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vos mando que os ynformeys contino que capitanes son los que vienen de alla señalados e con que penas e a que vienen obligados e a los que fallardes que no cumplen lo que de alla les ha sydo mandado por el governador esecutareys en sus personas e bienes las penas quel dicho governador o sus lugar tenientes les oviere puesto de valladolid a XIII de agosto de quinientos e nueve años yo el Rey=por mandado de su alteza lope conchillos etc.

47.

(Madrid, 14 de Febrero de 1510.)—Real cédula á los oficiales de la contratacion para que reconozcan á todos los que pasan á Indias, y otras cosas en contestacion á su carta de 19 de Diciembre. (A. de I., 139-1-4 lib. 2.o, fol. 103.)

El Rey nuestros oficiales dela casa dela Contratacion de las yndias que Resydieis en la cibdad de Sevylla vi vuestra letra de 91 de Dizienbre del año pasado ala qual no se ha podido Responder hasta agora por las muchas ocupaciones que ha avido ha seydo bien proveydo esperar a enbiar nuestras cartas alas yndias en la nao de Diego deva surto pues alli van a buen Recabdo y duplicarse han como dezis para que en otro nabio se enbien.

lo que aveys fecho en lo dela paga de vicente yañez e gente de su capitania e de juan diaz de Solis esta bien y ansy mismo lo de los difuntos e

pues dezis que de aquella manera se acostumbrava hazer se gaste ansy de aqui adelante y en lo dela paga delo que el vehedor Alonso paez ya difunto ovo de aver deste viaje pues no se ha dado quenta delo que llevo a cargo no se pague hasta que la aya dado o se vea lo que quedo debiendo dello.

en lo que toca á juan diaz de estar preso en la carcel dela corte e determynarse ha delo que fuere justicia y parezceme muy bien todo lo que en ello dezis.

las muestras delos guanines que enbiastes con lorenço pinelo se recibieron aca por my mandado.

en lo de los maestros canteros para la obra delas yglesias de la española por my servicio deys mas pryesa en tomar asyento con ellos y enbiarlos porque desto ay nescesydad y ansy mismo en lo de enbiar del trigo y centeno que se ha de llevar.

tengo os en servicio el cuydado que tovistes de me avisar sobre lo de las quinientas mill maravedis

que se pagaron en esta casa de nuestra hazienda por las bulas del Arzobispado e obispado delas yndias y por el palio y con la presente vos envio mi carta para que alla se cobren delos diezmos y las enbien como vereys solicitaldo hasta que se haga y avisadme dello.

ansy mismo os tengo en servicio el cuydado que dezis que teneys de mirar y examinar los que pasan alas yndias porque no vaya ninguno delos que por nos estan proybidos y ansy vos encargo e mando

lo continueys con mucho cuydado e lo mireys como cosa que tanto ynporta al servicio de Dios e mio de manera que no pase ningund contra lo que tenemos mandado.

en lo delos esclavos y plata labrada ya por otra mi carta avreys visto que vos enbie á mandar que enbiasedes cinquenta esclavos para lo delas minas aquellos se enbien luego y demas dellos otros cinquenta para vender porque my voluntad es que se enbien en nuestro nonbre fasta en numero de doszientos esclavos y que vayan poco a poco y lo mas presto que ser pueda y bien me parezce lo que dezis de escrivir alos oficiales que Resyden en la española que vos enbien memorial delas Armas de que alla ay nescesydad porque conforme alo que escriviere se provea y ansy vos mando que se haga.

todavia tened cuydado de me enbiar lo mas presto que ser pueda los traslados delas hordenanças desa casa como vos lo he enbiado a mandar y para ynformar de palabra de algunas cosas que por escripto no podreys ynformar de venir uno de vosotros con la dicha ynformacion y este sed vcs el fattor ochoa de ysasyga pues agora soys el menos ocupado y teneys mejor disposicion para venir que nynguno.

los treynta e nuebe marcos e tres onças e cinco ochavas y quatro tomines y nueve granos de perlas que enbiaron delas yndias con el comendador ma

yor de Alcantara Recibio por my mandado mosen juan cabrero mi camarero.

la caravela en que vino vicente yañez pues esta ya Renovada y fuera de carena enbialda luego alos oficiales que Resyden en la ysla española para en conserva con las otras que alla tenemos en lo que se ha de platycar con esta ciudad sobre la quedada desa casa en ella deveys entender en ello conforme a lo que vos he enbiado a mandar y avisadme delo que hablaredes.

en lo de licencia que os pide alexandre catano para pasar alas yndias a cobrar lo que se le deve no deys lugar a ello en ninguna manera porque mi voluntad es que lo que tenemos mandado cerca de pasar los estrangeros seguarde y por ninguna via ni cabsa se pase contra ello antes vos ynformad sy alla ay algunos estrangeros y con que licencia y escribidmelo de madrid á x de hebrero de DX=yo el Rei.

48.

(Madrid, 28 de Febrero de 1510.)-Real cédula al gobernador y oficiales de la Isla Española dándoles cuenta de varias disposiciones sobre la labor de las minas. (A. I., 139-1-4 lib. 2.o, fol. 199.)

El Rey don diego colon nuestro almirante e governador delas yndias e nuestros oficiales que Resyden enla ysla Española vi dos letras vuestras fe

chas de XXVIII de otubre del año pasado de DIX y agradezco os y tengo en servicio que teneys en me avisar delas cartas de alla y ansy vos mando y encargo lo continueys y en lo que toca alo dela estada alla de gil gonçalez davila su yda convino mucho a nuestro servicio para que nos truxese Relacion particularmente delas cosas de la hazienda y tomar quenta alas personas que avian tenido cargo della porque aunque muchas vezes yo avia enbiado amandar que me en biasen la Razon dello no se avia fecho y pues ya le queda poco por hazer yo le enbio a mandar que se de priesa y se venga con la Razon dello y porque cunple a nuestro servicio que la trayga muy larga y entera de todo sere de vosotros servydo en que para que ansy se haga le deys todo el favor que fuere menester porque en su venida no aya detenimiento.

en lo que dezis delo del alcançe de santa clara y del Regimiento que sobre ello vos hizo gil gonzalez pareceme bien lo que escrivys y como otras vezes vos he enbiado a mandar aveys de poner mucha diligencia en que se cobre toda la hazienda que oviere del dicho santa clara syn que falte cosa alguna y que se haga con toda tenplança y enlo que Requirio gil gonzalez yo lo mandare ver e sobre todo provehere lo que mas a nuestro servicio cunpla.

tengo os en servicio la diligencia que se ha puesto y pone en el fazer delas Rentas desta ysla para los años venideros y ansy lo continuad hasta que se

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