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se cojiere á caballo sea castigado con. forme á la ordenanza.

Que lo que su exelencia manda se ejecute y luego hoy á los señores justi cia fieles ejecutores con intervencion con asistencia de don fernando carrillo que se haga postura á todos bastimen to y hechos se de cuenta á eu exelencia. Que no se moderen las penas y se ponga el libro y lo demas que su exe lencia manda,

Que el señor don juan de orduña obrero mayor salga con el mañana y recorra toda la arqueria y vean los da ños llevando al asentista y puesto por fe los daños que hubiese le haga noti ficar las ordenes y sin alzar la mano quede de modo que pueda llevar testi monio á su exelencia como se ha ata jado el daño.

Que en razon de la postura de la car ne del rastro se responda á su exelencia la razon que da el señor corregidor y el señor procurador mayor suplique de la suspencion de la postura ante su exelencia y lo siga.

Que se notifique al escribano de la diputacion y procurador mayor que apelandose de cualquier cosa se de cuenta á su exelencia primero.

Que para el abasto de la carne en lo venidero se ordena á don fernando ca rrillo traiga por escrito los medios que se ofrecen y ha manifestado para que se consulten á su exelencia.

Que se notifique al obligado ponga los negros esclavos en las tablas con for me á su remate y se comete al señor procurador mayor para que haga que tenga efecto.

Que hecho todo esto todo con testi monio de su ejecucion se responda á su exelenca y traiga esto echo don fer nando carrillo la que se da con breve dad.

La ciudad en conformidad de la or denanza de propios religio por diputa do de propios al señor don diego de ba rahona por este año al señor don pedro de la barrera correo mayor.

La ciudad acuerda que se traigan en pregon para el año que viene los pro pios y rentas ante la justicia y diputa dos y escribano mayor ó su teniente con declaracion que no rematen mas de por un año y todo lo que es tiendas cajones semillas pregonerias ha de ser de contado todo el año sin que para ello sea causa de que se ha de hacer baja en ninguna manera y este dinero lo han de dar para veinte de diciembre deste año presisamente y de lo que hu biere se de cuenta.

La ciudad acuerda que para quince de diciembre se traiga razon de los sa larios presisos que se pongan á minis. tros y criados lo que cuesta y está des tinado para las fiestas y tambien me; moria de lo que ha montado lo rema tado y lo que hay de contado para que se separe cada cosa.

Y tambien este tiempo tenga dado cuenta el mayordomo y razon de lo que la c udad debe de resagos para que de orden á su satisfaccion y lo disponga

como mas convenga.

La ciudad acuerda que por cuanto los señores justicia y diputados de alcabalas tienen embargados los propios por lo que se debe á la alcabala que to mo prestado se sirvan de alzar el em bargo y se tariga razon para quince de diciembre para que se trate de la satis faccion por rota.

El señor capitan roque de chavez osorio dijo que esta ciudad le nombro por procurador general para esta ciudad, digo, españa y determina irse en el primero de aviso que saliere primero del año que entra suplica á la ciudad mande se hagan las instruccio nes poderes y libramiento del dinero para que este aprestado y por su omi. sion no falte á lo acordado por la ciu dad.

Y visto por la ciudad acordo que se hagan las instrucciones que se cometen á los señores contador cristobal de mo lina don fernando de la b»rrera don andres de balmaseda y juan de alcocer

Regidorres

Villete.

Vid se un de

creto de su exe

lencia sobre postura de es

carnecerias en

to ban de olva

y se dispongan los poderes para que á
tin deste mes se otorguen y se haga el,
digo, se otorguen y se haga el libra
miento en conformidad de lo acordado
habiendose cumplido con lo que se man
do de dar cuenta á su exelencia.
Fernando de Sousa. Ante mi Don sas me informe de lo que se ofrece en
Fernando Carrillo.

que hace postura á la carnicerias que
dice asi. En méxico ea veinte y dos de
octubre de mil y seicientos y treinta y
seis este memorial vea la ciudad de res y respuesta
mexico en tu cabildo y como cosa se.
gura y cierta segun el estado de las co-

En la ciudad de méxico

á las diez de la mañana veinte y tres de octubre de mil y seiscientos y

treinta y seis años

se juntaron á cabildo los señores gene ral fernando de sousa suarez corregi dor don pedro de la barrera don juan de figueroa juan francisco de vertiz don diego de barahona juan de alcocer cristobal valero leandro gatica regido res. Don Felipe Moran.

