Imágenes de páginas
PDF
EPUB

y Justicia Mayor de la dicha villa y sus términos, al dicho Capitán Miguel Arias de Ugarte, conforme a la dicha Real Provisión y Título, y lo firmaron :

[blocks in formation]

Que salgan dos Capitulares de la Villa a recibir al Arzobispo de la ciudad de los Reyes, que viene de Pasto

Marzo 16 - 1609

FOLIO 91

En la Villa de San Miguel de Ibarra, diez y seis días del mes de Marzo de mil y seiscientos y nueve años, estando en su Cabildo y Ayuntamiento el Cabildo, Justicia y Regimiento de la dicha villa, es a saber: el Capitán Miguel Arias de Ugarte Corregidor de la dicha villa, y Joan Martínez de Orbe, Francisco de Valencia Alcaldes

Ordinarios della, y los demás Regidores della que aquí firmaron, para tratar de cosas tocantes a esta República, en la cual trataron lo siguiente:

Y luego Antonio de Carvajal Procurador General de la dicha villa, presentó una carta del Señor Virrey, su fecha veinte de Noviembre de mil y seiscientos y ocho años, la cual mandaron los dichos Justicia y Regimiento que se ponga en el Archivo.

Y luego trataron los dichos Justicia y Regimiento que el Señor Arzobispo de los Reyes está en la ciudad de Pasto, y de próximo se espera en esta villa y para que en su compañía venga los términos desta dicha villa, conviene salga a este efeto un Alcalde Ordinario y Regidor della; y luego unánimes y conformes confirieron que vaya para este efeto, Francisco de Valencia Alcalde Ordinario, y Francisco de Saona Regidor, los cuales han de llegar hasta el pueblo de Tulcán términos desta villa, a donde pidan a Su Señoría Ilustrísima reciba el regalo que esta dicha villa le quieren hacer.

Con lo cual, que dicho es, se acabó el dicho Cabildo y lo firmaron.

[blocks in formation]

Nombra el Cabildo a Alonso García Játiva Receptor de la Bula de la Santa Cruzada

FOLIO VUELTO 91

Abril 1 1609

En la Villa de San Miguel de Ibarra, a primero día del mes de Marzo (1) de mil y seiscientos y nueve años, estando en su Cabildo la Justicia y Regimiento de la dicha villa, para tratar las cosas tocantes a la dicha villa, especial y nombradamente el Capitán Miguel Arias de Ugar te Corregidor y Justicia Mayor de la dicha villa, y Joan Martínez de Orbe y Francisco de Valencia Alcaldes Ordinarios, y los demás Capitulares que abajo firmaron nombres, habiéndose tratado algunas cosas, se acordó lo siguiente:

sus

Y estando en el dicho Cabildo, pareció Silvestre López vecino que dijo ser de la ciudad de Quito, y dijo que por una carta que trajo y entregó al dicho Señor Corregidor, traía cierta cantidad de Bulas de la Santa Cruzada, para que en esta villa se publiquen para la expedición dellas, que pedía a Su Señoría del dicho Cabildo las mande recibir para el dicho efeto, y del recibo y entrego dellas se le mande dar carta de pago, y entrego dellas, así de las dichas Bulas como de la Bula original que así mismo entregó en el dicho Cabildo; y visto por el dicho Cabildo,

(1) Equivocación del Escribano, por atracción mental del mes de Marzo que terminó.

recibió la dicha Bula de la Santa Cruzada, con el debido respeto, y estando informado de que Alonso García Xátiva vecino desta villa es la persona tal cual conviene. para la expedición de la dicha Santa Bula de la Cruzada, que le nombraba y nombró por tal Receptor de la dicha Santa Bula de la Cruzada, para todo este Corregimiento de la dicha villa y Partido de Otavalo, y se le dió poder en forma para la administración y despacho de y despacho de las dichas Bulas, para que goce de las exempciones y libertades que de derecho debe gozar, y se le mandó que con asistencia del Procurador General desta villa, se entregue de las dichas Bulas y dé carta de recibo dellas; y recibidas, dé fianzas en forma a satisfacción deste dicho Cabildo, y se mandó que se apregone en esta plaza pública desta villa, que todos los vecinos y moradores, estantes y habitantes de la dicha villa estén en ella el primero domingo siguiente, para que en la forma debida y acostumbrada se hallen al recibimiento que hiciere y ha de hacer en la dicha villa y predicación della, so pena de cuatro pesos, la mitad para la Santa Cruzada y la otra mitad para cera del Santísimo Sacramento de la Iglesia Mayor de la dicha villa.

se

Otro sí, atento al trabajo que se ha de tener en el despacho de las dichas Bulas de la Santa Cruzada, se le señaló de salario, a seis por ciento, con que no se lleve más de la limosna acostumbrada, que es conforme a lo que está determinado por el Reverendísimo Obispo de la ciudad de Quito, que son a trece reales y cuartillo, y que lo demás que sobrare desta cantidad, lo satisfaga a las personas que tomaron las dichas Bulas en cosas que lo valge, atento que no hay moneda suficiente de trueco. Las cuales dichas Bulas que el dicho Silvestre López trajo, dijo que son dos mil Bulas, de tasa de dos tomines ensayados, y quinientas de a peso ensayado y veinticinco de a dos pesos ensayados, y un vidimo de pergamino y una instrución de doce fojas, lo cual se obligó a contar al dicho Tesorero y satisfacello si faltaren; y con esta condición el dicho Cabildo se da por entregado dellas, y con esto se acabó este Ca

bildo y mandó se le dé por testimonio.- Va testado: y que de la demasía. No vala.

[ocr errors]
[blocks in formation]

En la dicha Villa de San Miguel de Ibarra, a primero día del mes de Marzo (1) de mil y seiscientos años, ante mí el presente Escribano y testigos, en conformidad del auto proveído en el dicho Cabildo y con asistencia de Antonio de Carvajal Procurador General della, Alonso García Xátiva vecino de la dicha villa, que doy fée que conozco, Tesorero de la Santa Cruzada, recibió de Silvestre López Manjarrés, de dos mil Bulas de a dos tomines de plata ensayada, y de quinientas Bulas de a peso de plata ensayada, y de veinticinco Bulas de a dos pesos de la dicha plata. y un vidimo y una instrución de las cuentas se dió por entregado, porque las recibió en mi presencia y dellas dió carta de pago, en forma, siendo testigos Antonio de Carvajal, Rodrigo Vaca y Pedro Rodríguez vecinos de la dicha villa, y lo firmaron. Va testado: plata.

García

(1) Véase la nota de la página 166,

Ante mí,

Alonso Adame

Escribano Real y de Cabildo

« AnteriorContinuar »