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26 de Abri-Moisterio de Harroda-Real orden, declarando que destino debe darse a las mujeres condenadas a galeras por del to de contrabando, y con que ftados se han de alimentar.

30 de Mayo-Ministerio de sa Gobernacion-Real orden. recomendando el cumplimiento del articulo 997 de la Ordenanza, sobre rebajados.

8 de Junio.-Ministerio de la Gobernation - Real órden, declarande que ninguna conexion tienen las casas de correccion de mujeres con los presidios..

14 de Junio-Ministerio de la Gobernación.- Real orden. declarando en dónde deben complir su pena los condenados á presidio en la Isla de Cuba, y cómo deben ser remitidos los que deban extinguirla en Africa ó en la Península....

14 de Junio.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden. mandando que se comuniquen al Ministerio de la Gobernación todas las gracias que obtuvieren por otros los confinados ....

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46 de Junio.-Ministerio de Hacienda.-Real órden, decla-rando el espíritu de la de 27 de Enero de 1835, sobre el modo de proceder los Juzgados de Hacienda al dar destino á los reos que sentencian..... 16 de Junio.-Ministerio de la Gobernacion. -Real órden, mandando que se provea á la seguridad de los presidios de Málaga y Africa, y que en estos últimos cumplan su condena los sentenciados á Africa por delitos políticos... 124 5 de Julio Ministerio de Hacienda.-Real órden, disponiendo que interin se fija por las Córtes la cantidad precisa para las atenciones de las casas-galeras, se facilite por el Tesoro á la Pagaduría de Gobernacion lo necesario para el indicado objeto.

de Julio.-Ministerio de la Guerra.-Real órden comuniola de 40 de Julio anterior, en que se previene que

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estén á cargo del Ministerio de la Gobernacion los fondos para socorrer á confinados, al cual mensualmente se le facilitará la cantidad necesaria al efecto por la Direccion general del Tesoro...

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10 de Julio.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, recordando al Ministerio de Hacienda el cumplimiento de la de 14 de Junio anterior, en la que se previene que se comuniquen al Ministerio de la Gobernacion las concesiones de gracias que se hagan por los demas á los presidiarios. 123 13 de Julio.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, mandando que los Gobernadores de provincia y los Jefes de los presidios se abstengan de cumplir toda disposicion referente á penados, que no se les comunique por la Direccion general de presidios.

30 de Julio.-Ministerio de la Gobernacion. - Real órden, mandando que por el Ministerio de la Guerra se prevenga á las Autoridades militares que no dispongan por sí la traslacion de rematados, y la dejen enteramente á cargo de los Gobernadores civiles bajo las órdenes de la Direccion......

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3 de Agosto.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, suprimiendo los Juzgados de rematados, y declarando á quién corresponden las atribuciones que éstos ejercian. 125 26 de Agosto. Circular de la Direccion de presidios, comunicando la Real órden de 19 del mismo, en que se previene que se examinen los reglamentos de los establecimientos y ramos dependientes de la misma y Reales decretos y órdenes posteriores, para ver si contienen cosa contraria á la Constitucion, y que se proponga su reforma. 126 10 de Setiembre.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, declarando que deben conocer los Jueces de primera instancia de las causas sobre malversacion de caudales contra los Comandantes de los presidios....

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23 de Setiembre.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, disponiendo que las contratas de pan para los presidios se hagan por las Autoridades del ramo...

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30 de Setiembre. -Ministerio de Hacienda.- Real órden,

declarando que solo deben admitirse en los presudios los reos sentenciados enn arreglo á las leyes y órdenes vigentes por los Juzgados respectivos, y encargando a los del ramo de Hacienda que cuando hayan de castigar á jívenes menores de diez y siete años, los manden encerrar en los hospicios..

4 de Octubre-Circular de la Direccion general de presidios, estableciendo reglas sobre aplicacion de recargas á desertores, y declarando que la Ordenanza se entienda publicada y en observancia desde el dia 1. de Febrero anterior....

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43 de Octubre.-Ministerio de la Gobernacion-Real órden. mandando que á los exclanstrados condenados á presidio se les abone su pension y se les pague con puntualidad. (3) 26 de Octubre.-Ministerio de la Gobernacion-Real órden, mandando que no se remitan confinados de un presidio á otro, sin ponerse primero de acuerdo con el Comandante del en que se han de recibir....

