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acierte a explicárselo nadie), cómo en una partida se cargan a nuestro autor 2.000 mrs. y en otra, y para el mismo objeto, se le asignan 2.400. Pudiera acaso esa diferencia notada derivar de las irregularidades, nunca corregidas, de la administración del Estudio.

Mas sea lo que quiera de la duda propuesta, si continuamos consultando el mencionado "Quaderno", seguiremos recogiendo de él testimonios mediatos de la asiduidad de nuestro Retórico en el desempeño de su labor docente. Y así, en efecto, observamos que en dicho "Quaderro", después de hacer constar que el partido de griego del Brocense estaba dotado con 25.000 mrs. anuales y el salario y partido de latinidad del mismo maestro con Ico ducados, también anuales, se nos informa de que el titular de ambas clases no fué multado en ninguna de ellas durante el curso de 1595 a 96 (1). Mas es curioso que durante el último de estos años (en los días 7 y 9 de Mayo del mismo), recibiese S. de las Brozas, "a quenta de sus catredas de griego y latin", 200 y 100 reales, respectivamente (2); semejantes anticipos no suponen, sin duda, una situación económica muy desembarazada.

Pero aun sufriendo, con la senectud, los apremios del mal ya inveterado de la pobreza, nuestro biografiado no cesa un momento de intervenir... precisamente en los asun

(1) "Quad."" cit. en not.

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'Quad.°" cit. en not.

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ant.", fol. 9 vuelto y 33. ant.", y en él, “Memoria de lo que yo el m. fran. perez ortiz cathedratico de prima de latinidad boy pagando de la hazienda que cobro de la vniuersidad por libranzas del s. don henrrique pimentel rrector de la dicha vnjbersidad", fol. 52 vuelto: "Este dia (7 Mayo 1596) pague al m.° fran. sanchez de las brozas dugientos rreales a quenta de sus catredas de griego y latin del primer tercio que se cunplio a diez y ocho de hebrero deste año y para los demas terçios dio carta de pago... Este dia (9 Mayo) pague al m.° fran. ss. de las broças çien rreales a q.ta de sus catredas deste año de nov. ta y seis". Vid. además fol. 20 vuelto del susodicho "Quad.", donde se insiste en los extremos puntualizados en las partidas aquí transcritas. Vid., por último, mención (también en dicho "Quad."") de una cantidad total, de la que correspondería una parte a nuestro biografiado, en la "Cuenta con el maestro gabriel serrano clerigo presbitero vi. Rector del colegio Trilingue Catedratico de propriedad de mathematicas. 1596", fol. 87. En la liquidación y fol. citados leemos: "mas da por descargo 93.045 mrs. que pareçe hauer gastado en el gasto extra ordinario en que entra sal.o del vi. R.°r y maestro sanchez y medico barbero cocinero labandera. aguador y extraordinarios de pasquas como son sebo carbon y otros semejantes etc".

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tos de orden económico de la vida del Estudio. En esa esfera de relaciones contribuyó con su voto a que se diesen al síndico, Dr. Gallego, 50.000 mrs. y una casa en que viviese (1); con motivo de la relación del Dr. Sahagún acerca del pleito de las monjas de Madrigal y despedida de los letrados de la Universidad de Valladolid, mostróse contrario a que fuesen despedidos esos abogados si el litigio en que entendían hallaba pronta solución (2); al tratarse, en otra ocasión, de la hacienda del Estudio y de ver el orden "que se tendra e podra aver para que sean pagados los catredaticos" universitarios, invitó a que se nombrase una comisión, se fijasen los oportunos edictos e informaran acerca del asunto, con toda la diligencia posible, los comisarios nombrados (3); al debatir otra vez cuestiones relacionadas con la de las fianzas exigibles al Administrador, mostró su tendencia inequívoca a castigar los gastos superfluos de la Universidad, procediendo en este punto con toda parsimonia y mesura (4), y, en fin, para que su intervención en los asuntos económicos no fuera meramente de consejo, hizo efectivos veinte reales para comprar la "Historia de España" (edición latina) de Mariana (5), así como también hubo de percibir ochenta y dos destinados a las conclusiones de los colegios de Gramática en el curso de 1595 a 96 (6).

Ni fué menos intensa su actuación en los negocios específicamente administrativos de la histórica Escuela. (No es necesario advertir-el buen sentido del lector habrá salvado la omisión en otros casos-que no son ajenos a la es

(1) Claustro pleno de 31 de Enero de 1596, fol. 19 v. Vid. también claustro pleno de 2 de Diciembre de 1596, fol. 8 v., donde consta que nuestro autor aprobó otro aumento de 5.000 mrs. a favor de Juan del Castillo.

