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de los maestros Cuadrado y Pérez Ortiz, dará relieve y valor a nuestro aserto.

Pero además, el insigne Retórico siguió tomando parte muy activa en la vida del Estudio. Nombrado Sánchez diputado propietario en el claustro de diputados de 25 de Abril de 1593 (1), con la representacin del Arca intervino en las cuentas generales de ese mismo año y así, además de suscribir dichas cuentas, autorizó la del pan de la Universidad con Antonio de Espino, la del Dr. Rafael de Carvajal y la de Garaña, bedel de médicos (2), recibiendo, sin duda, una parte alícuota en la distribución de los 12.000. maravedís, que fueron sacados del cúmulo común y repartidos entre el señor Rector, consiliarios y personas presentes a las liquidaciones mencionadas (3).

Todavía presumimos que no se limitó a los extremos indicados la intervención de nuestro autor en la vida económica del Estudio, pues a juzgar por una curiosa partida del "R."" citado en las dos notas anteriores, Sánchez Brocense debió salir de Salamanca a afianzar las rentas universitarias. La partida aludida, copiada a la letra, es del tenor siguiente: "Yten da por descargo diez y seis reales que pago al maestro fran." sanchez de las brozas, de dos conclusiones que vbo durante el tiempo que fue a las rentas de la vniuersidad y dos examenes de bachilleres que a Razon de quatro Reales montan los diez y seis reales, dio libranza del señor R.° y carta de pago" (4). También hizo efectivos el mismo maestro 84 reales de las conclusiones de Gramática "que conforme al estatuto se sustentan doce cada sabado vnas" (5).

gan ochenta y ocho reales que pago al dicho m.° sanchez brocense jubilado de cinco visitas de catr." quel hiço en compañia del s.or R.or dio fee de ellas y carta de pago del dicho maestro".

(1) Fol. 78 del "R."" correspondiente.

(2) "R.° de Cuentas del Año de 1593 siendo mayordomo Antonio de Spino", fol. 46, 57 y 64 vueltos. Al fol, 70 del mismo "R." se menciona a Francisco Sánchez de las Brozas, quien con el Rector, D. Antonio Sarmiento, y los consiliarios presentes, hubo de opinar que no debian ejecutarse multas impuestas a los Regentes de Gramática por el m.° Fran." Pérez Ortiz.

(3) Loc. cit. en not. ant.", fol. 15.

(4) Loc. cit. en dos notas antr., fol. 34 vuelto.

(5) Loc. cit. e nlas tres notas ant.", fol. 33. Cónstanos, por otra parte, la asistencia del Brocense al claustro de primicerio de 8 de Noviembre, al pleno y de diputados de 23 y 27 de dicho mes y a los de diputados de 11 y 23 de Diciembre de 1593.

Mas dando pruebas de una actividad inagotable, el ilustre Retórico alternaba sus tareas de visitador y de diputado con las no menos tediosas y arduas de juez. Ejercitando éstas, llega hasta a intervenir en la provisión de la cátedra de Música. Vacante dicha cátedra, presentóse como opositor a ella el racionero Clavijo. El día de la oposición y, sin duda, para dar más solemnidad al acto, los claustrales requirieron la presencia en el lugar de su reunión del racionero Manuel y de otro racionero tiple de la Iglesia Catedral de Salamanca. Presentes todos, público y jueces, el Rector y el vicescolástico asignaron a Clavijo tres puntos "en la musica de boecio Recopilada por Ciruclo (1) e aviendole dado el dicho libro para que el mesmo de los dichos tres puntos escogiese el que le pareziese convenjr el suso dicho de los tres escogio el vno y leyo en Romance y le preguntaron el dicho maestro Cumel y canonigo fr. sanchez y maestro fr." sanchez de las brozas I y maestro gabriel seRano los quales y cada vno dellos en su lugar le examjnaron preguntaron y arguyeron | y el Respondio a las preguntas questiones e argumentos lo mejor que supo y pudo, y despues se metio en claustro vn monacordio y en el toco e se canto vn motete por vnos libros compuestos por el dicho Racionero a seys vozes" etcétera, etc. Brindamos tan interesante descripción a los entusiastas del "divino arte musical"; para nosotros tiene esa noticia valor incuestionable, en cuanto revela que los adustos claustros del Estudio, no eran inaccesibles al encanto de la mencionada bella arte del sonido.

