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se miraban las asambleas nacionales como peligrosas y contrarias á la autoridad regia. Habiendo determinado aquel monarca hacer guerra al duque de Borgoña y destruir este príncipe si pudiese, quiso acreditar su conducta y justificar sus procedimientos ó por lo menos aparentar que no le movian otros principios que los de la razon y la equidad. Para esto, dice Comines, no le faltó valor ni pretexto, y mandó juntar los tres estados de su reino en la asamblea de Tours en el año

de 1470, lo que nunca habia hecho ántes ni despues hizo. Pero la convocatoria para este congreso se dirigió solamente á personas señaladas de quienes el rei tenia confianza que no se opondrian á lo que de su parte se le propusiese. Este príncipe, dice el mismo historiador, promovió en gran manera el despotismo y levantó la real autoridad hasta un punto al cual nunca le habian podido llevar sus predecesores. Para ello era necesario desacreditar y deprimir la libertad nacional y las juntas de los estados, y no faltaron aduladores que cuando mas adelante se trató de convocarlas predicaban ser perjudiciales al rei y al reino. Algunos hombres de ménos calidad y virtud 2, añade Comines, digeron repetidas veces ser crímen de lesa magestad tratar de que haya estados generales en Francia, por cuanto á su parecer se encaminan á deprimir la autoridad real: como quiera que los que esto dicen son los que cometen aquel crímen contra Dios, contra el rei y la causa pública.

92. Este fué en todos tiempos el lenguage de los déspotas. Cárlos I y Felipe II su hijo para serlo á su

I Mem. lib. III, cap. I. 2 Ibid. lib. v, cap. xix.

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salvo y sin oposicion ni resistencia, ya que no osaron abolir las cortes ni profanar un derecho nacional tan caoy tan sagrado, ni chocar con el uso y costumbres de casi once siglos que las autorizaba ni atentar contra una de las leyes fundamentales que las prescribia, procuraron sagazmente cohartar sus facultades, variar sus formas, enervar la fuerza de los ayuntamientos y desorganizar estos célebres cuerpos municipales, de cuyos miembros se componian los congresos nacionales, corromper los procuradores y convertirlos en instrumentos de tiranía. Los aduladores y promotores del despotismo trataron desacreditar las cortes, y á principios del siglo XVII se miraban con tanto desprecio por los palaciegos, que don Diego de Saavedra tuvo que hacer la apología de ellas diciendo. "En España con gran

prudencia estan constituidos diversos consejos para el "gobierno de los reinos y provincias y para las cosas » mas importantes de la monarquía. Pero no se debe » descuidar en fe de su buena institucion: porque no hai república tan bien establecida que no deshaga el tiempo sus fundamentos ó los desmorone la malicia y el abuso. Ni basta que esté bien ordenada cada una » de sus partes, si alguna vez no se juntan todas para » tratar de ellas mismas y del cuerpo universal: y así "por estas consideraciones hacen las religiones capítu» los provinciales y generales y la monarquía de la igle» sia concilios. Estas juntas harán mas unido el cuer"po de la monarquía para corresponderse y asistirse en ,, las necesidades. Con estos fines se convocaban los con»cilios de Toledo, en los cuales no solamente se tra

1 Empr. LV.

"taban las materias de religion sino tambien las del go"bierno de Castilla." Y añade en otra parte. » No puede » ser feliz el imperio cuyo gobierno es absoluto y arbi"trario: y los que por una vil adulacion dieron á la au»toridad de los príncipes una extension ilimitada choca"ron con uno de los principios fundamentales de la » soberanía que es la seguridad y prosperidad del im

perio, y por lo que toca á España con las leyes pri"mitivas y pactos esenciales á la constitucion original » de estos reinos, los cuales debieron tener parte y la » tuvieron siempre por medio de las cortes generales » en la gobernacion ora por el consejo ora egerciendo » verdadera autoridad soberana respecto de aquellas cau»sas en cuya acertada resolucion iba la prosperidad de » la monarquía."