(2) Claustro de diputados de 24 de Febrero de 1596, fol. 26.

(3) Claustro de "catredaticos de propriedad y diputados y consiliarios" de 2 de Marzo de 1596, fol. 31 v. Vid. además el claustro pleno de 22 de Junio de 1596, fol. 81.

(4) Claustro de "cathedraticos propietarios y diputados y consiliarios" de 23 de Abril de 1596, fol. 54.

(5) "Quaderno, De Cuentas, de La vniuersidad de Salamanca... año de 1596", fol. 37: "yten dio por descargo veinte rreales que dio y pago al maestro francisco sanchez de las broças para conprar vn libro que llaman ju.° mariana. de rrebus españa - entrego librança y carta de pago".

(6) "Quad."" cit, en not. ant.", fol. 69.

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fera más amplia de la Administración, los mismos negocios de índole predominantemente económica). Y buena prueba de nuestro aserto hallamos en su diligencia al intervenir en el asunto del Dr. Bernal, relacionado con la estancia en la Corte de dicho doctor. Éste se hallaba en Madrid representando a la Universidad en sus negocios con la facultad de Medicina. Al tratarse por primera vez de si se prorrogaría o no la autorización de estancia en la Corte de dicho claustral, el m. Sánchez fué de la opinión del Dr. Gallegos de que se concediera la oportuna prórroga para que pudieran resultar eficaces las gestiones del representante universitario (1). Conociendo posteriormente de una carta del mismo Dr. Bernal, en la que se solicitaba el envío de otro doctor a Madrid para seguir gestionando el asunto de los médicos, varios claustrales, y con ellos "El maestro fran. sanchez de las broças dixeron que su voto y pareçer es que El dicho doctor bernal no se benga y se pida licencia para que baya vn medico", etc., etc. (2). Todavía una vez más se volvió a insistir por el maestro Sánchez en que "se ynbie prorrogaçion al d. bernal y que no se benga y baya medico trayendo liçençia” (3). El representante citado comunicó por carta a la Universidad que había licencia para que fuese un médico a Madrid, y el Rector nombró con ese objeto al Dr. Rodrigo Soria, asintiendo a tal designación nuestro Retórico, quien además sostuvo "que conbiene y es muy necesario que El dicho doctor soria baya al dicho negocio y se parta con toda brebedad" (4): esto fué también lo que, en definitiva, se acordó. Y, por último, tratando de nuevo de la estancia de Bernal y Soria en Madrid, nuestro Brocense se adhirió a la opinión del Maestrescuela, favorable a que se otorgase a esos representantes cuantas prórrogas necesitaran para el cumplimiento de su misión (5). Todavía tratando meses más tarde de prorrogar la autorización de estancia en la corte a otro representante de la Universidad, el Dr. Juan de León, varios claustrales, y con ellos nuestro humanista. "fueron de voto que se le proRogue el termino al dicho. señor doctor juan de leon hasta de aqui (2 de Diciembre)

(1) Claustro pleno de 24 de Mayo de 1596, fol. 70.
(2) Claustro pleno de 22 de Junio de 1596, fol. 81.
(3) Claustro pleno de 3 de Julio de 1596, fol. 86.
(4) Claustro pleno de 19 de Julio de 1596, fol. 94.
(5) Claustro pleno de 12 de Agosto de 1596, fol. 103.

a la vispera de nabidad" (1). En un asunto más arduo, de competència de jurisdicciones, y al tratarse de causas seguidas contra escolares, el maestro Sánchez de las Brozas no vaciló en ofrecer testimonios de su actitud resuelta en pro del mantenimiento del fuero universitario, y así dijo que su parecer era "que la vniuersidad salga a esa causa De los estudiantes pues es propio negocio suyo y aga toda la diligencia que convenga a costa de la vniuersidad en defensa De la vniuersidad y sus estudiantes y de la juridicion del dicho señor maestreesquela la qual conbiene, se aumente y que el dicho s." mnestreesquela haga justicia en las causas que ante su merced estan pendientes pues la tiene començada hacer y si entre su merçed y el dicho pesquisidor vbiere enquentros de todo ello se de quenta a su mag." para que se ponga rremedio y que ansi mismo se defienda esta causa por p.' de los mismos estudiantes y del fiscal del dicho s." maestreescuela y p. ello se nonbren personas de este claustro y se escriuan las cartas que fueren nescesarias y que no solamente se siga en esta ciudad p. en el consejo y en las demas partes que fuere nescesario", etcétera (2),