Entro manuel correa y certificio ha ber llamado con el villete siguiente.

Entraron don marcos de guevara don juan de orduñy don felipe moran don alonso de rivera y don fernando de la barrera.

Vuesa señoria se junte á cabildo hoy jueves veinte y tres de octubre á las diez para ver un papel de su exelencia señor virrey y se ha de resolver la ma teria en el mismo cabildo y no falte ninguno de vuesa señoria méxico vein te y tres de octubre de mil y seiscien tos y treinta y seis años fernando de

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esta razon con su parecer guardando por ahora el secreto por convenir asi al servicio de su magestad. Y visto por la ciudad se acordo se informe á su exelencia en esta manera.

Exelentisimo señor. La ciudad habiendo en su cabildo visto con particular llamamiento este memorial y decre to de vuesa exelencia con la atencion y desvelo que pide la importancia de la materia y para que habiendose rematado en bartolome lucio el abasto de las carnicerias de esta ciudad y del contorno en siete libras de vaca por un real y tres de carnero por otro por este año y el venidero esteban de oliva res antesesor suyo la compro en cierta forma con cuya ocacion se abrira el re mate y resulto hacer puja bartolome lucio en nueve libras de baca y tres de carnero cor que quedo por obligado por los dos años y á poco tiempo pidio baja á la ciudad representando tener quiebra grande en su hacienda y habiendose mandado hacer experiencia de lo que surtia de carne y de despokos una res se hallo no sacaba el precio á que corria entonces el ga nado con cuya atencion y por informa. cion que hizo y parecer de abogado se le hizo baja de una libra de vaca consultandolo á vuesa exelencia que su servicio por causas superiores y atendiendo al cabildo, dijo, al bien comun no confirmarlo de que apela bar. tolome lucio á la real audiencia donde se le bajo la libra de vaca y dio latitud el auto que con ella no se contentase sino que suplico pidiendo dos libras que ha causado sentimiento en esta ciudad y porque en el estado presente se halla la ciudad en diferente concepto en esta materia porque cuando le hizo la ba

Respuesta.

En la ciudad de méxico veinte y cuatro de octubre de mil y seiscientos y treinta y seis años

ja fue en con-ideracion de valer los no
novillos á seis pesos y á cinco y seis y
hoy ha bajado este genero por la gran
del á cuatro pesos y medios los mas
partidos porque ha este es imposible
que obligado pierda en dar las nueve
libras y mirando como debe esta ciu se juntaron á cabildo los señores gene-
dad al bien comun de su republica que ral fernando de sousa corregidor don
lo debe hacer en primero lugar mayor pedro de la barrera don jnan de figue-
mente cuando no conoce daño en el roa don alonso de rivera don juan de
obligado y atendiendo á el estado pre-orduña don antonio de monroy capitan
sente y tiempo que es el que varia las leandro gatica regidores. Juan de ma
determinaciones le parece á esta ciudad caya depositario.

á

corregidor.

