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CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL

Comentado y concordado con el derecho foral vigente

EN

CATALUÑA, ARAGÓN, NAVARRA
Y DEMÁS TERRITORIOS AFORADOS

CON LA

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Y CON LOS

CÓDIGOS CIVILES

DE LA MAYOR PARTE DE LOS PAÍSES DE EUROPA Y AMÉRICA

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Promotor fiscal de entrada y de ascenso que fue, durante once años, en distintos Juzgados de 1. instancia
Registrador interino por espacio de un año, Juez de 1.a instancia de entrada, de ascenso
y de termino, que fue, en distintos Partidos Judiciales correspondientes

á diversas Audiencias Territoriales

Delegado por la Dirección de los Registros Civiles

para la reconstitución de algunos Registros Municipales, Juez especial en varias causas
sobre defraudación a la Hacienda

Abogado fiscal de la Audiencia Territorial de Sevilla

Juez de 1. instancia y de Instrucción del distrito de Palacio de Barcelona
primer Juez de lo Civil del Distrito del Parque de esta ciudad de Barcelona
Magistrado electo de la Audiencia de lo Criminal de D. Benito

Ex-Teniente fiscal, y Magistrado de la Audiencia Territorial de Barcelona
Miembro de varios Colegios de Abogados de la Peninsula

Academico de la de Jurisprudencia y legislación; y de la del Derecho
de Barcelona, etc., etc.

TOMO CUARTO.- LIBRO IV

BARCELONA

A. LÓPEZ ROBERT, IMPRESOR; ASALTO, 63

1891

387

Rec.
Mar 26, 1900.

PREAMBULO

LIBRO CUARTO

De las Obligaciones y de los Contratos

Al entrar en el estudio de este libro cuarto de nuestro Código Civil, no hemos de hacer un resumen de lo que objeto fue del estudio de los tres anteriores libros, pues pesado seria é inconducente repetir aquí lo que alli se indicó. El hombre en todas las manifestaciones del conocimiento, del sentido y de sus actos, debe necesariamente, por su propia naturaleza, dar á conocer el doble elemento que le constituye; el elemento material y el moral. La sociedad, como el hombre, tienen una vida propia de pensamiento, y una vida de actividad que á confundirse tienden constantemente, entrelazándose de tal modo, que su vida entera se reduce en resumen al sostenimiento de ciertas ideas fundamentales acerca de lo verdadero, de lo bello, de lo bueno, de lo útil, de lo justo, de lo honesto, que tratan de traducir en la realidad de los hechos, dentro de cuya realidad, dando cabida á sus elementos, para la existencia material de la vida, son indispensables las obligaciones y los contratos; obligaciones y contratos que el hombre crea en sus relaciones sociales, y que, al crearles el hombre individualmente, como la sociedad, muestra una mente que razona, una mano que obra y un corazón que siente ansia de servir de intermediario entre los seres que forman esa masa social y la sociedad misma.

Y el derecho, institucion social y humana por excelencia, que refleja por un lado las necesidades sensibles y materiales del

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