CÓDIGO DE COMERCIO CONFORME À LA EDICION OFICIAL · CON NOTAS Y CONCORDANCIAS, POR UN ABOGADO DEL ILUSTRE COLEGIO DE MADRID. BIBLIOTECA UNIVERS DONACION DEL EYO MADRID:- 1865. Esta obra es propiedad del autor, que considerará fraudulentos los ejemplares en que no aparezca su firma. Publicamos la presente edicion del Código de Comercio sin ningun género de pretensiones, y con el solo objeto de facilitar á todas las clases comerciales por un precio sumamente módico, un cuerpo legal de que todos tienen necesidad. INTRODUCCION. El derecho como idea, camina paralelamente y al mismo tiempo que el desarrollo de las sociedades, correspondiendo siempre á cada gran progreso una aplicacion de las leyes inmutables de la justicia: he aquí el origen de todos los códigos, la necesidad de su perfeccionamiento y la causa de que, hasta el presente siglo en que el comercio abarca tantos y tan dilatados horizontes, no se hayan generalizado las leyes mercantiles. Este hecho, general á todas las naciones lo vemos realizado en nuestra patria. A la aparicion de las monarquías aragonesa y castellana sencillas disposiciones de los códigos municipales, bastaron para regularizar las operaciones del naciente comercio de aquella época: pero aumentado aquel se publican los Roles de Oleron en Burgos y el consulado de mar en Barcelona. El descubrimiento de la brújula y el del nuevo mundo en que Colon hizo ondear el glorioso pendon de Castilla, dieron un impulso tal á los actos mercantiles, que llegaron á adquirir un desarrollo de que hasta allí habian carecido. Entonces la jurisdiccion consular que no tenia aplicacion sino en muy pocos pueblos, se fué haciendo estensiva á las principales poblaciones del Reino Castellano y señaladamente á Bilbao У Sevilla que respectivamente publicaron ordenanzas mercantiles en los años de 1560 y 1555. Aparecen otras en 1663 en Barcelona, y no tardan en ver la luz disposiciones de este genero, en San Sebastian, Burgos y Valencia. Sobre todas ellas, merecen una especial mencion las ordenanzas publicadas en Bilbao el año 1737, que comprendiendo la mayor parte de las operaciones del comercio terrestre y marítimo, determinan y regularizan con un órden admirable, los actos y relaciones inercantiles. Esas leyes sin embargo, no eran suficientes en el presente siglo en que el comercio ha llegado á ser una de las principales bases del órden social, y ya en el año de 1828 se conoció la necesidad de un códigɔ que estando fundado en los buenos principios de derecho y de economía política, uniformase la legislacion. El Sr. D. Pedro Sainz de Andino, comisionado para su redaccion, aprovechando los preciosos materiales que le ofrecian los |