Discurso del Señor ministro de relaciones exteriores, Dr. D. Bernardo de Irigoyen: pronunciado en la Cámara de diputados nacionales en las sesiones de los dias 31 de agosto, 10y 2 de setiembre de 1881, sobre la cuestion de límites con Chile y el tratado celebrado entre los gobiernos de aquel pais y la Republica Argnetina

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Imp. de S. Ostwald, 1882 - 344 páginas
 

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Página 75 - Ambas partes contratantes reconocen como límites de sus respectivos territorios, los que poseían como tales al tiempo de separarse de la dominación española el año 1810, y convienen en aplazar las cuestiones que han podido o pueden suscitarse sobre esta materia...
Página 61 - La Tierra del Fuego, dividida de esta manera. será Chilena en la parte occidental y Argentina en la parte oriental. En cuanto...
Página 61 - ... En cuanto a las islas, pertenecerán a la República Argentina la isla de los Estados, los islotes próximamente inmediatos a ésta, y las demás islas que haya sobre el Atlántico al Oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales de la Patagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al Sur del Canal de "Beagle" hasta el Cabo de Hornos y las que haya al Occidente de la Tierra del Fuego.
Página 67 - Argentina está dividida de la República de Chile por la Cordillera de los Andes, corriendo la línea divisoria por sobre los puntos más encumbrados de ella, pasando por entre los manantiales de las vertientes que desprenden a un lado y al otro.
Página 75 - La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dichas cordilleras que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro. Las dificultades que pudieran suscitarse por la existencia de ciertos valles formados por la bifurcación de la Cordillera, y en que no sea clara la línea divisoria de las aguas serán resueltas amistosamente por dos peritos nombrados uno de cada parte. En caso de no arribar éstos a un acuerdo, será llamado...
Página 33 - ... por distrito todo el dicho reino de Chile, con las ciudades, villas, lugares y tierras que se incluyen en el gobierno de aquellas provincias, así lo que ahora está pacífico y poblado, como lo que se redujere, poblare y pacificare dentro y fuera del Estrecho de Magallanes y la tierra adentro hasta la provincia de Cuyo inclusive.
Página 76 - Dentro del plazo de doce (12) meses despues de ratificado este Tratado, el Gobierno Argentino entregará al de Chile en Santiago y el de Chile al Argentino en Buenos Aires, una memoria sobre las pretensiones respectivas y las razones en que las fundan, estando obligados á comunicarse reciprocamente los antecedentes que invoquen y que se pidiesen por uno ú otro.
Página 68 - Gobiernos de ambas repúblicas, que sus títulos al dominio del territorio austral del continente son claros, precisos e incontestables, el arbitro deberá tener presente para pronunciar su fallo, la siguiente regla de derecho público americano que los Gobiernos contratantes aceptan y sostienen; Las Repúblicas Hispano-Americanas han sucedido al Rey de España en los derechos de posesión y de dominio que él tenía sobre toda la América Española.
Página 251 - El Estrecho de Magallanes queda neutralizado á perpetuidad y asegurada su libre navegación para las banderas de todas las Naciones. En el interés de asegurar esta libertad y neutralidad no se construirán en las costas fortificaciones ni defensas militares que puedan contrariar ese propósito.
Página 36 - ... humanidad. Tuvo oportunidad de estipularlo con el Excelentísimo Gobierno de Chile en 1856, para resolver las cuestiones de límites existentes en aquella, fecha y las que más adelante pudieran suscitarse. Declaró en 1874, en documentos oficiales entregados al dominio de la publicidad, "estar resuelto con tratados ó sin ellos, á terminar todas las cuestiones internacionales por el arbitraje...

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