Imágenes de páginas
PDF
EPUB

EPOCA SEGUNDA

REINADOS DE CARLOS I Y FELIPE II

CAPÍTULO I

Navegación y riegos

I.

II.

Canal imperial de Aragón.-Contrato celebrado entre el Emperador y la ciudad de Zaragoza.- Oposición de varios pueblos de Navarra.—Trabajos ejecutados hasta la suspensión de las obras. - Piden las Cortes de Castilla la construcción de acequias de riego. Se emprende y paraliza al poco tiempo el Canal de Castilla.

Hácese cargo Felipe II de la acequia de riego de Colmenar.-Pantanos de Alicante, de Almansa y de Elche. - Desarrollo del espiritu de asociación.-Comienza en Francia la construcción de canales.

III. Memoria de Antonelly para hacer navegables los rios de España.-Paralelo entre los transportes á lomo y los fluviales. - Viaje en chalupa de Lisboa á Madrid.-Oposición de los toledanos á la canalización del Tajo.

IV.

V.

Discurso pronunciado en las Cortes de Madrid acerca de la conveniencia de hacerlo navegable.-Información abierta en las ciudades y villas.-Quince objeciones contra el proyecto. -- Intereses encontrados.—Quejas de los procuradores de Sevilla, Votación de la circular de consulta.- Se conceden 100.000 ducados para las obras. Protesta Toledo el Memorial dirigido al Rey.-Reglamento para la navegación del Tajo.-Razonamiento de Fernan Pérez de Oliva para la mejora del Guadalquivir.— Otros proyectos.

I

Se emprendieron en España durante el apogeo de la Casa de Austria además de algunos canales de riego, varios trabajos de navegación fluvial que modificaron el sistema de transportes, por lo cual, se altera el orden seguido en los capítulos anteriores tratando en primer término de las obras hidráulicas, por la relativa importancia alcanzada en aquella época.

[ocr errors]

La más notable del reinado de Carlos I es el Canal Imperial de Aragón. El Municipio de Zaragoza solicitó del Emperador que lo tomara á su cargo y desde Toledo contestó á los Jurados de la ciudad con fecha 30 de Noviembre de 1528 acerca del proyecto de una acequia de riego que derivando el agua del río Ebro en Fontellas de Navarra, beneficiase las tierras de la comarca y las de Aragón para evitar la pérdida de las cosechas por falta de lluvias. (1)

Al pasar por Zaragoza Carlos I en 1529, reiteraron la pretensión, y accedió el Monarca, á condición de que se estipulasen previamente los derechos y obligaciones mutuos. Puestos de acuerdo los delegados de ambas partes, se dió cuenta al Municipio, en sesión celebrada el día 21 de Abril de 1529, de las estipulaciones convenidas, según consta en el acta levantada al efecto, é inserta íntegra en la Memoria del Sr. Royo. (2)

La ciudad había obtenido la concesión en los reinados anteriores, como se ha consignado en el Capítulo III y careciendo de los recursos necesarios para realizar una obra tan importante convino con el Emperador. «Primeramente la dicha ciudad da facultad á su Magestad de sacar las dichas cequia y cequias y tomar toda aquella agoa que fuere necesario y á su Magestad vien visto y traer, y pasar aquellas por qualesquiera términos de villas y lugares así Realencos como de Iglesias y señoríos y hazer azutes, Puentes, Gallipuentes, minas é cualesquiera edificios sin impedimento de persona alguna, y prometemos dicha ciudad de procurar para que dichas cequia y cequias sean dedusidos á debido efecto en tal manera que por ninguna causa tanto vien unibersal sea impedido, é con esto su Magestad toma á su cargo, riesgo y peligro de sacar hazer edificar y traer á toda su costa y cargo por los dichos montes y terminos como dicho es, las cuales cequia y cequias su Magestad dará hechas y acabadas dentro el tempo

(1) Llaguno y Cean Bermudez. Tomo I. Sección III. Capítulo IV.

