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Conmina el Cabildo a los Recaudadores de las Bulas, el pago de las cantidades por ellos no cobradas

FOLIO VUELTO 289

Diciembre 29 - 1615

Eu la Villa de San Miguel de Ibarra, a veintinueve días del mes de Diciembre de mil y seiscientos y quince años, estando juntos la Justicia y Regimiento de la dicha villa, en su Ayuntamiento, como tienen de uso y costumbre, especial y señaladamente el Capitán Alonso de la Chica Narváez y Juan de León Avendaño Alcaldes Ordinarios, y el Alférez Diego del Río, Francisco Moriano Farfán, Felipe de Zamora, Sebastián Hernández de Vergara, el Capitán Juan Martínez de Orbe, Alonso García Xátiva Regidores, y Antonio de Carvajal Procurador General de la dicha villa, para tratar cosas tocantes al buen gobierno y utilidad desta República. Habiendo tratado en razón de las alcabalas que se han repartido a los vecinos desta villa y Corregimiento de Otavalo, y visto las memorias que han entregado a los Alguaciles Mayores que han sido de la dicha villa, y parece por las dichas memorias haber dejado de cobrar mucha cantidad de plata, como parece por el proceso de cuentas de alcabalas, y para que se cobre de los tales Alguaciles Mayores que ha sido a su cargo la dicha cobranza, y no parece haber hecho ninguna diligencia hecha contra las personas que lo deben, y para que se cobre y se entere la Real Caxa de Su Majestad, acordó este Cabildo se dé mandamiento contra la persona y bienes de Reimundo de Santacruz Alguacil Mayor que fué de la dicha villa, por cuantía de duscientos y sesenta y nueve patacones y medio, que parece no haber cobrado, conforme a sus memorias que están

en el dicho proceso de alcabalas, y ansí mismo de Juan de Morales, persona a cuyo cargo estuvo la cobranza de las alcabalas del año de seiscientos y diez, que parece deber por su cuenta sesenta y un patacones, y ansí mismo a Pedro Rodríguez, a cuyo cargo fué la cobranza de las dichas alcabalas de los años de seiscientos y nueve y trece, y parece por su cuenta que dió, se debe ciento y setenta y dos patacones y medio, como más largamente consta y parece por las dichas cuentas, y para que todo tenga cumplido efecto, se libre el dicho mandamiento, para que los dichos sean presos en la carcel pública de la dicha villa; y ansí mismo, dijeron que los dichos alguaciles y personas nombradas exhiban la décima que ansí han llevado y cobrado, por cuanto no han acabado de cobrar ni enterar las dichas memorias de las dichas alcabalas; y para que, cobrado todo, se les pagara lo que les viniere, y se dé el mandamiento por todo.

Y ansí mismo, presentó el Capitán Juan Martínez de Orbe Depositario General de la dicha villa, el título de confirmación del dicho oficio; y habiéndolo visto el dicho Cabildo, Justicia y Regimiento, la tomaron en sus manos, besaron y pusieron sobre sus cabezas y la obedecieron con el acatamiento debido, en forma; y mandaron que atento a que tiene hecho el juramento en forma, se ponga un tanto de la dicha confirmación en este libro, porque en todo tiempo conste dello, y lo firmaron.

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Se confirma el nombramiento de Oficiales de la Villa, por la Real Audiencia de Quito. Nombramiento de Alcaldes de los naturales

FOLIO VUELTO 290

Enero 1 - 1616

En la Villa de San Miguel de Ibarra, a primero día del mes de Enero, del año del señor de mil y seiscientos y diez y seis años, estando juntos y congregados, según lo tienen de uso y costumbre, la Justicia y Regimiento de la dicha villa, en su Cabildo, para tratar las cosas tocantes y concernientes a la utilidad y provecho de la dicha villa, especial y nombradamente el Capitán Alonso de la Chica Narváez y Juan de León Avendaño Alcaldes Ordinarios de la dicha villa, y el Alférez Diego del Río, Francisco Moriano Farfán, Felipe de Zamora, Sebastián Hernández de Vergara, el Capitán Juan Martínez de Orbe Depositario General, Alonso García Xátiva, Fernando Moreno de Acosta Regidores, y Antonio de Carvajal Procurador General de la dicha villa; y estando ansí juntos congregados, dixeron que habiéndose hecho las elecciones deste presente año, conforme le fué mandado al dicho Cabildo, por Provisión de la Real Audiencia del Quito, y traido confirmación de la dicha elección, del Señor Presidente doctor Antonio de Morga de la dicha Real Audiencia, y en conformidad de la dicha confirmación, el dicho Cabildo mandó parecer al Capitán Rodrigo de Miño y Juan Rodríguez Pacho Alcaldes Ordinarios y electos por tales Alcaldes deste presente año, y ansí mismo, a Juan de Medina eleto por Alcalde de la Santa Hermandad, y a Juan de la Fuente Alguacil Mayor, y a Pedro de Montenegro Procurador General de la dicha villa, personas electas y contenidas en la dicha confirmación, de los cuales y de cada uno de ellos se recibió juramento

por Dios Nuestro Señor y por la Señal de la Cruz en forma debida de derecho, de que harán bien y fielmente los oficios de tales Alcaldes, haciendo justicia a las partes, guardando en todo las leyes y premáticas de Su Majestad y Ordenanzas de la dicha villa; y a la fuerza y conclusión del dicho juramento, dixeron y respondieron: sí, juro, y amén. Y habiendo hecho ansí el dicho juramento, el dicho Alférez Regidor más antiguo, les entregó las varas de tales Alcaldes Ordinarios y de la Santa Hermandad y Alguacil Mayor, en nombre de Su Majestad, en conformidad de las dichas elecciones y confirmación; y con esto se acabó el

dicho Cabildo.

Alonso de la Chica Juan de León Avendaño Diego del Río Narváez

Don Melchor Freile de Andrade Francisco Moriano Farfán

Felipe de Zamora

Sebastián Hernández de Vergara

Juan Martínez de Orbe Alonso García Xátiva Fernando de Acosta

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En la dicha villa, este dicho día, mes y año suso dicho, el dicho Cabildo, Justicia y Regimiento, para hacer las elecciones de Alcaldes Indios, la hicieron en la manera siguiente: En conformidad, todos juntos, nombraron por Alcalde Mayor de la dicha villa, de los naturales, a Don Marcos de la Cruz, de San Antonio; y por Alcalde de los Pastos y forasteros, a Don Pedro Pantala, de Mira y por Alguacil Mayor, a Don Alvaro Bazán, de Pimampiro; y

con esto se acabó el dicho Cabildo y elecciones de los naturales de la dicha villa, que se despache por ellos para que usen y exerzan los dichos oficios.

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Alonso de la Chica Narváez ) Juan de León Avendaño)

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Poder general que dá el Cabildo a su Procurador Pedro de Montenegro

FOLIO VUELTO 291

Enero 18 - 1616

En la Villa de San Miguel de Ibarra, a diez y ocho días del mes de Enero de mil y seiscientos y diez y seis años, estando en su Cabildo la Justicia y Regimiento de la dicha villa, como lo han de uso y costumbre, especial y

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