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responsabilidad (1). Es siempre noble la actitud del que, antes de aplicar la pena, advierte y amonesta al presunto o real culpable. Ciertamente no se había procedido con tan delicada mesura por el maestro Cuadrado al juzgar la labor docente de nuestro humanista. Éste, por último, en Diciembre del año a que venimos refiriéndonos, glosaba la "inventio" de su Retórica, la "2.a Filípica" ciceroniana y las fábulas de Esopo, realizando a conciencia. y con positivo fruto tan lucida labor (2), pues no creemos que nadie se atreverá a poner en duda la ya probada eficacia de Sánchez de las Brozas ante los datos que acabamos de exponer.

Y es testimonio elocuente del relieve profesional del insigne Retórico su intervención en los grados como pa

(I) "quinta vltima visita de las catedras menores desta Vniversidad en todas facultades fecha a cinco de septienbre del dicho año de mill qui°s y noventa años por Joannetin doria Rector y en su compañia los doctores e maestros visitadores de las dichas facultades". P. s. f.: "m.° sanchez de 5. a 6... t.° bernardo ferrer natural de oporto aviendo jurado dijo que va leyendo epiteto capitulo 58 y lee bien y desmenuza la gramatica griega y lee muy aprovecho de los oyentes-t.° juan fernandez mohedano natural de las brozas diocesis de Coria auiendo jurado dijo lo mesmo". [Al final]: "Vistas las visitas de regencias y partidos de gramatica por el dicho joanetin doria rector y m.° fr." sanchez de las brozas catr.co de propriedad de rethorica y visitador de las dichas catr.das dijeron que debian mandar y mandaron se notificase a los dichos regentes leyesen lo que son obligados conforme a estatutos de esta Vniver.dad sopena que no lo haziendo procederan con todo rigor-Juanetin Doria R.° De Salam. (firmado) m.° fran.co chez (firmado)".

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(2) "Visita primera de todas las catredas en todas facultades desta Vnjuer.dad fecha por el L.do don luys de bolea R. en 19. de deciembre de mjll y quios y nouenta aos y en su compañja los visitadores de las dichas facultades conforme a los estatutos". P. s. f.: “m.° sanchez brocense en la de propriedad... t. pedro martinez de espinosa natural de tolbanos de suso diocesis de burgos, y grauiel de santiago natural de toro diocesis de camora auiendo jurado dijeron que comenzo por s. lucas la parte de retorica de invencione y aora va prosiguiendo la mesma letura y la media hora lee la 2.a philipica de ciceron declarando los precetos de la retorica en ella y que (lee) bien y aprouecho y de memoria declara las dificultades". P. s. f.: "m.° sanchez en la de griego de 4 a 5 t.° bernardo feReyra natural de la ciudad del puerto. y pero martinez de espinosa anbos contestes auiendo jurado dijeron que comenzo las fabulas de ysopo en griego y va prosiguiendo la mesma letura y no da en escritis y lee bien y aprobecho". [Al final; “di libr. de diez catr.as al m. Sanchez R. I desta vysita"].

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drino de la Facultad de Artes. Semejante extremo merece los honores de una circunstanciada exposición.

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Hallóse el Brocense presente a la unánime contradicción que hubo de merecer la solicitud de incorporación de maestro en Artes, formulada por el catedrático Francisco Martínez. Dicha contradicción tuvo lugar el 3 de Enero de 1590 (1) y en otra, opuesta a la tercera publicación de dicha incorporación por el doctor Agustín Vázquez, se menciona como testigo a "Francisco Sánchez R. (2). Al fin verificóse la incorporación impugnada y discutida el 29 de Abril de dicho año y entre los asistentes a la misma, figura nuestro autor. El acta de esa ceremonia contiene la siguiente curiosa referencia (3): "e la tasa que los dichos comisarios hizieron (Martín de Busto y Cosme de Medina) de comida collaçiones e ynsignias fueron cinquenta Reales a cada vno de los doctores y maestros en todas. facultades. lo qual se pago alli luego y a los doctores en medicina e maestros en artes treinta y dos Reales mas a Cada vno de los dos Castellanos y a cada maestro en theologia y en artes demas de lo dicho ocho Reales a Cada vno de las insignias de artes v e fecho e pagado el m.o fran. sanchez de las brozas padrino truxo por todos los doctores y maestros al ayjado dandoles sus abrazos señal de hermandad et osculum pacis como es vso y costumbre e despues le assento en su asiento confor.R a su antigüedad" etc., etc. Por cierto que, con ocasión del acto a que venimos refiriéndonos, suscitóse una bizarra discusión acerca de si el Brocense como padrino debía sentarse al lado del Maestrescuela, o permanecer en el lugar que en un principio ocupaba y le correspondía seguir ocupando, conforme a su antigüedad. A pesar de los repulgos de los juristas, nada favorables a nuestro Retórico, éste, por orden del cancelario, obtuvo la distinción de sentarse a la izquierda del señor Maestrescuela "como padrino y decano de dicha facultad de artes" (4).

