El inseparable para 1864: calendario de ferro-carriles, teatros, ferias, correos, telégrafos, libro de caja... y un índice alfabético de las calles de Madrid y sus afueras. Año III.

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Manuel Galiano, 1864 - 209 páginas
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 118 - ... en cuya virtud se imponga, la fecha de la providencia , el nombre del multado y el número que corresponda á la multa , entregándose á la parte interesada esta mitad del pliego para su resguardo. La segunda con iguales...
Página 115 - Se empleará este timbre sobre la base de la cuantía del respectivo asunto, conforme á la escala gradual á continuación se expresa, en el pliego primero de las copias que se saquen de los protocolos de escrituras públicas que tengan por principal objeto cantidad ó cosa valuable.
Página 115 - Se estamparán además sellos sueltos de las nueve primeras clases designadas para el papel sellado con destino á las pólizas de seguros, titulos de acciones de bancos y sociedades y demás documentos análogos en que el gobierno autorice su empleo.
Página 115 - Las corporaciones ó particulares que prefieran tener sus documentos en pergammo, vitela ó papel de calidad superior al que expende la Hacienda, podrán acudir á la administracion para el estampado de los sellos, mediante el pago prévio de su importe.
Página 125 - Bachiller en Artes, ser aprobado en un examen especial de Historia general de España y nociones generales de Literatura latina y castellana, ante los Profesores de la Escuela. Art.
Página 116 - Art. 23. Los escritos de los interesados ó de eos representantes, los autos y sentencias de los Jueces y Tribunales y todas las demás actuaciones que tengan lugar durante la sustanciacion y hasta la terminación definitiva de cualesquiera asuntos civiles sometidos hoy, ó que en lo sucesivo se sometan á la...
Página 119 - Autoridades de quienes proceda la providencia de reintegro cuidarán bajo su responsabilidad de que tenga efecto. SECCION TERCERA. Del papel de matriculas. Art. 69. Los derechos de matrícula' en las Universidades y demás establecimientos de enseñanza costeados por el Estado se satisfarán en el papel creado al efecto, de forma análoga al de multas y de reintegros, y cuyos precios serán de 20, 30, 40, 50, 60, 80, 100 y 140 rs. cada pliego. Art. 70. Para el uso de este papel se observará, en...
Página 126 - ¡Historia de España en los tiempos medios y en particular de sus instituciones sociales, civiles y políticas...
Página 118 - Bolsa llevarán sellos sueltos de 10 rs. cuando la operación no esceda de 500,000 rs. nominales; de 15 rs. cuando pase de esta suma y no llegue á 1.000,000, y de 20 rs. desde dicha cantidad en adelante. Art. 55. El Agente que autorice la negociación está obligado á poner los sellos en todas las pólizas, inutilizándolos con su rúbrica y con la fecha de la operación, sin perjuicio de exigir el reintegro de su importe á las partes interesadas.
Página 115 - El papel de los sellos primero al undécimo inclusive, se sellará únicamente en la primera hoja de cada pliego: el de oficio lo será en ambas hojas, pudiendo estas usarse separadamente, cuando en cada una quepa el contenido del respectivo documento. El papel de pagos al Estado, será sellado en la forma que parezca más adecuada al uso que se destine.

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