A gua al señor

En mexico á

cuatro de maseiscientos y

yo de mil y cuarenta y un

por manda

lentisimo se

miento del exe nor marquez que de escalonueva espaseñor gene

de vilena du

na virey des

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ña que mostro

ral fernando de sous4 suarezu data en

siendo vuesa exelencia servido que el El señor general fernando de sousa ofrecimiento que hace esteban de oli corregidor dijo que como es notorio el ce vares que es grande se notifique á bar-lo cuidado y desvelo con que sirve á esta tolome lucio si quiere proseguir en la ciudad en cuya consideracion suplica cantidad de nueve libras de vaca y tres le haga merced la ciudad de darle dos de carnero de su remate desistiendose pajas de agua para unas casas que años consto del primero que esta seguido y no que tiene para aditarlas acabado el oficio riendo se sirva vuesa exelencia que se y visto por la ciudad dijo que atento admita este ofrecimiento de esteban de que la ciudad se haya muy obligada en olivares que si para justificacion de la lo que el señor general fernando de sosa verdad, digo, de la variacion del precio ha acudido á esta república con gran de los ganados fuera necesario infor costa y asistencia con utilidades gran macion se hara y estima como debe es des y por otras justas consideraciones vente y ocho ta ciudad el desvelo que vuesa exelen acuerda de conformidad de hacer mer. año que su execia pone en el bien de su republica esced al dicho señor general fernando de esta merced de pecial en bastimento que tiene el pri sosa de dos pajas de agua del ramal de agua la cual mero lugar que los demas vuesa exe mas cercano á las dichas casas sin que lencia mandara lo que fuere servido por ellas en ningun tiempo haya de méxico veinte y tres de octubre de mil pagar cosa alguna porque se le hace es y seiscientos y treinta y seis años. ta gracia en satisfaccion remunerativa Fernando de Sousa. Ante mi Don con que la tenga presa y encarcelada y Fernando Carrillo. se le despache titulo con todas las cir cunstancias.

El señor don alonso de rivera admi. nistrador del posito dijo que luis pacho mejia fallecio y tiene la ciudad tres mil pesos de renta sobre los portales de la plaza y debe cantidad de corridos da cuenta á la ciudad. Y visto se mando dar villete y se traigan los autos.

La ciudad acuerda se libre al señor don diego de barahona su salario de diputado de propios habiendo cumplido con el tenor de la ordenanza.

El señor leandro de gatica doscien tas y once pesos y medio en propios que gasto en los asientos de carnicerias

de abril deste

lencia confirmo la dos pajas

se v lvio original al dicho se

org neral.

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Pedro Santi

Villete.

Libramientos

conforme á los recaudos que presento. cincuenta pesos se den agora y los otros cuando tenga la ciudad la posecion.

A diego de cardenas sacristan que fue de la hermita de nuestra señora de los remedios y á martin de visiola su albacea su salario desde primero deste año has ta seis de agosto que fallecio con certi ficacion del capellan.

A tome de mercado se le admite la dejacion del oficio de alarife que hace y se nombra á bartolome bernal.

Que se libre á sebastian de figueroa ciento y veinte y cinco pesos que se gastaron en aderesos que por orden de su exelencia se hicieron en conformi dad de certificacion el señor corregidor sin embargo que estos gastos no tocan á los propios y para lo de adelante te haga la consulta á su exelencia la ciu dad habiendo visto el pedimento del señor don juan de figueroa sobre que se reciban en cincuenta á matias del castillo doscientos pesos que por su or den se pagaron á los guardas cuando estubo preso como diputado de alcaba las y los informes de los señores dipu tados y escribano mayor visto el ejem plar del señor depositario pedro de al zate que esta en el libro capitular en tres de octubre de treinta y cinco se acordo que los doscientos pesos que se dieron se paguen y pasen en cuenta y que esto no sirva de ejemplar para otra vez y el señor se obligó á sacar á paz y á salvo la ciudad.

Fernando de Sousa. Ante mi Don
Fernando Carrillo.

En la ciudad de méxico
miercoles por la mañana veinte y nue-
ve de octubre de mil y seiscientos
y treinta y seis años

hora de las diez se juntaron á cabildo
los señores general fernando de sousa
corregidor don alonso de rivera don
andres de balmaseda don juan de figue.
roa juan francisco de vertiz don juan
de orduña don juan de macaya don an-
tonio de monroy y leandro gatica re-
gidores.

Entro manuel correa y certifico ha-
ber llamado á cabildo con el villete si-
guiente.

do de sousa.

