Colección legislativa de presidios y casas de correción de mujeres comprensiva de la Ordenanza general de presidios de 14 de Abril 1834 y de todas las disposiciones legales y reglementarias referentes al ramo, expedidas posteriormente hasta 1.o de noviembre de 1861, formada de órden de la Dirección General de Establecimientos Penales, Volumen1Imprenta Nacional, 1861 |
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... AL RAMO . EXPEDIDAS POSTERIORMENTE HASTA 1.o DE NOVIEMBRE DE 1861 . FORMADA DE ORDEN DE LA DIRECCION GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS PENALES . TOMO I. MADRID , IMPRENTA NACIONAL . 1861 . THE NEW YORK PUBLIC LIBRARY 419533 ASTOR , LENOX AND.
... AL RAMO . EXPEDIDAS POSTERIORMENTE HASTA 1.o DE NOVIEMBRE DE 1861 . FORMADA DE ORDEN DE LA DIRECCION GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS PENALES . TOMO I. MADRID , IMPRENTA NACIONAL . 1861 . THE NEW YORK PUBLIC LIBRARY 419533 ASTOR , LENOX AND.
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... Noviembre del año actual , excepto las con- cernientes á estadística y contabilidad , de las cuales solo se incluyen las que en todo ó en parte se encuentran vigentes ; y contiene tambien dos índices , uno cronológico de todas sus dis ...
... Noviembre del año actual , excepto las con- cernientes á estadística y contabilidad , de las cuales solo se incluyen las que en todo ó en parte se encuentran vigentes ; y contiene tambien dos índices , uno cronológico de todas sus dis ...
Página 66
... Noviembre de 1786 , 8 de Abril y 9 de Noviembre de 1831 . Art . 342. Con testimonio de la pena que se imponga al delincuente , se devolverá al presidio mas inmediato para que se remita al de su deser- cion , donde se le agregará en su ...
... Noviembre de 1786 , 8 de Abril y 9 de Noviembre de 1831 . Art . 342. Con testimonio de la pena que se imponga al delincuente , se devolverá al presidio mas inmediato para que se remita al de su deser- cion , donde se le agregará en su ...
Página 80
... Noviembre de 1834. - Circular de la Direccion , pidiendo noticias á los Gobernadores á fin de poder habilitar colegios y conventos para presidios peninsulares , y determinando varias circunstancias que estos deben tener . No puedo dudar ...
... Noviembre de 1834. - Circular de la Direccion , pidiendo noticias á los Gobernadores á fin de poder habilitar colegios y conventos para presidios peninsulares , y determinando varias circunstancias que estos deben tener . No puedo dudar ...
Página 82
... Noviembre de 1834.- El Director , José Virues y Espínola . Sr. Gobernador civil de la provin- cia de ..... 14 de Diciembre de 1834. - Ministerio de lo Interior . - Real órden , declarando que la cláusula de retencion no condena ...
... Noviembre de 1834.- El Director , José Virues y Espínola . Sr. Gobernador civil de la provin- cia de ..... 14 de Diciembre de 1834. - Ministerio de lo Interior . - Real órden , declarando que la cláusula de retencion no condena ...
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Términos y frases comunes
13 de Junio 15 de Abril 20 de Diciembre 20 de Octubre 23 de Setiembre 27 de Enero 29 de Agosto 30 de Mayo abono Abril Administracion Africa arreglo Ayudante brigada canal de Castilla capataces cargo Ceuta cion clase Comandante comunicacion condena conducta confinados Contaduría cuarteles cuenta á S. M. cumplimiento cumplir deben declarando delito demas depósitos correccionales desercion desertores despues destino digo á V. S. Director disposiciones empleados Enero Enterada S. M. establecimientos penales expedientes expresado Febrero fondo económico gastos Gobernacion Gobernacion.-Real órden Gracia y Justicia guarde à V. S. Guerra indulto inteligencia y efectos Interior.-Real órden Jefes políticos Junio Junio.-Ministerio Juntas económicas Madrid Málaga mandando Marzo Marzo.-Ministerio Mayo militares Ministerio Octubre oficio órden lo digo Ordenanza del ramo penados Península presi presidiarios presidios del Reino previene provincia Real órden rebaja Reina Gobernadora remitan reos respecto S. M. la Reina sentenciados servicio servido resolver Setiembre sidios tambien Tribunales vestuario
Pasajes populares
Página 277 - Y habiéndose dignado SM la Reina (QDG) resolver de .conformidad con lo consultado por dichas Secciones, de Real orden lo digo á VS para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 14 de octubre de 1858.— Posada Herrera.
Página 187 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 285 - N- • • • (el nombre del Rey), "por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente...
Página 126 - Real orden lo digo á VS para su inteligencia y efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid, ii de julio de 1857.
Página 246 - En vista de las razones que me ha expuesto el Ministro de Ultramar, y de conformidad con el parecer del Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.° Se aprueban las...
Página 211 - Gobierno lo digo á VS para su cumplimiento. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 3 de Octubre de 1843.=>Caballero.*=* Sr.
Página 64 - SM , conformándose con el parecer del Tribunal Supremo de Guerra y Marina, se ha servido resolver que...
Página 213 - Canarias que se ocupan en obras públicas, el mismo plus de 42 maravedis que se les abonaba antes de publicada la adicional á la Ordenanza general del ramo; y SM ha tenido á bien declarar que dicha adicional no es aplicable al referido presidio, y que por consiguiente el pago de pluses debe verificarse en la misma forma y manera que se hacia antes de su publicacion. De Real órden lo digo á VS para los efectos consiguientes. Dios &c. Madrid ti de Diciembre de 1843.=Pcfiaflorida.=Sr.
Página 146 - Real órden lo digo á VS para los efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 9 de Noviembre de 1865. POSADA HERRERA. Sr. Gobernador de la provincia de Habiéndose dispuesto por Real decreto de 10 de Octubre último que el dia 1.
Página 187 - SA, comunicada por el expresado Sr. Ministro de la Gobernacion, lo traslado á VS para los efectos correspondientes.