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obispo de Salamanca con fecha 14 de Abril de 1586, en el que leemos las sustanciosas aseveraciones que a continuación transcribimos, creyendo hallar en ellas curiosos rasgos de costumbres y testimonios de la ineficacia restrictiva del "Motu proprio" antes citado: "nonnulli vnjuersitatis studij generalis Salmantini praeceptores, tum sacrae Theologiae tum iuris ciuilis professores, non solum agitationibus taurorum et spectaculis praedictis se ostentare non verentur: sed etiam clericos in sacris ordinibus constitutos, dum agitationibus et spectaculis praedictis contra praedictam (de Greg. XIII) prohibitionem intersunt, nullum reatum committere, sed licitè illis adesse posse asserunt, atque publicè in suis lectionibus docent" (1)

Mas prescindiendo de la digresión apuntada, conste que, a pesar de la enorme influencia del Papado durante el siglo XVI en la Universidad de Salamanca, Sánchez de las Brozas (con D. Fernando Coloma y D. Fernando de Castro) fué de voto que por entonces (al surgir el conflicto antes referido) no hubiera corridas de toros (2). Tan discreta--en nuestro humilde juicio-oposición, duró росо, cesó pronto. Después del claustro en que se leyó el citado Motu proprio de Gregorio XIII, y en el que el Rector se mostró favorable a las fiestas taurinas y contrario a ellas nuestro Brocense, verificóse otro claustro pleno, en el que el mismo Rector dió cuenta de un Requerimiento que le había hecho la ciudad. Ésta se mostraba decidida a correr sus toros, y advertía a la Universidad que no se detuviese en su paseo, pues los ciudadanos no estaban dispuestos a verse privados de la castiza fiesta. Ante semejante ultimatum, el Retórico Sánchez votó con los que opinaban que se "volviera a tratar del correr de los toros". El Rector, por su parte, aconsejó la adopción de temperamentos de prudencia para que no pareciese que la Universidad se movía al impulso de pequeñas pasiones, y nuestro humanista asintió en un todo a las excitaciones de su Jefe (3).

(1) Vid. P. JUAN DE MARIANA, De Spectaculis, cap. XXIII, pág. 183.

(2) Claustro pleno de 20 de Octubre de 1575, fol. 228. Vid. también el claustro pleno del día 8 del mismo mes y año, en el que los Regidores solicitaron en nombre de la ciudad que se celebrasen fiestas de toros en los Doctoramientos.

(3) Claustro pleno de 22 de Octubre de 1575, fol. 229 y 230 vueltos.

Vuelven a conquistar su presa la audacia y la sinrazón en lucha con la reflexión y la prudencia.

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Mientras el Brocense ofrecía constantes testimonios de su discreta mesura y de su talento, se hallaban no poco desatendidos los colegiales retóricos del Trilingüe. A decir verdad, no toda la culpa de esa deficiencia puede y debe recaer en nuestro autor. Recuérdese que su 'encomienda" de la Regencia tenía un carácter interino y una exigua dotación, circunstancias ambas que explican no fuesen muy medrados los frutos que de la labor de Sánchez de las Brozas en el Trilingüe cabía esperar. Reconociéndolo así, el maestro Sánchez de Aguilar reclama que se ponga remedio al mal indicado o nombrando un Regente, o dotando mejor aquella interinidad (1). Pues que era urgentísima la reforma propuesta, púsose ya de manifiesto en la visita del Trilingüe de 2 de Febrero del mismo año. Con motivo de esa inspección, Cristóbal del Río, vice-R.", declaró que "Regentes no ay nynguno saluo quel maestro sanchez toma los exercicios de los Rhetoricos". La misma noticia proporciona en su declaración de 5 de Febrero de 1575 Dionisio de Arteaga. Además, en la última de las citadas fechas, Juan de Villalobos sostuvo "que los Rhetoricos oyen la lecion de prima del s. m.° fran.co sanchez e van tarde e se salen tenprano e no aguardan a quel maestro aCabe de leer en lo qual es necesario proveer" (2).

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(1) Claustro de diputados de 15 de Octubre de 1575, fol. 220 vuelto: "Yten en este Claustro el señor maestro francisco sanchez catredatico de prima de latinjdad dixo que el tiene al presente cargo del colegio trilingue por enComjenda del señor Rector y entre se provee. de vice Rector para el y que ay gran falta de leciones de Retorica porque no ay. quien la lea y el maestro fran.c0 sanchez Regente de Retorica del dicho colegio solamente se Contenta con tomar los exercicios a los colegiales y leer su leçion de propriedad. asi que los dichos colegiales no tienen mas de aquella lecion | pidio a los señores del dicho claustro que o elijan persona que lea Retorica | o provean de dar alguna cosa al dicho maestro Sanchez porque lea otra para que aya sufficiente numero de leciones".