93. Esta excelente doctrina aunque anunciada por un hombre conceptuado generalmente de sabio y juicioso no podia ya ser provechosa porque chocaba con la opinion pública. Los consejeros y ministros y todos aquellos por cuyos ojos y oidos ven y oyen los reyes les ocultaban estas verdades amargas ó se las desfiguraban, ora fuese por interes ó por adulacion ó por temor y cobardía. Estaban persuadidos los príncipes que su voluntad era la suprema lei del estado. Reinando Felipe IV se creia que la convocacion de los reinos era un acto libre del soberano, y como dice un escritor coetáneo, no estriba en algun derecho positivo sino en una mera condescendencia y tolerancia: siempre que los reyes llaman á cortes es para los negocios de mayor utilidad y conveniencia suya. En los reinos de Leon y Castilla no hai mas fuero ni pacto entre los vasallos y los príncipes que la absoluta justificada voluntad de los reyes.

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94. En el siguiente reinado continuaba el descrédito de las cortes así entre los palaciegos y cortesanos como entre los literatos. El jurisconsulto don Francisco Ramos del Manzano que escribia por este tiempo se declaró contra ellas, y en su obra titulada Reinados de menor edad indicó los inconvenientes de su celebracion, en lo cual acreditó no estar bien instruido sobre la naturaleza de la constitucion política de Castilla ni tener exâctos conocimientos de nuestra historia nacional. La gran reputacion de este doctor mui superior á su mérito arrastró á muchos á pensar que las cortes eran inútiles y aun perjudiciales. Considerando en la citada obra 1 las turbulencias causadas en Castilla por la ambicion de los condes de Lara que aspiraban contra derecho á la tutela del rei don Enrique hijo heredero de don Alonso VIII, dice que para aquietar las turbaciones y precaver las calamidades que amenazaban y asegurar el acierto" eligió un medio siempre aventurado en reinados de » menor edad y en que solo se debe entrar á mas no

poder y cuando no hai regencia determinada por el » rei difunto ó por la lei para los reinos, que fué lla» már á cortes los reinos en Burgos."

95. Y mas adelante con motivo de las tormentas levantadas en la menor edad de Fernando IV y de la guerra civil que amenazaba, dice que la reina doña María tutora de su hijo en virtud del testamento del rei don Sancho, con igual providencia y aconsejada "de los prelados y maestres de las órdenes y otros "ricos-hombres que la asistian, hizo llamamiento de cor"tes para Valladolid para asegurar mas con la jura y Reinados de menor edad, pág. 185.

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2

Ibid. pág. 220.

» acetacion de los reinos el establecimiento del rei su hijo en la corona... y para convencer y deshacer con >> satisfaccion de las mismas cortes las asonadas y sinies» tras voces del infante don Enrique. Bien que este me» dio de las cortes que en aquella ocasion como en otras » se abrazó por la necesidad de afianzar con el consen»timiento de los súbditos la entrada de un reinado con"trovertido, se acompañó tambien entónces del peli"gro y perjuicios que la soberanía real suele experimen» tar en la union y representacion de un cuerpo de rei»›nos, mayormente en gobiernos de menor edad y fla» ca autoridad y tiempos turbados."

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96. Y en otra parte refiriendo la division que hubo en las cortes de Palencia de 1313 sobre la eleccion de tutores eligiendo unos al infante don Pedro y otros á don Juan, dice. » Acuerdo sin duda desacor"dado y peligroso hacer de un reino dos y dividirle » á trozos entre los tutores. Pero tales suelen ser los » desórdenes de una mezcla de hombres desunida ó con»cejo de concejos con quien obra el poder, el interes » y las pasiones lo que no la justicia y la razon." Finalmente dice que para dar cierta forma en el gobierno de estos reinos en la menor edad de Enrique III "se » acordó por los del consejo del rei su padre que se » llamasen cortes para Madrid, medio que entónces pa"reció no poderse excusar por hallarse el rei Enrique "sin padres y sin tutores ni forma de regimiento para "sus reinos y sin que se supiese habérsele nombrado ó "proveido por testamento de su padre. Pero medio en que siempre se experimentaron inconvenientes, y ma

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I Reinados de menor edad, pág. 248.

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