(2) Memoria sobre los riegos. Párrafo II.

de cinco años. -Que todo el provecho y gobierno que resultare ó pueda resultar de su Magestad para hacer de aquella todas sus voluntades, pues, á su costa, riesgo y peligro saca y trae las dichas acequia, acequias y agoa.—Item que la ciudad de Zaragoza sea tenida y obligada de Repartir las tierras de los Montes que regaren ó pudieren regar á Ciudadanos, vecinos y avitadores de la dicha Ciudad como le pareciese, encargándole mucho la rectitud de ello, y que dichas tierras no puedan darse á personas extranjeras, etc.>>

En este curioso documento parece que están invertidos los términos, puesto que la Ciudad fija las condiciones y allana los obstáculos del interés privado para la ejecución de los trabajos, y el Rey se reduce al papel de concesionario, obligándose á realizarlos en determinado plazo, aunque con la libre facultad de explotar el negocio á su antojo. Para explicar un pacto tan original, se debe tener presente que acababan de unirse bajo un mismo cetro las coronas de Castilla y Aragón; Carlos I gobernaba este Reino respetando sus fueros é inmunidades, siendo probable que acudiese á llenar la apremiante aspiración de aquella comarca, como medida de hábil política para congraciarse con los naturales.

Hizo venir ingenieros de Flandes, pero no se emprendieron inmediatamente las obras por la oposición de algunos pueblos de Navarra, que dió lugar á la Real Cédula de la Reina Juana de 29 de Abril de 1530 encargando al Regente y Consejo de aquel Reino oyesen las reclamaciones, y satisfechas las que fuesen justas, no se pusiesen obstáculos á la apertura de la acequia. Instruído el oportuno expediente, se dictó sentencia en Agosto del mismo año señalando las sumas tasadas para valor de los terrenos y aprobando los dictámenes periciales relativos á otros extremos.

Vencidas estas dificultades, empezaron las obras, construyendo una presa de piedra sillar y la casa de compuertas; se redactaron las ordenanzas para la administración de la acequia; se ejecutó el notable sifón para pasar las aguas por

debajo del lecho del río Jalón y alcanzaron el beneficio de los riegos varias villas y lugares de Navarra y de Aragón, pero hubo que suspender los trabajos en término de Pinseque en el año 1538 ó en 1540-según otros autores--sin duda por los grandes gastos de las guerras que sostenía el Emperador, y Zaragoza vió defraudadas las esperanzas que había concebido. No obstante, se había desplegado bastante actividad en los trabajos, abriéndose la acequia hasta el río Jalón, ó sea en dos terceras partes del trayecto comprendido entre Tudela y Zaragoza, aunque por desgracia quedaron aquéllos paralizadas por el largo lapso de más de dos siglos.

Ya hemos consignado que á mediados de la XIII.a centuria autorizó el Rey de Navarra á las villas de Fustiñana y Cabanillas para derivar las aguas del Ebro con destino á un canal de riego. Posteriormente, y á consecuencia de ciertas cuestiones con el Condestable de aquel Reino, se confirmó la concesión en 1499 y por Real cédula expedida en 1529 por el Emperador y su madre D.a Juana se autorizó á la villa de Tauste para construir una nueva acequia.

Al efecto, se tomó por base el canal existente, creándose por escritura pública de 4 de Septiembre de 1552, confirmada más adelante por el Real Consejo de Navarra, una Empresa de los tres pueblos para tomar del Ebro hasta ocho muelas de agua-dos metros cúbicos por segundo.Fué atrevido el proyecto de crear por la iniciativa local y sin ningún auxilio de la Corona ni del Reino de Navarra. una acequia de riego de 59 kilómetros de longitud, y agotados los recursos de Tauste después de apelar al crédito por la suma de 2,50 millones de reales, sufrió grandes embarazos la marcha de la Empresa. (1)

Acometió en 1530 el pueblo de Colmenar con sus propios recursos la acequia de su nombre, que tomando las aguas en el Tajo, 28 kilómetros agua arriba de Aranjuez, viene por la margen derecha á morir en el arranque

(1) Memoria sobre riegos, por D. Mariano Royo, V. Canal de Tauste.

« AnteriorContinuar »