(2) Testimonios que cabe adicionar a los últimamente aducidos son los dos siguientes:

A) Visita del T. de 18 Julio 1575. Cristóbal del Río, vice-R.°*, dijo que en el colegio había "dos Regentes el m.° sanchez e villalobos - Regente de griego e R.ca" Luego añadió “quel Regente de Rhetorica lee su catr.a de propiedad solamente e viene a tomar los exer. por manera que no ay leçion de R.ca como soliaver tres excepto la de propriedade no habla latin con los colegiales". Dioni

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Ahora bien, el reconocimiento de un defecto y de la necesidad ineludible de su remoción, no va siempre acompañado entre nosotros de las indispensables y eficaces reformas. País muy dado a las interinidades definitivas el nuestro, ofrece en no pocos casos la paradoja de la absurda persistencia de prácticas y disposiciones, que se adoptaron y autorizaron tan sólo por modo transitorio. La desidia, con la lucha de nepotismos encontrados, echa el resto en estas manifestaciones de la Teratología social. No creemos apasionada la precedente exculpación. Y en apoyo de nuestra tesis hallamos, con nuevos testimonios de la laboriosidad y competencia de nuestro autor, expreso reconocimiento de la falta de personal que se dejaba sentir en la facultad de Retórica.

Pero, en cambio, no son igualmente explícitos los Libros de cuentas para acusar sustanciosas remuneraciones, en justicia debidas a nuestro Retórico por su laudable y agobiadora labor profesional y administrativa durante el año a que venimos refiriéndonos. Tan solo en el “R.o de las quentas de la vnjversidad de salamanca que tomaron al hazedor Sjmon garcia de tamayo en este Año de 1574 Años" y en la liquidación del señor Dr. Diego Despino sobre el "gasto que se hizo en la fiesta del s. sacra. este anno de setenta y cinco siendo Rector el muy ill. s." don ju.o de acuña", se hace constar que por mandato de dicho Sr. Rector, se entregaron al Brocense seis ducados para recompensar sus desvelos, componiendo el cartel y la ordenanza de los premios de la solemne fiesta mencionada (1).

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sio de Arteaga dijo también "que Como El maestro Sanchez esta de prestado no lee mas que su Catr. de propriedad y asi los R.cos no tienen mas de aquella lecion de R.ca"

B) Visita del T. del mismo día, mes y año últimamente citados. Juan de Villalobos declaró "quel maestro sanchez no lee mas que vna lecion que es la de propriedad suya y toma los exercicios A los colegiales e los porcionjstas no dan exer. por no estar aptos para ellos".

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(1) Loc. cit. en el texto: "Di (Dr. Diego Despino) al m.° fran.co sanchez por mandado del s.° retor seis ducados por el cartel. y ordenanza del. y lo que trabaxo. en lo componer. y lo ynprimio a su costa. y los demas papeles. ay carta de p.°" Otro documento: "Digo yo el m.° fran.co sanchez de las brozas que rezebi del s. Dotor espino del cartel y la ordenanza de los premios. seis ducados. de la fiesta. del s.to sacramj.to que se hizo este anno

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Ni son tampoco muy aprovechables en el caso los "Libros de recibos". En cambio, en la relación de los "Dineros que traxo al arca fran." quixano scribano Real. y secret.o de la visita fecha por el muy Ill. s."" don p.o de velarde visitador desta vnjversidad por su magestad de ciertas condena." (1) se nos informa de que ingresaron en dicha arca el 31 de Marzo de 1575 “Del maestro fran.° sanchez de las brozas mjll y ochenta e nueve mrs. por la Razon suso dicha" (e. d., "aug." del salario del hazedor e por la quiebra de las Rentas de mozarabes y Calcadilla de mendigos..."). Por fortuna para nuestra arraigada curiosidad, el espectáculo que acaba de ofrecérsenos, no ha de presentarse con frecuencia en el curso ulterior de esta exposición biográfica.

