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celebren sus contratos mediante subasta, señalando la pauta para efectuar la pública licitación indujo á dictar el Real decreto de 4 de Enero de 1883 sobre toda clase de servicios, obras, compras, ventas y arrendamientos, que vino á sustituir á las disposiciones vigentes desde el año 1852.

Resiéntese el decreto de la inexperiencia que en punto á obras públicas reina en el Ministerio de la Gobernación. Las fianzas señaladas en el art. 12 para las subastas son excesivas, y la media hora fijada en el 16 con objeto de recibir los pliegos de los licitadores, en vez de admitirlos desde la publicación del anuncio, constituye un error mayúsculo que facilita á los proponentes el medio de concertarse para repartir en forma de prima la rebaja de la contrata. Se hacen generalmente muchos depósitos, pero se presenta á menudo una sola propuesta, sin rebaja alguna, consumándose así el fraude de los recursos provinciales, sin que á los quince años de promulgadas tan defectuosas disposiciones se hayan corregido por la Administración.

II

Para persuadirse de que no tenemos en España una red de carreteras provinciales, basta examinar el Cuadro núm, 14 de su estado en 31 de Diciembre de 1896. (1) que arroja el mezquino balance siguiente:

Construídos.

En construcción

En íd., paralizados, estudiados y en estudio,
Sin estudiar. .

TOTAL.

Kilómetros

6.832

441

2.806

9.561

19.640

Dedúzcanse de los 6.832 kilómetros abiertos al tránsito, 2.346 correspondientes á las provincias aforadas de Alava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya, y quedan solamente 4.486

(1) Estadística de Obras públicas. Tomo I.

kilómetros construídos en la Península, cuando esta longitud corresponde más bien á la que debía medir la red en cada provincia española de 10.000 kilómetros cuadrados de territorio. Hay en Francia 264.456 kilómetros de carreteras. departamentales con inclusión de los llamados caminos vecinales de 1.o y 2.o orden, mas otros 269.113 kilómetros también entregados al tránsito público de los ordinarios ó de tercera categoría, lo cual demuestra palpablemente que carecemos en España casi por completo de carreteras provinciales, vacío importantísimo, cuyas causas es preciso estudiar con objeto de proponer el oportuno remedio.

Entre las pocas regiones que tienen organizado el servicio de carreteras provinciales, merece especial mención la de Barcelona, por el buen concepto que goza en el manejo de los intereses encomendados á la Diputación y el esfuerzo realizado para impulsar la red de caminos.

Según D. Victoriano Felip, Ingeniero director de las obras provinciales, data la actividad desplegada en el ramo desde la aprobación del plan de carreteras en 10 de Enero de 1879. (1) Se contrató al efecto el primer empréstito de cinco millones de pesetas, construyéndose en el decenio comprendido entre 1877 y 1887 250 kilómetros que con 90 abiertos con anterioridad daban un total de 340 kilómetros de caminos provinciales.

Al término del quinquenio de 1888 á 1893, al que se refiere la minuciosa Memoria del Sr. Felip, había 307 kilómetros terminados, 55 en construcción y 58 á punto de quedar replanteados, habiéndose estudiado en aquel período 134 kilómetros. Los gastos de construcción ascendieron en los cinco años á 832.501,33 pesetas y los de entretenimiento de carreteras á 1.065.764,11I.

Obsérvese que aun tratándose de la Diputación provincial de más elevado presupuesto entre todas las de España,

(1) Memoria referente al desarrollo, estado y servicio de las carreteras provinciales y de los caminos vecinales durante el quinquenio de 1888 à 1893, por la Dirección de Obras públicas provinciales. Barcelona, 1894

apeló á dos empréstitos para atender al ramo de carreteras, y á pesar de ello, sólo invirtió la modesta suma de 166.500 pesetas anuales en obras de nueva construcción.

La longitud de la red en 31 de Diciembre de 1896 era, según la Estadística de Obras públicas, de 429 kilómetros abiertos al tránsito, 48 en construcción, 27 en proyecto aprobado y 52 en estudio con un plan que abarca en conjunto 972 kilómetros. Hay además 378 kilómetros de caminos vecinales, de los que 171 tienen peones camineros permanentes pagados por la Diputación, todo lo cual revela los laudables esfuerzos hechos en aquella provincia que puede servir de modelo entre las españolas, mas son deficientes los resultados en cuanto á la longitud de las dos redes mencionadas.

La provincia de Barcelona tiene 1.293 kilómetros de carreteras del Estado y la Diputación, ó sean 168 metros por kilómetro superficial, y como hay en Vizcaya 847 kilómetros, correspondiendo á 385 metros por igual área, (1) resulta que está bastante mejor dotada de vías de comunicación que aquélla y las demás regiones de la Península. La historia y régimen del servicio de caminos en el antiguo Señorío puede consultarse en la citada Monografía.

