Los foros: estudio histórico y doctrinal, bibliográfico y crítico de los foros, en Galicia y Astúrias

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la Revista de Legislacion, 1883 - 359 páginas
 

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Pasajes populares

Página 181 - Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también á todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes á la buena fe, al uso y á la ley.
Página 347 - Si antes de principiarse la operación de deslinde, se hiciere oposición por el dueño de algún terreno colindante, se sobreseerá desde luego en cuanto al deslinde de la parte de la finca confinante con la del opositor, reservando á las partes su derecho para que lo ejerciten en el juicio declarativo que corresponda. Lo mismo se practicará en el caso de hacerse la oposición en el acto de la diligencia, si sobre el punto en que consista no pudiere conseguirse en el mismo acto la avenencia de...
Página 346 - En el dia siguiente al de la comparecencia, el Juez dictará auto declarando conformes con la práctica del apeo á los que así lo hayan manifestado, á los que no hubieren dado explicaciones claras y precisas respecto á su disentimiento, y á los que no hubieren comparecido. Mandará además que el perito ó peritos nombrados procedan á la operación del apeo. Art.
Página 328 - Los arrendamientos sin tiempo determinado, durarán á voluntad de las partes ; pero cualquiera de ellas que quiera disolverlos podrá hacerlo así avisando á la otra un año antes ; y tampoco tendrá el arrendatario, aunque lo haya sido muchos años /derecho alguno de posesión una vez desahuciado por el dueño.
Página 338 - Segunda. — Aquellas cuya renta excediere de 25 pesetas podrán redimirse, bien al contado al tipo de un 6 por 100, bien durante cinco años, en cinco plazos iguales, a razón de 100 de capital por 5 de renta.
Página 343 - ... hubiera, en los derechos devengados por cada uno de los auxiliares de los Juzgados y Tribunales y demás funcionarios que en ellos hubieren intervenido. Art. 15. Queda vigente el Real decreto de 21 de Julio de 1871 con las modificaciones introducidas en el presente.
Página 349 - Juez dictará auto aprobando el prorrateo, y nombrando cabezalero al que resulte contribuir con mayor parte de la pensión. Si dos ó más la pagaren igual, decidirá la suerte. Exceptúanse los casos siguientes: 1.° Cuando todos los dueños del dominio útil estuvieren conformes en nombrar cabezalero á cualquiera de ellos, si éste aceptare, y no se opusiere el dueño del directo.
Página 327 - En los arrendamientos de tierras, fundos y posesiones de particulares, quedan en libertad sus dueños para hacerlos como les acomode, y se convengan con los colonos : y se previene que en el principio del último año estipulado tengan...
Página 341 - Asturias, siempre que reconozca un solo dueño directo, ó varios proindiviso, aunque esté dividido en suertes, ó porciones, dadas en dominio útil ó foro á diferentes colonos, si su conjunto se halla comprendido dentro de los linderos de dicho término.
Página 338 - ... en iguales condiciones que ellos lo verificaron con el Estado. En tanto que esto no se verifique, los expresados redimentes continuarán percibiendo como hasta aquí la renta con que contribuye o debe contribuir en la actualidad cada uno de los mencionados copartícipes.

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