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Pero... con ciertas limitaciones. Zumel, juzgando la labor de Clavijo, hizo constar que el citado racionero sa

(1) Creemos se hace referencia al segundo de los opúsculos contenidos en la obra titulada Boëtii De institutione arithmetica libri II, De institutione musica libri V; accedit Geometria quae fertur Boëti; ex libris ms. edidit G. FRIEDLEIN (Leipzig, 1877). A. ROMIZI (Comp. di storia della Letteratura latina, ottava edizione, Sandron, Milán-Palermo-Nápoles, pág. 358, not. 1) advierte que los libros De institutione musica fueron traducidos el año 1592 por el célebre contrapuntista Ercola Bottrigari (1531-1612); observa además que hay una copia manuscrita de esa versión en el Liceo musical de Bolonia. En nuestra Escuela y el hecho no debe extrañarnos probablemente no se conocía el año 1593 la traducción de Bottrigari, publicada en Italia el año anterior. De haberse conocido ese trabajo, hubieran perdido todo su discutible valor las observaciones de Zumel, que extractamos en el texto.

bía y entendía, pero que ignoraba el latín, deficiencia esta última de consideración, pues como durante la media hora de Música especulativa se había de leer el texto de Boecio, era indispensable, para cumplir dignamente esa labor, conocer la lengua del Lacio. Tan candoroso razonamiento no convencerá hoy seguramente a nadie. Pero es más: no convenció a un tan entusiasta y perito conocedor de la lengua latina como nuestro Brocense, que distaba mucho de compartir las absurdas preocupaciones de cierto maestro hispano, que negaba en principio la condición de persona decente al que no conociese la lengua griega (textual y comprobado). El maestro Sánchez, en el caso de referencia, juzgó que Clavijo era "habil Idoneo y sufficiente e ha fecho bastantes muestras e se le deve proveer la dicha Catedra" (1). Juicios tan ponderados, hallan siempre su fuente en almas, que no se dejan castrar por absurdos exclusivismos de especialista. Y son más admirables tales juicios en labios de personas consagradas toda la vida al estudio de una rama especial de conocimientos, circunstancia que, como es notorio, se daba en nuestro autor.

Pero además de juez de oposiciones, era permanentemente juez de los grados académicos el Retórico insigne. Y como padrino de su Facultad, intervino en la presentación para licenciado en Artes, en el examen y en el grado de licenciamiento correspondientes, así como en la incorporación y agregación de maestro (en Artes también) de fr. Marcos de Sepúlveda, actos celebrados los días 9, 24, 25 y 29 de Enero del referido año 1593 (2). También concurrió Sánchez a un claustro de Cancelario, reunido el 14 de Febrero del 93 para invitar a los doctoramientos. próximos a celebrarse, de Juan Gil Vicente y Bartolomé del Valle, al alcalde de Corte Ayala, que se hallaba a la sazón en Salamanca "sobre los sobornos e negocios de catredas e vanderas e otras cosas a las Catr."" pertenecientes e anexas".

Mas ya era hora de que el maestro infatigable y pundonoroso pensase en proporcionar algún descanso a su cuerpo y a su espíritu, harto fatigados ambos en una incruenta lucha de cerca de medio siglo. Y, en efecto, el Bro

(1) Claustro pleno de 2 de Abril de 1593, fol. 65 y 66 vueltos. (2) "Libro de Doctor. Mag. Et Licen. en todas facultades del año de 1588 en adelante", fol. 170 vuelto, 173 recto y vuelto y 175.

cense pidió su jubilación ante el claustro de diputados de 29 de Mayo de 1593. Recibieron el encargo de conocer de esta petición y de inspeccionar los libros correspondientes de lecturas, los doctores y catedráticos Bernal y Gallegos. El doctor Bernal presentó después, ante el claustro de diputados de 19 de Junio del mismo año, fe del jubileo del maestro Francisco Sánchez de las Brozas, que unida a otra del bedel Juan Maldonado de Galarza, bastó para que la Universidad reconociese jubilado a nuestro autor, relevándole de la obligación de leer y autorizándole para que nombrase sustituto en su cátedra, con el derecho de seguir percibiendo su sueldo (1). Bernal y Galarza hicieron constar que sobraba mucho tiempo al Brocense para su jubilación, por lo que, sin duda, los implacables censores callaron una vez... para seguir luego su triste obra.