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Cumpliendo el deber y ejercitando el derecho de que se hallaba asistido como catedrático propietario, en el tradicional domingo de Cuasimodo (21 de Abril de 1596) el m. Sánchez nombró Diputado "a gil gonzales de auila rraçionero En la yglesia cathedral desta ciudad" (Salamanca) (3). Días antes, habiendo suplicado el maestro Curiel al claustro de diputados "que se le hiziere merced de algunas cartas de fabor para la Curia Romana", los claustrales que asistieron a esa reunión "cometieron el escribirlas (las citadas cartas) a los señores doctor Sahagun y maestro fr. sanchez Catr. de Retorica" (4).

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Mas sobre todo, durante el año a que venimos refiriéndonos, nuestro biografiado actuó de visitador de cátedras y de libros. Recuérdense, en comprobación de tal aserto, las notas de visita correspondientes, transcritas y glosadas en páginas anteriores, y téngase además en cuenta una serie

(1) Claustro pleno de 2 de Diciembre de 1596, fol. 8 vuelto. (2) Claustro pleno de 11 de Octubre de 1596, fol. 119. (3) Claustro de deputados domingo de Casimodo veinte y vno de abril" de 1596, fol. 48 vuelto.

(4) Claustro de diputados de 30 de Marzo de 1596, fol. 36 vuelto.

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de datos, que ahora nos permitiremos precisar. En el "Quaderno De Cuentas... de 1596", se descarga el “hacedor" de treinta y dos reales "que dio y pago al maestro fran. sanchez de las broças de las visitas de cathedras que a visitado en su tpo. este año” (1); en ese mismo “Quaderno" hallamos otras tres veces referencia a cantidades percibidas por el Brocense en su condición de visitador (2). y, finalmente, en el acta de claustro de diputados de 7 de Noviembre de dicho año, se hace constar la designación, en esa reunión acordada, de visitador de la facultad de Artes a favor del "m.° fran." sanchez de las Brocas al qual se le dio el mismo poder segun y en la forma que al..... doctor medrano" (3), es decir, se le encargó de lo tocante a los libros de su facultad, para lo cual se le dió la comisión oportuna y derecho a percibir lo que era uso y costumbre cobrar por dicho trabajo.

Pero en la nota penúltima (vid. la segunda de las tres partidas en ella transcritas), hallamos referencia a una forma de actuación de nuestro autor, en la vida del Estudio, verdaderamente singular y de la que, hasta este momento. no hemos hallado testimonio alguno: dícesenos en ese texto (como el lector podrá de nuevo comprobar) que el Brocen

(1) Fol. 37.

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(2) "Memoria de lo que yo El m. fran.co perez ortiz cathedratico de prima de latinidad boy pagando de la hazienda que cobro de la vniuersidad por libranzas del s.or don henrrique pimentel rrector de la dicha vnjbersidad", fol. 53: "En diez y seis de mayo del dicho año (1596) di por librança del s. fran.c or rrector al m." ss de las broças diez y seis rreales de visitas de cathedras deste mes de mayo". Ibid. "quentas que da El liçendo ju.o de cueto administrador desta vniuersidad y su mayordomo que fue el año pasado de mill y qui°s y nov." le resciben y pasan en quenta veinte Reales que dio E pago al mr. y çinco", fol. 68 v.: "yten se fran.c sanchez de las broças en esta manera los diez y seis R. por ocho catredas que visito con el s.or Retor 11 y los quatro R. Restantes por dos liçencias que en compañia Del s. la dio para tener pupilos a dos bachilleres vezi's Desta çibdad. Consta por fee del secretario bar. me sanchez su fecha a ocho de henero deste dicho año De noventa y seis a's la qual entrego y presento con carta de pago firmada del dicho s." Fol. 72: “yten paresçe por fee del dicho br.me sanchez que el dicho mro. fran. sanchez ". mr. fran. sanchez en la segunda visita en conpañja del dicho s.or Retor visito ocho cathedras por lo qual ovo de aver diez y seis Reales los quales le dio E pago el dicho L.do cueto como paresçe por la carta de pago escrita en la dicha fee que presento su fecha a treze de março de noventa y seys pasansele en quenta". (3) Fol. 130 del "R."" correspondiente.

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