Los recursos destinados en las naciones principales á las vías de comunicación provinciales consisten principalmente en recargos de las contribuciones directas y en subvenciones del Estado. Aquí ha sucedido lo contrario, consignándose en el art. 2.o de la ley dictada en Julio de 1877 relativa á fondos de carreteras y al restablecimiento del impuesto de portazgos que «se autoriza al Gobierno para que si lo estima conveniente pueda distribuir á las provincias por las que atraviesan las carreteras que construya el Estado, el importe de la tercera parte de las obras hechas en cada provincia, haciéndose el repartimiento entre los pueblos con arreglo á las utilidades de cada uno.»

Es decir, que en vez de conceder auxilios á las diputacio() Véase nuestra Monografía de los caminos de Vizcaya, capítulo IV.

nes se pretendía percibir de ellas parte de los desembolsos del Estado, hasta que la ley de 31 de Diciembre de 1881 dispuso, al suprimir el impuesto de portazgos, que desapareciese del Presupuesto de ingresos la partida de 4.386.000 pesetas que figuraba en concepto de «Subvenciones de las provincias y pueblos para la construcción de Carreteras.>> Comparado el régimen establecido en esta materia con el del tiempo de Isabel II, resulta más bien un retroceso, puesto que se han indicado en el Capítulo I los auxilios conce didos por el Estado á mediados del siglo para la apertura de caminos provinciales, y la Junta delegada de carreteras de Cataluña estuvo autorizada hasta 1868 para cobrar recargos arancelarios y de consumos con destino al ramo de obras públicas.

Según la ley Provincial vigente los ingresos de las diputaciones se dividen en XI capítulos titulados: I Rentas. II Portazgos y barcajes. III Donativos, legados y mandas. IV Repartimientos. V Instrucción pública. VI Beneficencia. VII Ingresos extraordinarios. VIII Arbitrios especiales. IX Empréstitos. X Enajenaciones, y XI Resultas.

Casi todos estos recursos son generalmente insignificantes, salvo el Repartimiento entre los pueblos, verdadera fuente de ingresos provinciales, aunque tiene el inconveniente de que dedicado á cubrir el déficit de los presupuestos pueden fijarlo ad libitum las diputaciones con el quebranto consiguiente para los ayuntamientos encargados de pagarlo. En cuanto á las Resultas, constituyen un verdadero desbarajuste por la insolvencia de muchos pueblos, origen de descubiertos en los ingresos provinciales.

A nuestro entender el sistema es defectuoso; las diputaciones debían contar con entradas fijas, como sucede en Francia, Bélgica y otras naciones según vamos á demostrarlo trazando el oportuno paralelo de la respectiva organización en el régimen provincial.

III

Ya se ha consignado que gracias á la organización de las Obras públicas en Francia, iniciada por Sully y perfeccionada por Colbert, y al poderoso recurso de las prestaciones personales, se abrieron 40.000 kilómetros de carreteras antes de la Revolución de 1789, divididas en cuatro clases con inclusión de las de carácter provincial.

La Cámara Constituyente traspasó toda la red á los departamentos, pero la Convención la devolvió al Estado, aunque durante aquel agitado período estuvieron los caminos muy descuidados.

Las carreteras provinciales medían en el país vecino 18.000 kilómetros en 1814, pero desde el año 1831 abrió el Estado un crédito anual de 3,50 millones de francos para subvencionarlas, que se elevó á 3,60 en la ley de 30 de Julio de 1880, figurando en el Presupuesto francés del año 1895 esta suma más 70.000 francos destinados á la compra de los puentes de peaje situados en las carreteras provinciales.

En 1891 alcanzaba la red la longitud de 48.000 kilómetros estando casi terminada, pero como la ley de 10 de Agosto de 1871 autorizó á los consejos generales para déclasser sus carreteras, han utilizado esta facultad muchos departamentos transformando los caminos provinciales en vecinales de gran comunicación, á fin de utilizar en ellas las prestaciones personales. (1) Continúa la compra de los puentes de peaje á cuyo objeto les ayuda el Estado con la cantidad de 70.000 francos anuales.

Se resiente el sistema francés de excesiva clasificación de los caminos en cinco categorías, cuando en realidad debía bastar con tres: nacionales, provinciales y vecinales ó municipales.

El Budget departamental consta generalmente del Presupuesto ordinario y del extraordinario. Figuran en los

(1) L. Say. Dictionnaire des finances. Tome II. Routes nationales et departamentales.

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