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sseis y exerzais vuestros officios conforme a los que teneis dellos, y teniendo mucho o con la administracion de la Justicia, y con despacho de los negocios y tratamiento de urales de esos Reynos; y porque escriuo a las es y Villas dellos, que alzen pendones y haotras solemnidades que se requieren y acosn en semejantes ocasiones, proveereis que asi y cumpla en todas las ciudades del destrito Audiencia con la solemnidad y de la mane se suele hacer; que en ello, de mas de ir con vuestra obligacion, Me seruireis. Dè eronimo de Madrid a veynte y seis de Sere de mill y quinientos y nouenta y ocho.= Rey. Por mandado del Rey Nuestro Señor; de Ybarra. Y a las espaldas de la dicha Real estan siete señales de rubricas. Corregido original. Joan Baptista de la Gasca.

a la Ciudad de la Plata, a treynta dias del mes tubre de mill y quinientos y nouenta y nuebe los Señores Presidentes y Oydores de la Auncilleria Real de Su Magestad, receala Real y otra que habla con el miento desta ciudad, para que en su se alcen pendones en ellas y en las u ades y Villas del destrito desta Real Aumo se contiene en esta cedula, porque la esta Ciudad no trata mas de lo que toca a า por los dichos señores, la obedescieron en

Sobre el alzar

los pendones y

diligencias que

la coronacion

del Rey

Don

Señor, tercero

deste nombre. 1598.

y Cauildo los officios de la missa, y a los responsos a visperas y missa se dio cera a todos los eclesiasticos, grandes y menores.

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Hicieronse las obsequias domingo en la tarde lunes a la mañana que siguio antes del dia de Sanctiago, diez Ꭹ ocho y diez y nuebe de Jullio de mill y quinientos y nouenta y nuebe años. El Licenciado Cepeda. El Licenciado Lopidana. Ante mi; Joan de Lossa. Corregido con su original.= Joan Baptista de la Gasca.

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El Rey. Presidente e Oydores de Mi Real Audiencia reside en la Ciudad de la Plata de la que

se hicieron en Prouincia de los Charcas: como por otra carta Mia desta entendereis, a sido Dios seruido de lleuar para Phelipe Nuestro si al Rey Nuestro Señor, de que quedo con el desconsuelo y pena que me obliga tan grande perdida, y que por esta causa he subcedido en los Reynos y Señorios de la Corona de Castilla y Leon, y lo anexo y dependiente dellos, en que se yncluyen esos Estados de la Yndia; y como quiera que la grande christiandad, larga esperiencia y mucha prudencia de Su Magestad, no pueden dejar de hacer mucha falta, espero en Dios que me dára fuerzas, conforme a los deseos que me quedan, para que, imitando al Rey Mi Señor, pueda cumplir con mis obligaciones; y para que vosotros podais cumplir con las vuestras, conforme a la confianza que se a hecho de vuestras. personas, tengo por bien que por el tiempo que fuere Mi Voluntad, y entretanto que ordenare otra

cossa, vsseis y exerzais vuestros officios conforme a los titulos que teneis dellos, y teniendo mucho cuydado con la administracion de la Justicia, y con el buen despacho de los negocios y tratamiento de los naturales de esos Reynos; y porque escriuo a las Ciudades y Villas dellos, que alzen pendones y hagan las otras solemnidades que se requieren y acostumbran en semejantes ocasiones, proveereis que asi se haga y cumpla en todas las ciudades del destrito de esa Audiencia con la solemnidad y de la manera que se suele hacer; que en ello, de mas de cumplir con vuestra obligacion, Me seruireis. Dè San Geronimo de Madrid a veynte y seis de Setiembre de mill y quinientos y nouenta y ocho.= Yo el Rey. Por mandado del Rey Nuestro Señor; Joan de Ybarra. Y a las espaldas de la dicha Real cedula estan siete señales de rubricas. Corregido con su original. Joan Baptista de la Gasca.

En la Ciudad de la Plata, a treynta dias del mes de Otubre de mill y quinientos y nouenta y nuebe años, los Señores Presidentes y Oydores de la Audiencia y Chancilleria Real de Su Magestad, recebieron esta cedula Real y otra que habla con el Cauildo y Regimiento desta ciudad, para que en su Real Nombre se alcen pendones en ellas y en las demas Ciudades y Villas del destrito desta Real Audiencia, como se contiene en esta cedula, porque la dirigida a esta Ciudad no trata mas de lo que toca a ella; y visto por los dichos señores, la obedescieron en

forma con el acatamiento debido, y en su cumpli miento hicieron juntar los Alcaldes, Cauildo y Regimiento; y estando en la sala Real, el Señor Presidente les dixo lo que Su Magestad manda, y se les entrego la cedula que vino dirigida a esta Ciudad, y por el Secretario Joan de Lossa Barahona fue leyda esta; y hauiendo platicado sobre ello, se acordo que esta noche se comiencen los regocijos y que se acuerden los que se han de hacer, y el dia en que se alzaran los pendones, y se preuenga lo nescessario; y los dichos señores lo señalaron. Ante mi; Joan de Lossa.

Y en cumplimiento y execucion de lo ordenado, se hicieron regocijos la noche del dicho dia treynta de Otubre, y se encomendo el orden dellos al Capitan Don Jeronimo Ondegardo, vecino y Alcalde ordinario desta Ciudad, y al Capitan Andres Martinez de Guillestegui, ansi mismo Alcalde ordinario; y juebes quatro de Nobiembre se hizo vna encamissada, en que salieron la caualleria principal desta Ciudad con hachas de cera acompañando a los Señores Presidente y Oydores, Licenciado Joan Lopez de Cepeda, Presidente; el Licenciado Joan Diaz Lopidana, Oydor; y el Adelantado Joan de Torres de Vera e Aragon, Oydor que fue desta Ciudad; y los Señores Presidente, de vrbanidad, lo pusieron entre si y el Licenciado Joan Ramirez de Salazar, Fiscal de Su Magestad, que salieron y se hallaron en la dicha encamissada con bachas en las manos,

y andubieron en ella hasta mas de las once de la noche; y hubo mascaras y disfraces, luminarias en toda la poblacion, y en la Yglesia Cathedral ymbenciones de fuego, y se fueron prosiguiendo los regocijos los dias siguientes, corriendo toros, y con otras ymbenciones, y saliendo con las suyas los yndios naturales en esquadrones; y el sauado trece de Nobiembre del dicho año se dixeron visperas solemnes en la Yglesia Cathedral, e hizo el officio de Pontifical el Señor Obispo, y aquella noche huvo luminarias en la Cathedral y ciudad, y repicaron las campanas de la Cathedral y combentos hasta muy entrada la noche; y el domingo catorce de dicho mes dixo missa de Pontifical el Señor Obispo, y hùvo sermon, haIlandose en visperas y missa los Señores Presidente e Oydores y mucha parte de los vecinos y caualleros de la Ciudad, y estuuo la plaza colgada y aderezada rica y costosamente por orden del dicho Don Jeronimo Ondegardo, a quien se encargo; y pegado con las cassas de Cauildo y Regimiento, hizo hacer el dicho Don Geronimo un treatro sumptuoso y con muchos arcos y aderezado ricamente; y el dicho dia domingo a la vna y medią fue el Cauildo y Regimiento y la caualleria, y quatro Reyes darmas y menistriles a casa del Alferez Real Manuel Muñiz de Acuña, y traxeron el estandarte Real a las casas de Cauildo, trayendo al Alferez en medio, el Gouernador Don Fernando de Zarate, Cauallero de la Orden de Santiago, y Don Pedro Beltran Hoyon,

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