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(1) "Libro de Doct. Mag. Et Lic. en todas facultades del año de 1588 en adelante", fol. 61 vuelto.

(2) Id., íd., fol. 66.

(3) Id., íd., fol. 68.

(4) Id., íd., fol. 67: "E fuera (el m." Martinez) ! el m.° fran." sanchez de las broças que estaba alli presente sentado en su lugar y asiento conforme a su facultad de artes al tiempo que se vbo de votar accerca de la dicha incorporacion se levanto cienta (sic) dif

También asistió S. de las Brozas a la presentación para licenciado en Medicina y al examen de Juan Gil Vicente (1), actos celebrados los días 15 y 18 de Junio del año referido. Mas ya al concurrir al claustro de Cancelario (en la incorporación y agregación para maestro del racionero Roque de Salamanca, maestro de Capilla, catedrático de Música propietario) el 14 de Noviembre del 90, nuestro autor obtiene de nuevo el calificativo de padrino. Así en el acta de esa ceremonia y después de referida la incorporación y agregación del citado racionero por el Maestrescuela, se dice: "el m.° fr." sanchez de las brozas padrino y decano de la dicha vnjuer.dad le puso en su lugar e asiento que Conforme a su antiguedad ha e deve tener... E luego se pagaron alli los derechos y distribuciones a todos los dichos doctores dando conforme a la tassa a cada vno cinq. Reales y estos a todos los doctores e maestros generalm.t excepto al cancella.° e padrino que alli no se les pago porque el cancella. perdono su propina enteramente y el padrino la tenja ya Rezibida", etc., etc. (2).

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Y en medio de las estrecheces que suponen esos anticipos, el insigne Retórico no abandona un instante la gestión de la vida administrativa del Estudio. Casi no se celebró claustro alguno por la época que estudiamos al que aquél no asistiera, y rara era la reunión de claustrales en la que el docto maestro no interviniese en las deliberaciones de sus compañeros para poner su talento y su palabra al servicio de las causas más nobles y más justas. Valga un ejemplo. Celoso observador de las leyes universitarias, se opuso al nombramiento de diputado de Diego Pastor de Medina,

ferencia sobre si siendo como es padrino en la dicha facultad de artes se avia de passar junto al s."" mastr. o se auia de estar en el asiento que estaba porque muchos de los juristas decian que se avia de estar en el asiento en que estaba atento que no se trataba agora de la incorporation sino de votar sobre si se incorporaria o no y asi que avia de estarse en el asiento que se estaba conforme su antiguedad y los doctores en medicina y maestros en artes dezian que el dicho m.° se auia de mudar al asiento junto a los señores mast. y Rector atento que se auia llamado para la incorporación del suso dicho y vistos los pareceres de los vnos y los otros el dicho cancellario mando que el dicho m.° sanchez se passase al asiento que ha de tener como padrino y decano de la dicha facultad de artes y asi se mudo y se sento en el dicho lugar al lado yzquierdo del s. mast.a".

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(1) Id., íd., fol." 75 y 76 vueltos. (2) Id., íd., fol. 89 y 90.

para el que se solicitaba privilegio semejante al que hoy llamaríamos "venia de edad". Pastor no tenía 25 años (edad reglamentaria) cuando se pretendió conferirle la honrosa investidura de diputado del Estudio; probablemente se trataba, cuando se intentó barrenar la ley en este caso, de halagar las paternales ternuras de Cosme de Medina. Mas nuestro Brocense pudo constituirse en argumento de carne contra tales propósitos: si en lo que a él concernía, la Universidad no creyó prudente admitir méritos hereditarios, no era justo que para los demás claustrales se utilizase otro rasero. Sobre todo pensando que el privilegio, porque se generalice, no pierde su carácter inicuo, y la justicia sólo en la universalidad de su aplicación, halla pleno y racional cumplimiento. En el mismo claustro en que defendió Sánchez las leyes del Estudio contra violentas interpretaciones, nombró al canónigo Polanco su sucesor en la Diputación (1).