En efecto y desde luego refiriéndonos al año siguiente al narrado, podemos recoger y utilizar una serie de curiosas, precisas y circunstanciadas indicaciones de toda índole. Observamos primeramente que durante el año 76 interviene S. de las Brozas en varias provisiones de Re

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de setenta y cinco siendo retor el s.or Don ju.o de acuña y por su mandado y por ser ansi lo firme. m.° Fran. Sanchez" (firma autógrafa). Creemos que hace referencia al mismo hecho mencionado en los testimonios transcritos este otro, que a continuación copilamos (loc. cit.): “Cuenta con el s.o .or doctor Diego Despino Catr.° de cánones. yten mas dio por desCargo el dicho s.or Doctor espino el gasto que izo en la fiesta de Corpus christi del año de mjll y quinjentos y setenta e cinco años. conviene a saber 778 reales... los quales pareze aver gastado y pagado del Cartel que hizo el m.° fran.co sanchez y de los caminos etc., etc." Después, en el “R.° de las Quentas que se tomaron al mayordomo Symon Garcia de Tamayo de este presente año de 1576. Siendo Rector El muy Ill. s.or Don Diego Lopez de Çuñiga", hallamos (fol. 102) este dato esporádico, de escaso relieve, aunque no totalmente despreciable: "miercoles a dos dias de noujembre de mill y qui's y setenta y çinco a°s entro por uice rector en este collegio alonso de ssoria y este dia comienza a gastar. Tabla de las personas que ay en el collegio aol de ssoria uiçe rector. tiene de ordinario xliii j° m." sanchez regente-x 1 iii jo". Advertimos que parece figura nuestro biografiado entre las personas que se hallaron en dicho colegio hasta el 31 de Diciembre del año 75.

(1) Vid. "R.° de los mrs que se hechan en el Arca, que esta en casa del Bedel, ansi de los alcançes e otras Rentas, y deudas que se le deben. Como delos derechos de la scribania, y grados. y ansi mjsmo de los mrs que de la dicha Arca se sacan excepto de los que se dan prestados sobre prendas y las pagas dellos: De lo qual ay libro grande por si. Desdel año de 1555 a. 19 de abril siendo R. desta Vniuer.a el Ill. s. don Christoval. Vela", fol. 52.

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gencias de Gramática y es su intervención inmediata, eficaz, autorizadísima (1). De su especial actitud para semejantes labores, ofrece una buena prueba la delegación de funciones de examinador con que el claustro de la Universidad de Salamanca hubo de honrar (honrándose) al Brocense (2). Y no admire que relacionemos esas pruebas cuando todavía hoy no se distingue suficientemente de los exámenes las oposiciones. En la época a que nos referimos aquí, aparecía-naturalmente esa distinción aun menos acusada.

Pero si resultaban relativamente suficientes las Re

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(1) Claustro pleno de 6 de Febrero de 1576, fol. 35 (provisión de una Regencia de gramatica): “... mandaron entrar los oppositores... que eran cinco e aviendo entrado... les mandaron los señores del dicho claustro que leyesen el Romance que en casa del señor Rector los señores maestros leon y fran." sanchez clerigo e fran. sanchez de las brozas. Catredaticos de prima de latinjdad de Rectorica les avian dado y tras el Romançe lo que avian vuelto en latin ... e tras ello fueron leyendo vna epistola de ciçeron a trebacio que Comienca quam morosi sunt qui amant [ad div. VII, 15, n.o 172 de la ed. “M. T. Ciceronis | Epistolae | ad | Atticum, ad Quintum fratrem et quae vulgo familiares | dicuntur temporis ordine dispositae. | Zum Gebrauche für Schülen I mit den nothwendigsten Wort-und Sacherklärungen ausgestattet von Dr. Julius Billerbeck. Erster Theil. Hannover, Hahn 1836". El texto que se quiere citar es el siguiente: "quam sint morosi, qui amant".] "la qual despues de leyda y parafraseada por cada vno dellos por si como dicho es e aviendo respondido a las preguntas e latines que algunos de los dichos señores les hazian se salieron". etc. etc. Vid. también los claustros plenos de 27 de Abril (fol. 78 vuelto) y 10 de Septiembre (fol. 134 vuelto) de 1576.

(2) En el penúltimo de los claustros citados en la nota anterior, a los folios 78 vuelto y 79 leemos: "Otrosi Dixo (el Rector) que su voto y parecer era y es que el segundo examen quel dicho señor maestro Sanchez clerigo tiene que es de segunda a tercera clase lo tenga el maestro fran.co sanchez de las brozas catredatico de Retorica el qual tenga Comysion para que De Aqui Adelante pueda examjnar y dar liçençia A los estudiantes questubieren probectos para pasar de vna clase A otra Conforme al estatuto que en este caso habla | y en lo vno y en lo otro se guarde en todo y por todo los dichos estatutos... todos los señores aRiba Contenidos oydo y entendido lo dicho y propuesto por el dicho señor Rector todos de vn Aquerdo... vinjeron en el boto e parecer del dicho señor Rector en que el examen principal de gramatica para pasar a otra facultad lo tenga el maestro sanchez presvitero Catredatico de prima de gramatica el qual de licencia al que fallare sufficiente para poder oyr otra. facultad y tenga su libro de examjnados y el 2.° examen para pasar de vna clase a otra lo tenga el m. fran. sanchez lego".

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