitiva de la quiebra , el tribunal pon- drá al detenido en libertad bajo la fianza de cárcel segura , ó proveerá el auto motivado de prision conforme á las leyes . 116. Los síndicos prepararán el juicio de calificacion ...
... calificacion definitiva de la quiebra , el tribunal pon- drá al detenido en libertad bajo la fianza de cárcel segura , ó proveerá el auto motivado de prision conforme á las leyes . 116. Los síndicos prepararán el juicio de calificacion ...
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... calificacion de los créditos ó en cualquiera junta de los acreedores de la quiebra . - 3 . Los que de acuerdo con el mismo quebrado alterasen la naturaleza ó fecha del crédito para antepo- nerse en la graduacion , con perjuicio de otros ...
... calificacion de los créditos ó en cualquiera junta de los acreedores de la quiebra . - 3 . Los que de acuerdo con el mismo quebrado alterasen la naturaleza ó fecha del crédito para antepo- nerse en la graduacion , con perjuicio de otros ...
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... remitirá luego el expediente de calificacion al juez de lo criminal , si él mismo no lo fuere , para que proceda á imponer al culpable ó criminal la pena correspondiente . De esta califica- t cion podrá apelar el fallido y se le admitirá ...
... remitirá luego el expediente de calificacion al juez de lo criminal , si él mismo no lo fuere , para que proceda á imponer al culpable ó criminal la pena correspondiente . De esta califica- t cion podrá apelar el fallido y se le admitirá ...
Términos y frases comunes
acompañará el fallido acreedores concurrentes acreedores presentar acreedores que hubieren acreedores residentes administracion admitirá algun acreedor almacenes del fallido apelacion apoderado audiencia autorizacion del tribunal balance celebrarse cion de quiebra comercio cómplices conforme convenio cuyo crédito declara declaracion de quiebra Declarada la quiebra declarado como quebrado decreto derecho derecho comun deudor dias contados dinero efectivo documentos efectos ejecutoria escluido estuviere exámen y reconocimiento exceda fallido hubiere fianza fraude fuere necesario graduacion hará hiciere hubieren remitido imponga intereses y gastos judicial juez del domicilio juicio junta de acreedores junta de exámen justiprecio legitimidad mercaderías negocios nulo obligacion obligaciones obtener su rehabilitacion ocho dias siguientes operaciones oposicion pago perjuicio pertenecientes plazo podrá podrán prescritas presentacion previene probare procederá quebrado culpable quebrado fraudulento rehabilitacion del quebrado rehabilitados reposicion secuestro seis meses serán síndicos provisionales suspende suspension de pagos tambien térmi término tiva tribunal declare tribunal que conoce tuviere venta voto
Pasajes populares
Página 16 - LAS mercaderías, efectos y cualquiera otra especie de bienes que existan en la masa de la quiebra, cuya propiedad no se hubiere transferido al quebrado por un título legal é irrevocable, se considerarán de dominio ajeno y se pondrán á disposición de sus legítimos dueños...
Página 9 - El comisario cerrará el estado de créditos, y á consecuencia de esta diligencia serán considerados en mora para los efectos que prescribe el art.
Página 21 - ... ó provincia diferente de la del domicilio del quebrado, prueben que en el pueblo de su residencia no se tenia noticia de la quiebra.
Página 10 - En caso de reclamación por cualquier acreedor contra el acuerdo de la junta en que se declare reconocido un crédito, serán de su cargo los gastos del procedimiento; pero si judicialmente se declara escluido el crédito, le serán abonados íntegramente por la masa, mediante su cuenta justificada.
Página 10 - El acuerdo de la junta deja salvo el derecho de todos y cada uno de los acreedores á la quiebra, el del interesado en el crédito controvertido y el del quebrado, para que, si se sintieren agraviados, usen de él en justicia como les convenga, quedando, entretanto, privado de voz activa en la quiebra el acreedor cuyo crédito no sea reconocido (i).
Página 20 - Si hubiese otorgado, consentido, firmado ó reconocido deudas supuestas; presumiéndose tales, salva la prueba en contrario, todas las que no tengan causa de deber ó valor determinado.
Página 21 - A perder cualquier derecho que tengan en la masa de la quiebra, en que sean declarados cómplices. 2.° A reintegrar á la misma masa los bienes, derechos y acciones, sobre cuya sustracción hubiere recaído su complicidad. 3.°...
Página 15 - ... por hacerse cuando intentaren su reclamación, precediendo el reconocimiento de la legitimidad de sus créditos, que se hará judicialmente á expensas de los mismos acreedores morosos con citación y audiencia de los síndicos.
Página 20 - Negociar, después del último balance, letras de su propio giro á cargo de persona en cuyo poder no tuviere fondos ni crédito abierto sobre ella ó autorización para hacerlo. 15. Si hecha la declaración de quiebra hubiere percibido y aplicado á usos personales dinero, efectos ó créditos de la masa, ó distraído de ésta alguna de sus pertenencias.
Página 20 - Si de su contabilidad comercial no resultare la salida ó existencia del activo de su último inventario, y del dinero, valores, muebles y efectos de cualquiera especie que sean, que constare ó se justificare haber entrado posteriormente en poder del quebrado.