Con análoga mesura condújose Sánchez de las Brozas en el complicado asunto de las relaciones de la Compañía de Jesús con la Universidad. Sin mostrar animosidad contra los jesuítas, fué de opinión que se les señalara hora y General para que leyesen dos leciones de Teclogía en las Escuelas universitarias, mas con el aditamento de que esa concesión obligaba a la Compañía a retirarse de la "lite y causa" que con la Universidad había tratado y trataba aún a la sazón, y a ofrecer las suficientes garantías “a contento de la misma Vnjuersidad y no de otra manera” (2). Tan conciliadora actitud merecía haber sido con toda consideración agradecida.

Tratando en otra ocasión de ese espinoso negocio de los padres de la Compañía de Jesús, Sánchez mostróse partidario de que los jesuítas oyesen en la Universidad las lecciones que les fueren asignadas, pues no creía conveniente que los religiosos del Estudio leyesen en sus Casas; también propuso que el mismo Estudio diese hora y General al padre Miguel Marcos "por ser quien es-añadió y tan principal supuesto pero que la Compañía y su colegio se aparte in totum de la lite y causa que trata con la Vnjuer

(1) Claustro de diputados de 21 de Abril de 1591, fol. 45 vuelto. (2) Claustro pleno de 10 de Septiembre de 1591.

sidad” (1). Posteriores sucesos pusieron de relieve la actitud imparcial y mesurada de nuestro autor, que no siempre fué tratado ni con tanta mesura, ni con semejante imparcialidad.

Además "el m.o francisco sanchez de las brozas Catr.co de R., en nombre de la arca", asistió a las cuentas que comenzaron a formalizarse el 16 de Septiembre de 1591, suscribiendo las liquidaciones del síndico, Dr. Carvajal, del administrador, Juan de Cueto, por el obispo D. Sancho Dávila, del Dr. Bernal, del Dr. Mondragón y, en fin, del alcance a la Universidad de Francisco de la Peña (2).

Mas con esas cuestiones de orden jurídico y administrativo, absorbían la atención de nuestro autor las no menos espinosas planteadas por la visita de la facultad de latinidad (3). Unas y otras no bastaban para alejar al Brocense de su intensa labor profesional, ya que, infatigable en el trabajo, parecía que multiplicaba sus energías al dividirlas.

Glosaba (no meramente leía) su Retórica, la “Filipica 2.a" y las fábulas de Esopo, declarando muy provechosamente las doctrinas gramaticales por Marzo del 91 (4); en

(1) Claustro pleno de 4 de Enero de 1592, fol. 21.

(2) "Cuentas Desta vniuersidad De Salamanca del Año de 1591 años: mayordomo Antonio de Espino", fol. 44, 70 y 71 vueltos, 74 y 76 vuelto.

(3) En la 3.a visita de todas las cátedras de todas las facultades, girada por el Licenciado D. Luis Abarca de Bolea, actuó de visitador en la facultad de Latín y Griego el maestro Francisco Sánchez de las Brozas. Vid. en comprobación de este dato las notas de visita, que a continuación transcribimos. Y vid., por último, el "Libro de Cuentas", citado en la nota anterior, fol. 32 recto y verso, donde se hace referencia a cinco entregas, dos de veinte y dos de 18 reales y una de veinte ducados, hechas a favor del Brocense en concepto de visitador de las cátedras de su facultad o de visitador de los gramáticos. Además hizo efectivos el mismo maestro "ochenta y quatro reales para las conclusiones de gr.ca los sabados en las escuelas mjnimas". (Fol. 30 v., también del "Libro de Cuentas" cit.° en la not. ant.").

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(4) "Segunda Visita de todas las catredas de esta Vniver.dad fecha por el licen.d Don luis abarca de bolea R.° de ella por marco de 1591". P. s. f.: "m.° Sanchez Retorico... t.° Don gaspar de cuniga natural de la ciudad de los reyes aviendo jurado dijo que son preceptos de rhetorica y la otra media lee la 2.a philipica que son preceptos de rhetorica y la otra media lee la 2.a philipica de ciceron y a leydo aReo y consecutivamente y no escribe lee bien y aprovecho t.° alonso sanchez natural de alcala de henares... dijo", etc. [lo mismo, añadiendo que declaraba el m.° Sánchez

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