Registro oficial: colección de leyes, decretos y demás documentos públicos ..., Volúmenes4-51895 |
Otras ediciones - Ver todas
Términos y frases comunes
14 de Julio aceptado la renuncia acúsese recibo Administrativa Articulo 1.º autorización Banco Baring Brothers blica Cámara de Representantes Capital cargo Carlos Muñoz Anaya ción Comisión Comuníquese y publiquese Considerando construcción Cónsul contrato corresponda debe DECRETO Montevideo dése al L. C. Dirección distrito doctor Eduardo Chucarro Empresa establecimiento Estudios del Puerto Excmo fecha FEDERICO R Fiscal guarde á V. E. HERRERA Y OBES impuesto inciso Ingeniero JAIME ESTRÁZULAS JOSE CASTRO Julio Luis Piera Luther MIGUEL HERRERA Ministerio de Fomento Ministerio de Hacienda Ministerio de Relaciones Ministro Nacional obras Oficina Oriental del Uruguay pago patente Poder Ejecutivo Poder Legislativo Presidente Procédase el Domingo pública publiquese é insértese publiquese y dése Puerto de Montevideo R. N. IDIARTE BORDA Reglamento Relaciones Exteriores resolución respecto reunidos en Asamblea Sala de Sesiones sección del Departamento Secretario sello Senado y Cámara servicio Setiembre Superior Tribunal Telégrafos tengo el honor Teniente Alcalde Tribunal de Justicia VIDIELLA
Pasajes populares
Página 211 - El Senado y Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, etc., etc.. decretan ..." SECCIÓN VII Del Poder Ejecutivo, sus atribuciones, deberes y prerrogativas Capítulo I 72.
Página 155 - Poder Legislativo. El Senado y Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN : Artículo 1.°...
Página 1 - PODER LEGISLATIVO. El Senado y Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1 . ° Desde la promulgación de la presente ley, queda suprimida toda enseñanza y práctica religiosa en las Escuelas del Estado.
Página 114 - Washington tan luego como fuere posible. En fe de lo cual, los respectivos Plenipotenciarios han firmado la presente Convención tanto en castellano como en inglés, y han puesto en ella sus sellos. Hecho en dos originales en la ciudad de Washington, en 21 de mayo de mil novecientos seis.
Página 3 - Oficiales de lo que vendieren de sus oficios, y artes, qualesquier que sean: y los Traperos, y Roperos, como está declarado, y los Buhoneros: y en efecto todas las demás personas, y de todas las cosas que sin embargo de no estar declaradas por leyes de este título, no se hallan por ellas exceptuadas.
Página 113 - Falsificación (imitación, alteración) de monedas, de billetes u obligaciones del Estado, de billetes de Banco u otros billetes de crédito púbuco que tuviesen curso como moneda; introducción, emisión y uso con conocimiento de causa de esos valores falsificados ; falsificación de documentos oficiales, de timbres postales, sellos, troqueles y toda marca del Estado; uso con conocimiento de causa de esos objetos falsificados. 8.
Página 95 - Comuniquese, etc. Sala de Sesiones de la H. Cámara de Representantes, en Montevideo, a 7 de junio de 1862.
Página 206 - Uruguay, el que comunicará las ratificaciones, por la vía diplomática a los demás Estados Contratantes. El Tratado entrará en vigencia entre las Altas Partes Contratantes en el orden en que hayan depositado sus ratificaciones.
Página 133 - ... el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, acuerda y decreta...
Página 112 - Los cuales, después de haber canjeado sus Plenos Poderes, hallados en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: ARTICULO I...