Vuesa señoria se junte á cabildo hoy miercoles á las diez del día para veer los despachos de su exelencia señor viVidose una peticion de luis de ibarra rrey en razon de las carnicerias y reen que da noticia de un censo que per-solver y no falte ninguno de vuesa setenece a la ciudad de cincuenta y tan- ñoria méxico á veinte y nueve de oc tos y el año sobre la venta de tepeatubre á las ocho de la mañana fernan. quilla junto á a hermita de nuestra se ñora de guadalupe que por falta de los Vieronse los autos que su exelencia papeles deja de gastos la ciudad mucho remitio en razon del ofrecimiento de tiempo es de la renta los cuales hallo estevan de olivares cerca de que dara costandole mucho trabajo y pide que las nueve libras de vaca y tres de caratendiendo á este servicio se sirva de nero por un real que se remato en bar. mandar se le gratifique y se acordo se tolome lucio el cual habia pretendido lleven los titulos á la contaduria por en la real audiencia se le hiciese baja haberlos hallado y entregadolos por mediante lo acordado por esta ciudad premio se le den cien pesos en propios á que su exelencia mando por decreto y luego hagan diligencia con que los de veinte y dos deste que la ciudad in

Carnicerias dcereto de su exelencia.

Lib. 30.-32

Regidores

formase cerca deste ofrecimiento como dos á tan bajos presios y hecho la di-
lo hizo en veinte y tres deste mes del cha escritura se ponga testimonio en
cual mando su exelencia dar treslado los autos y se lleve á donde manda su
al dicho bartolome lucio y por peticion exelencia de manera que por todas vias
se desistio del pleito y costituyo nue quede cerrada la puerta y en esta con-
vamente á dar las nueve libras de vaca formidad se haga luego el despacho y
y tres de carnero que se dio vista al á su exelencia de parte desta ciudad se
señor fiscal y aseto el desistimiento del le de las gracias de las mercedes que le
dicho bartolome lucio mediante el cual hace procurando en aumento de su re-
su exelencia proveyo este decreto. publica y ballan á esta los señores pro
curador mayor y cristobal valero.

En méxico á veinte y siete de octu bre de mil y seiscientos y treinta y seis años.

Visto el pedimento de esteban de olivares é informe de la ciudad desisti miento que del pleito puesto hace bar. tolome lucio con la acetacion y pedi mento del fiscal de su magestad que en cuanto á lugar de derecho aprueba y para que se ajuste de una vez y cese cualquier sospecha la ciudad en su ca bildo vea dichos autos y asiente el de sestimiento que el dicho bartolome lu cio hace apartandose del derecho del pleito que tiene hecho en forma y con los requisitos necesarios ante don fer nando carrillo y habiendose otorgado se ponga testimonio en estos autos y se vuelvan á mi secretaria de camara para que por mi visto mande lo que convenga.-Rubricado.

Entraron los señores don pedro de la barrera don felipe moran cristobal valero.

Entro el señor don diego de bara hona.

Fernando de Sousa. Don Alonso de Rivera y Abendaño. Don Juan Suarez de Figueroa. Juan Francisco de Vertiz. Joan de Macaya. Ante mi Don Fernan do Carrillo.

En la ciudad de méxico
martes á las tres de la tarde cuatro
dias del mes de noviembre
de mil y seiscientos y treinta y
seis años

E visto por la ciudad acordo de con
formidad de confirmarse con el deses se juntaron á cabildo los señores gene.
timiento del pleito que hace bartolome ral fernando de sousa suarez caballero
lucio y con el decreto de su exelencia de la orden de : antiago corregidor don
en todo y por todo y para que quede
con la fuerza y vigor conveniente sin
dejar ocacion para que agora ni en
tiempo alguno pueda repetir baja ni
derecho adquirido por lo determinado
por la real audiencia el dicho bartolo
me lucio ante don fernando carrillo
otorgue la escritura con las clausulas
convenientes con insercion de los antos
y jurandole en forma y como lo hace
por conoser que no puede tener perdi
da ninguna mediante á baler los gana

marcos de guevara alguacil mayor don
alonso de rivera don fernando de la
barrera don pedro diez de la barrera
correo mayor don andres de balmaceda
contador cristobal de molina don juan
suarez de figueroa juan francisco de
vertiz tesorero don juan de vera don
juan de orduña don felipe moran de la
cerda don antonio de monroy capitan
cristobal valero tesorero juan de alco-
ser don diego de barahona leandro de
gatica regidores.

Armada.

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