26 de Octubre.-Ministerio de la Guerra.-Real órden, man-
dando que se suspenda la remision á Ultramar de pri-
sioneros procedentes de la faccion, y que se les destine á
trabajos públicos en la Penísula...

11 de Noviembre. -Ministerio de Hacienda.- Real orden,
disponiendo que deben abonarse por el de la Goberna-
eion. los gastos ocasionados por los confinados destinados
á Ceuta. segun se expresa en las Reales órdenes de 10
de Junio y 5 de Julio de este año.....
1. de Diciembre.-Ministerio de Gracia y Justicia.-Real ór-
den, declarando que por el artículo 1. de la circular de 20
de Octubre de 1835, se deroga la primera parte del ar-
tículo 300 de la Ordenanza...

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9 de Diciembre.-Ministerio de la Gobernacion. -Real órden, mandando que en lo sucesivo pasen la revista de presente de los presidios los Secretarios de los Gobiernos politicos, y en donde no residan éstos, un individuo de la Junta económica nombrado por el Jefe político. ........ 433 le Diciembre.-Ministerio de la Gobernacion.-Real ór

den, declarando que no es posible que los Jefes políticos se encarguen de la custodia y suministro de los depósitos de prisioneros facciosos.

14 de Diciembre.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, previniendo que solo se hagan concesiones de penados á particulares, cuando éstos soliciten número suficiente. para poder establecer un pequeño depósito correccional, en el que pueda seguirse el método gubernativo y económico prescrito en la Ordenanza.

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20 de Diciembre.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, dictando reglas y prescripciones para evitar abusos en los presidios..

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1837.

14 de Enero.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, fijando el plazo en que se han de remitir las cuentas al Tribunal Mayor de las del Reino para su ultimacion....... 137 20 de Enero.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, clasificando el presidio de las Islas Canarias, y dictando prevenciones para el régimen del mismo..

42 de Febrero.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden,
comunicando la de 8 del mismo, expedida por el Minis-
terio de Marina, en que se previene que las personas re-
mitidas por las Autoridades de Cuba con causa para que
resuelva el Supremo Tribunal de Justicia, no se conside-
ren como confinados, sino como sujetos á la vigilancia, y
que se les socorra en caso necesario..
47 de Febrero.-Ministerio de la Gobernacion.- Real órden,
mandando que por el Ministerio de Marina y Goberna-
cion de Ultramar se comunique la de 14 de Junio anterior,
en que se previene que el Capitan general de Cuba no re-
mita confinados á la Península...

7 de Marzo.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden,
comunicando la de 27 de Febrero anterior, expedida por
el Ministerio de Marina, en que se declara, que cuando
en un punto se reunan muchas personas remitidas por

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las Autoridades de Cuba bajo partida de registro, puedan los Jefes políticos diseminarlas en otros, y que se les socorra si lo necesitan. . . . .

9 de Marzo.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, previniendo que los Consejos de guerra que se celebren en Cuba expresen en las condenas de presidio que impongan, el tiempo de duracion de la pena.. 40 de Marzo.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, declarando que debe socorrerse por el Ministerio de la Gobernacion á los confinados por providencia gubernativa ó por sentencia judicial, que justifiquen no tener medios para subsistir. . . . .

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34 de Marzo.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, mandando que se abonen á los pueblos los gastos que se les originen en la conduccion de rematados á sus destinos. 144 45 de Abril.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, prohibiendo que se traslade á los confinados de un punto á otro sin que se mande por Real órden. .... 14 de Mayo.-Ministerio de Gracia y Justicia.-Real órden, mandando que no se destinen presos ni confinados al Alcázar de Segovia.....

14 de Mayo.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, mandando al Director de presidios que proponga un proyecto de ley que sirva de base á una nueva Ordenanza del

ramo.

4. de Junio.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, mandando que los Jefes políticos vigilen el cumplimiento de los artículos 297 y 298 de la Ordenanza general de presidios......

2 de Junio.-Ministerio de la Gobernacion.-Real órden, mandando que á los confinados por las Autoridades de las Islas Baleares que justifiquen ser pobres, se les abonen dos reales diarios....

30 de Junio.-Ministerio de la Gobernacion.- Real órden, mandando que no se imponga pena de presidio con desflexo á Ultramar...

do.-Ministerio de la Gobernacion. - Real órden,

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