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En aquel período de apogeo brillaba España lo mismo en las artes bellas de la escultura, la pintura y la música, como en la literatura y en la ciencia.

II

Para conocer la desfavorable influencia que ejerció en la prosperidad industrial de España el entronizamiento de la Casa de Austria es menester recordar la alarma con que fué recibido en Castilla el joven monarca Carlos I cuando vino en 1517 de Alemania á tomar posesión del trono. Hallábase rodeado de flamencos, cuya insaciable codicia era conocida desde el tiempo de su padre Felipe El hermoso; (1) eran ellos sus consejeros íntimos; Chievres le dominaba como ayo y como ministro; se nombró á Sauvage Canciller de Castilla; á Croy Arzobispo de Toledo con gran escándalo, cuando aun estaba viva y resplandeciente la memoria del gran Cisneros; Utrech recibió el Capelo y se le designó como Regente al ausentarse el Rey para recoger la Corona imperial, con infracción de las leyes de Castilla opuestas á que las riendas del gobierno cayesen en manos extranjeras. Los Thaxis acapararon el monopolio del servicio de postas, atropellando otros derechos anteriores; los Fúcares se hicieron con los negocios más pingües, y según la petición de las Cortes celebradas en Valladolid en 1542 no quedaban <<maestrazgos, ni obispados, ni dignidades, ni estados de señores, ni encomiendas que ellos no arrienden ni disfruten; de pocos años aca se entrometen en comprar todas las mercaderías y mantenimientos, de que reciben estos reynos notorio daño y agravio, y V. M. mucho deservicio. Y si esto

(1) Como en esta clase de apreciaciones puede revestir mayor imparcialidad el testimonio de los escritores extranjeros, apelamos al de Roberstón en su Historia de Carlos V. Tomo II. Libro I. Pedro Mártir Anglesia entonces residente en la Corte de España, y que no tenia motivo para engañar á los lectores ha dejado en sus notas una prueba casi increible de la insaciable y violenta codicia de los flamencos. Según un cálculo muy moderado en diez meses enviaron Chievres y Saavage á los Paises Bajos por valor de un millón y cien mil ducados..

no se remediare, del todo se perdería la contratación quedando en manos de extranjeros. >>

Basta este cuadro tan gráfico para comprender los peligros que había de ofrecer el porvenir de las manufacturas españolas aquella intrusión en las esferas del gobierno español de personas extrañas procedentes de un país más adelantado en la industria, cuyo interés consistía en acaparar el mercado español y más especialmente el del Nuevo Mundo. Para contrarrestar su decisivo influjo, era muy escasa la autoridad de los municipios muy quebrantada desde la guerra de las Comunidades, ni de unas Cortes reducidas á ejercitar el derecho de petición y compuestas exclusivamente de procuradores insaculados entre los regidores de determinadas villas y ciudades que gozaban por compra los oficios concejiles, y á quienes colmaba de dádivas el Monarca.

Faltaba en España el enaltecimiento de la burguesía como nervio y fundamento de la prosperidad de las artes y de las manufacturas; pero por desgracia toda la política comercial adoptada por el primero de los Austrias se inspiró en un espíritu contrario. No cabe en este lugar la demostración palmaria de este aserto, bastando por el momentos recordar á Clemencín, quien al exponer la diferencia entre el espíritu verdaderamente nacional que inspirara las pragmáticas de los Reyes Católicos y el carácter anti-español de las vejatorias medidas dictadas por su nieto exclama: (1) «Estas disposiciones parecen dictadas por la más profunda estupidez ó la más refinada malicia y ojeriza contra las fábricas españolas. No sería temeridad sospechar que tuvo parte en ello el influjo del país donde se forjó la pragmática de Bruselas, ni que los dueños de sus antiguas y acreditadas fábricas, celosos de las de Castilla, aspiraran á destruirlas ó por lo menos á cortarles los vuelos, para que no pudiesen llegar en ningún tiempo á competir con las flamen

cas. >>

(1) Elogio de la Reina Católica. Ilustración XI.

Felipe II siguió en orden á la industria, según el mismo historiador, el sistema establecido por su padre que vino á cambiar el rumbo fijado por los Reyes Católicos: intervención continua de la autoridad, restricciones y reglamentos perpetuos agravados por la dura mano del fisco «sin que la experiencia de los inconvenientes y la progresiva decadencia de nuestras fábricas fuesen bastantes para que se abriesen los ojos y conociesen los extravíos.» Aquí se legislaba en interés de la Corona y á menudo del consumidor, pero siempre en contra de la producción nacional y del fomento de la riqueza patria.

