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GRANDES JUNTAS NACIONALES

DE LOS REINOS DE LEON Y CASTILLA.

MONUMENTOS DE SU CONSTITUCION
POLÍTICA Y DE LA SOBERANÍA DEL PUEBLO.

CON ALGUNAS OBSERVACIONES SOBRE
LA LEI FUNDAMENTAL DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA SANCIONADA
POR LAS CORTES GENERALES Y EXTRAORDINARIAS, Y PROMULGADA
EN CÁDIZ Á 19 DE MARZO DE 1812.

POR

EL CIUDADANO DON FRANCISCO MARTINEZ MARINA,
CANÓNIGO DE LA IGLESIA DE SAN ISIDRO DE MADRID, É INDIVIDUO
DE NÚMERO DE LAS ACADEMIAS ESPAÑOLA

Y DE LA HISTORIA.

PRIMERA PARTE.

TOMO I.

MADRID

IMPRENTA DE D. FERMIN VILLALPANDO.

AÑO 1813.

uberiorem securioremque materiam senectuti

seposui: rara temporum felicitate, ubi sentire quæ velis, et quæ sentias dicere licet. Corn. Tacit. Hist. lib. I.o 1.

.........

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I.

Si los hombres tuvieran seguridad de que los reyes y príncipes de la tierra habian de cumplir fielmente los sagrados deberes de tan sublime dignidad y oficio, cuyo fin jamas pudo ser otro que hacer á sus súbditos felices y bienaventurados, y regir con dulzura, mansedumbre y justicia los pueblos encomendados á su vigilancia sacrificando sus intereses y pasiones al bien público é imitando el estilo, la sabiduría y la bondad con que el gran Dios y padre de los hombres gobierna todo el universo; la monarquía absoluta ó el gobierno de uno en quien estuviese depositada la plenitud de la soberanía íntegramente sin limitacion ni restriccion alguna, sería el mejor de todos los gobiernos y el mas digno de ser abrazado por todas las sociedades y na

ciones.

2. Un centro único de poder soberano es el medio mas oportuno y eficaz para mantener la union de los ciudadanos, para comunicar á todos los resortes de la máquina política aquel movimiento activo, regular y uniforme que es la vida del cuerpo social, y á las leyes el carácter de fuerza y de magestad que necesitan para ser respetadas. El monarca como soberano, como legislador y como egecutor de las leyes, armado con ellas y con la fuerza militar evitará fácilmente las injusticias, los desórdenes, las violencias, las insurrecciones y tumultos populares y cuanto sea capaz de turbar el órden público y la amable tranquilidad. El secreto en las deliberaciones, el sigilo en los consejos,

la uniformidad en los principios, la combinacion en los planes, la actividad en las medidas, la celeridad en la egecucion son calidades características y tan peculiares del gobierno absoluto que dificilmente se podrian hallar en las formas mixtas y ménos en las aristocráticas ó populares.

3. Pues en que consiste que los hombres de todos paises, de todas las edades y de todos los siglos bien léjos de dejarse halagar de tan hermosa y brillante teoría odiaron eternamente ese linage de gobierno; y las sociedades políticas, los pueblos y naciones aunque tan diferentes en lenguas, caractéres, condiciones, usos y costumbres se convinieron en proscribirle para siempre? ¿Como es que los sabios y pedagogos del espíritu humano que echaron los cimientos de la moral pública y privada, y crearon en cierta manera el nobilísimo arte de regir convenientemente á los hombres, despues de haber exâminado á las luces de la razon y de la experiencia todas las formas de gobierno posibles, y pesado en justa balanza sus ventajas, inconvenientes y resultados reprobaron de comun acuerdo el gobierno absoluto, y ni aun le dieron lugar entre las formas legítimas, ántes le calificaron de monstruoviolento y tiránico?

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4. Conocian mui bien estos claros varones y estaban íntimamente convencidos que el dificilísimo arte de gobernar una gran nacion exîge tantas prendas y bellas calidades en el príncipe, tantos talentos, luces y conocimientos, tantas virtudes, moderacion, prudencia, fortaleza, constancia, amor á la justicia, á la humanidad y á la patria, que sería imposible hallarlas reunidas y hermanadas en un individuo, y que solo un án

la

gel enviado de Dios pudiera poseerlas. Sabian que autoridad soberana depositada en una sola persona sujeta á todas las flaquezas humanas, á todas las sorpresas de la amistad, de la intriga y de la adulacion, á todos los delirios del orgullo, á todos los furores de la ambicion, pasiones indomables y que no reconocen moderacion ni límites especialmente cuando se hallan en la cumbre de la dominacion y del mando, por necesidad se habia de convertir en ruina y destruccion del género humano.

5. A todos los príncipes que aspiraron al gobierno absoluto ó que lograron por medios artificiosos y violentos reasumir el supremo imperio, se puede justamente aplicar lo que de nuestros reyes decia en el siglo XVI un escritor español varon docto, grave y piadoso. "Estos que agora nos mandan reinan para sí, y por la misma causa no se disponen ellos para nuestro provecho, sino buscan su descanso en nuestro daño." El hombre de bien que purgado el ánimo de temor y esperanza y colocado sobre la alta cima y exâde la imparcialidad registra los anales del mundo mina las vicisitudes de los siglos y las revoluciones de los antiguos y modernos imperios, halla en todas partes egemplos y pruebas convincentes de tan amarga y desconsolante verdad. La historia no ofrece á su consideracion y su vista mas que escenas trágicas, horrorosos cuadros de los males y desastres causados por el orgullo, por la ambicion y ferocidad de los príncipes soberanos: ciudades asoladas, provincias destruidas, reinos devastados: todos los derechos, todos los

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Fr. Luis de Leon. Nombres de Cristo. Rei.

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