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vecino de salamanca fagale otorgamiento (") de tres vecinos et peche quinientos sueldos.

V.

DE CASA ESCUDRIMNAR.

Si dueno de la casa non quisier su casa dar á escudrimnar peche quinientos soldos.

VI.

QUIEN MATAR ENEMIGOS QUE ES COGIDO.

Si algun ome pues que sacar su enemigo é otro ome matar por su enemigo. ó quien enemigo cogier é despues lo matar sea desheredado (b) por ello de quanto que ovier en salamanca, et si algun ome ficiere su heredade compradiza (c) non le preste (4) et sea traydor é peche diez mill sueldos et salga de la villa.

VII.

DE IURA DE MUERTE DE OMBRE.

Todo ome que iurar quier por morte de ome con doce iure que no lo mató nin el non ferió.

VIII.

DE QUIEN EMPARA (*) ENEMIGO.

Qui ome matar peche cient maravetines si non es

(a) Otorgamiento, promesa, seguridad, fianza.

(b) Desheredado, desp seido, privado.

Compradiza, feciere compradiza, comprare con dolo.

(d) Prester, prestar. Non le preste, parece significar que no le valga. Emparar, ampa ar, guardar, proteger.

enemigo sacado por fuero. Qui matar enemigo sacado por fuero qui lo quisier amparar, si muerte le y aveniese, non salga enemigo nin peche coto, é si dixieren los parientes del muerto non lo mataste por tu enemigo que te amparaba, salvese por lide, é se se non podier salvar peche el coto (a) é salga enemigo.

IX.

DE DAR DERECHO DE MUERTE DE OME.

Todo ome que preso fuer por enemigo por muerte de ome é fasta nueve dias non dier derecho quanto alcalde iulgare salga de salamanca é de su término fasta que dé derecho. E si tornada ficier á su casa ó de vecino de salamanca peche quinientos sueldos.

X.

DE COGER ENEMIGOS EN SU CASA.

Et á los enemigos si sus parientes del muerto los firmaren á todo ome que los acogier en su casa, ó los amparar á sus enemigos, ó pan les dier, peche quinientos sueldos á parientes del muerto si gelo firmaren con tres vecinos de salamanca, é si firma non ovieren iuren con seis vecinos que non los acojió en su casa nin los amparó.

XI.

DE ENEMIGO CONOSCIDO QUE PECHE OMECIO.

Et pues que el enemigo fuer conoscido é su omicio

(a) Coto, pena, multa.

pechar se en el término se estrevier á vivir viva, é si sus enemigos fueren sobre él por le matar ó por le mal facer, quien lo amparar peche quinientos sueldos. Et se sobre la enparancia (a) les mataren quien les matar non peche coto ni sea enemigo él ni aquellos que con él fueren.

XIII.

DE ENEMIGO QUE QUISIER MORAR EN EL TÉRMINO.

Todo enemigo que en el término quisier morar dé (b) dos parientes que lo tienen sobre si que quantas bueltas ficier que se paren á ellas, et si parientes non ovier, de dos vecinos buenos que lo lieven (c) sobre sí, é si aquesto non ficiere salga del termino é prenden á sus parientes fasta que fagan esto como es escripto.

XIII.

QUIEN VENDIER HEREDADE DE MATADOR.

Quien matar vicino (4) de salamanca é algun ome su heredade vendier, ó dier, non sea stabile.

XIV.

DE CONSEIAR MUERTE DE OTRO OME.

Quien dixier á algun onme mi morte consefaste ó conseias é non era tu enemigo conoscido nin tu desa

(a) Enparancia (sic) amparo, proteccion; aqui significa en el acto de protegerle. (b) En los manuscritos no suele estar acentuada esta ni otras palabras semejantes que pueden, à las veces, inducir á error.

(c) Lieven, lleven.

(d) Vicino, se usa con igual frecuencia que vecino.

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fiado por fuero de salamanca, iure la manquadra (*) que sospecha á en el que su muerte conseio ó conseia, é conombre ocho parientes de aquel que á sospecha é iure con tres daquellos ocho, é se parientes non ovier iure con tres vecinos derechos que su muerte non con. seio nin conseia, é se non iurar salga de salamanca é de su término por traydor é por su enemigo. Et si su enemigo despues lo axare (b) é alguno le emparare peche quinientos sueldos, é si negare é gelo podieren firmar ) peche quinientos sueldos, é si non oviere firma, iure el que lo sacudier (4) con XII parientes quales tomar el querelloso, é se non pudier iurar peché quinientos sueldos, é aquel enemigo despues que salier de la villa si enemigo el querelloso ó sus parientes lo mataren non pechen omicio nin salgan enemigos, é se se salvar que non conseyó su muerte nin conscya de cuatro de sus parientes quales quisier el querelloso é lievenllo () sobre si que mays non conseie este conseio nin lo mate, é si lo matar ó lo ferier salga él por traydor é deribenle las casas, é estos fiadores iuren con sennos () vicinos que non lo conseyaron nin pueden á él aver, é que nin se mudo (s) por su conseio, é iurenlo con un vicino que aquellos parientes que toman que non los puede haber por fiar. E de tales fiadores que vean los alcaldes que derechos son.

XV.

DE QUIEN CONSEIA MUERTE DE LAS IUSTICIAS.

Et si las iusticias por iusticia que fecieren é dixieren

(a) Manquadra, juramento de calumnia.

(b) Axare, halla e.

Firmar, afirmar, otorgar, aprobar, probar.

(d) Sacudier; palabra de oscuro sentido que solo por el contexto puede deter

minarse.

(e) Lievenllo, llévenlo.

(f) Sennos; senno es lo mismo que s lo, único: à veces tambien significa de uno en uno; igualmente equivale à sendos.

(g) Mudo, falta el acento en la o.

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á algun ome nuestra muerte aconseiaste ó conseias, non iuren manquadra, é si aquel ome onde ovieren esta querella fuere vecino de la villa envielle tres vecinos quel digan fulan á rancura (") de ti que conseieste su muerte ó conseias vé á nueve dias á la tienda de martin alfayate (3) é dal derecho quel iulgaren los alcaldes, é si non viniere ó derecho non dier peche cinquenta mora vetines al querelloso é salga de la villa é de su término por su enemigo, é despues que salir por enemigo é pechar los cinquenta moravetines si quisier dar de pecho (b) como en esta carta iaza (©) embielle mandado é coya su derecho.

XVI.

DE QUIEN HA SOSPECHA.

Del ome á quien sospecha ovieren si fuer enemigo sacado faganlo atreguar fasta que cumpla este juicio é prinden á sus parientes fasta que lo adugan (1) á derecho é despues quel dier derecho salga de la villa é de su término é non sea atreguado, é se sus parientes non lo aduxieren á derecho peche cinquenta maravedís é sea enemigo.

XVII.

DE FERIDAS DE ARMAS DE VEDADAS. (©)

Tomo ome que ferier con qual arma quier cuchiello patino (piedra fuste toda arma peche dos moravetinos, é si matar llevenlo á la forca.

(a) Rancura, querella. Fulan á rancura, fulano há (tiene) queja, se querella. (b) De pecho, dé tributo, es decir, seguridades.

(c) laza (sic); debe ser iace, esto es, se halla; está. En otro códice se lee: iaz. (d) Alugan, aduzcan. A lucir significa, unas veces, atraer, presentar, y otras, lleva, conducir. Adujir se usa tambien con la significacion de llevar, conducir. (e) De vedadas (sic) lo mismo que vedadas, prohibidas.

(f) Patino, parece significa especie de puñal.

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