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Circunstanciada referencia de la nueva situación creada con el jubileo del maestro Sánchez, ofrécese también en la siguiente partida del "R.° de Cuentas del Año de 1593" (2), que literalmente transcribimos: "La catr." de propriedad de R. que es del maestro fran.co sanchez de las broças tiene en cada vn año sesenta florines que valen quinze myll y noveçientos mrs. de que sale la lecion a setenta y nueve mrs. y m.° | Repitio gano Residuo v vacose esta catreda por Jubileo del dicho maestro a veinte y vno de junjo | vbo durante la bacatura siete lectiones de a m.a multa que valen al dicho precio quatrocientos y ochenta y seys mrs. de que viene la mytad al arca que vale ducientos y quar. y tres y la otra mytad es del dicho maestro sanchez que como sust. las leyo por m. del señor R.or v proueyose la sust. a ju. bapta de peralta sabado tres de julio comencola a leer lunes a cinco del dicho mes no fue multado tiene de sal." el dicho sust. ocho mjll y ducientos y quarenta mrs. de los quales paga el Catr." dos myll y quatrocientos y los cinco mill y ochocientos e quarenta paga el arca" (3). De suerte, pues, que se dió el caso cu

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(1) Vid. nuestro Apéndice A, sección F, a, b. (2) Fol. 6.

(3) Aunque con una diferencia insignificante de 39 maravedís menos (diferencia que no logramos explicarnos de no pensar en un yerro involuntario como causa de la misma) puede referirse a la partida transcrita en el texto, la que a continuación copiamos del mismo "R.° de Cuentas" del año 1593 (fol. 39 vuelto): "yten da por descargo seis reales que pago al m. sanchez de las

riosísimo de que el humanista insigne actuara de sustituto de su propia persona, sustitución bizarra, que supone juveniles bríos en el maestro jubilado.

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Sabemos también cuáles fueron los trámites seguidos para proveer de la mencionada sustitución al lic.do Juan Bap. de Peralta. Acordaron el Rector y Consiliarios vacar aquélla con término de tres días naturales el 21 de Junio de 1593. Ese mismo día, de las 7 para las 8 de la mañana, se hizo la publicación de semejante vacatura y a las cuatro de la tarde, se opuso a la sustitución vacante el br. Juan Pío Rodríguez, natural de Roma. Dos días más tarde se opuso también a la misma sustitución el 1.do Juan Bap.' de Peralta, natural de la ciudad de Valencia, quien el 2 de Julio del año a que venimos refiriéndonos, manifestó al Rector que atento que él era opositor legítimo, que el br. Juan Pio Rodríguez había desistido de seguir oponiéndose y que, conforme a estatutos, constituciones, uso y costumbre del Estudio, como opositor único debía ser admitido y proveído, esperaba de su merced le mandase hacer colación y provisión del cargo que pretendía, pues estaba pronto y aparejado a dar información bastante de su habilidad y suficiencia. Admitida y presentada esa información, en la que depusieron los testigos Cosme Muñiz, Luis Quixada, Agustín de Polanco y Antonio Godínez, el Rector y Consiliarios sentenciaron el pleito y causa, acordando que debían proveer y proveían la tantas veces mencionada sustitución de Retórica, haciendo colación y provisión de ella al licenciado Juan Bautista de Peralta por cuatro años, mediante imposición de "vn bonete que El maestro fran. sanchez de las brozas proprietario le puso en su cabeza”. Dióse posesión a dicho licenciado de tal sustitución al siguiente día (3 de Julio) y hallóse entre los asistentes al acto el sustituído Sánchez Brocense (1). Como

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brozas por siete lectiones que leyo en la vacante de su catr.da de rectorica. que le mando ler el señor Rector. yten da por descargo mill y ochocientos y quarenta y cinco mrs. que pago a ju. Bapt.* de peralta sustituto de la catr." de Rectorica, que gano desde tres de Julio que se le proueyo.'

(1) Hemos hallado todas las referencias últimamente recogidas en un legajo del Archivo universitario de Salamanca, que ofrece en su primera hoja estas indicaciones: "v procesos de las catr.as del D. domingo diaz y m.° Pacheco que vacaron por el trienio y se les boluieron a proueher. junio de 93. v esta aqui tambien la sust.on de R.ca que se probeyo a ju." bap." ta de peralta".

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