El descubrimiento de América y las ideas á la sazón dominantes acerca del monopolio del tráfico ultramarino ofrecieron ocasión propicia para afianzar la prosperidad de la Metrópoli, pero los errores del período de organización en tiempo de Carlos I fueron decisivos y sus sucesores no supieron ó no pudieron remediarlos mientras reinó la Casa de Austria No es, por tanto, extraño que los escritores políticos de los siglos XVI y XVII, al ver avecinarse la ruina de España, clamasen contra el mal camino seguido hasta entonces: el Padre Mercado, Sánchez de Moncada. Ceballos, Martínez de la Mata, Damián Olivares y otros abogaron con calor por el fomento de las fábricas exponiendo muchas verdades, aunque mezcladas á veces con algunos errores dominantes en su tiempo, y más adelante Fernández Navarrete, Zabala, Ustáriz, Ward, Capmany, Sempere y Guarinos, etc., demostraron hasta la saciedad la desdichada política económica de aquellos tiempos, punto algún tanto obscurecido en este siglo por Flores Estrada y algunos tratadistas que escribieron inspirados en prejuicios de escuela. La frase más gráfica para definir aquel régimen absurdo la empleó el P. Jesuita Joaquín de Villarreal en su censura de la Theórica y Práctica de Comercio y de Marina» de don Gerónimo Ustáriz. Entre nosotros no es Aduana doble la extranjera, sino la nacional, porque no llegan los forasteros á pagar la mitad que los naturales » y no consistían tales

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dislates en el atraso de la ciencia económica, como algunos autores han supuesto.

El P. Mariana combatió con energía las alteraciones de la moneda, la tasa y la prohibición de su salida, discurriendo también con buen criterio Cevallos, Saavedra Fajardo y otros escritores (1) y mal podían proceder los errores de nuestros gobiernos del estado general de los conocimientos en la materia, cuando el rumbo seguido en el régimen comercial de España era tan distinto del adoptado en las naciones más prósperas de Europa.

III

El título XIII, libro VI de la Novisima Recopilación contiene una larga serie de leyes suntuarias dictadas con nimia. proligidad, cuyos efectos fueron en general contrarios á la prosperidad del Reino. Comprendían el orden y arreglo que ha de observarse en los trajes y vestidos por toda clase de personas; el modo de llevar los lutos y la prohibición de hacer bufetes, escritorios, braseros y otros muebles guarnecidos de plata, providencia dictada en 1593 con tan poco tino que causó la ruina de la brillante orfebrería y plateria española cultivada por artistas como Arphe, Becerril, Carrión, Benes, y los célebres plateros catalanes que enviaban sus primorosos trabajos á Italia. La abundancia de plata y aun de oro brindaba á los españoles á inundar toda Europa de vajillas, braseros, estufillas, badilas, empuñaduras de espadas y muebles adornados de ricos metales; pero era tal la ceguedad de los gobernantes en materias económicas, que se hacía todo lo posible para envilecer aquellas riquezas prohibiendo simultáneamente su salida y su empleo.

Se fundó tan perniciosa provisión en la eterna tutela de que no conociendo los compradores la ley, podían padecer engaño. ¡Qué razón-exclama Sempere y Guarinos-

(1) Economistas españoles en los siglos XVI y XVII, por Federico Rahola. Articulo III.

«para cerrar los talleres y las tiendas y privar de estímulo al trabajo! Se ponían trabas á los artistas del país, cuando los extranjeros introducían las mismas alhajas sin semejantes estorsiones. ¡Miserables artesanos españoles, víctimas de los Reyes que debían protegerles!» (1)

Se dieron otras órdenes impidiendo el uso de carrozas «con forros de seda ni guarnición con terciopelo, ni pasamanos, ni fluecadura, ni pespunte, ni guarnición alguna con oro, plata ni seda; ni freno, ni ropas, ni estribos, ni clavazón dorada, ni plateada, ni pavonada en machos y mulas, só las penas en esta ley contenidas.» (2)

En 1578, á petición de las Cortes de Madrid, se ordenó «que ninguna persona de cualquier estado, condición y preeminencia, no pueda andar en caballo, ni en quartango, ni en yegua, ni en otra bestia caballar con gualdrapa de paño, ni de seda, ni de cuero, ni de otra cosa alguna, de rua ni de camino por ninguna ciudad, villa ni lugar de estos nuestros Reynos y Señoríos; so pena de que por la primera vez, etc.» (3)

Ha querido disculparse este furor de las leyes mutuarias españolas con las ideas predominantes á la sazón, sin tener presente que en las demás naciones europeas seguían un rumbo distinto. La fabricación de objetos de lujo se multiplicó en Francia por el fausto de la Corte elegante de Francisco I y la suntuosidad de la alta nobleza. La orfebrería hizo grandísimos progresos y sus artísticos productos adquirieron amplia salida hacia los países extranjeros. (1) El contacto con Italia sirvió no sólo, como en España, para fomentar el arte de la pintura debida á los grandes maestros del Renacimiento, si no que con la protección concedida á Bernardo de Palissy, se creó en Francia la bellísima cerámica esmaltada que enriqueció á varias ciudades. Los

(") Historia del Lujo y de las leyes suntuarias, Reinado de Felipe II.

(2) Novisima Recopilación, libro V, titulo XIV, ley III.

(3) Novisi ma Recopilación, libro VI, titulo XV, ley I.

(4) Noël. Tome II. Livre II. Chapitre I.

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