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APÉNDICES

LA SITUACIÓN DE ESPAÑA EN 1821

Memorias de los Secretarios del Despacho.

Hemos creído conveniente insertar las curiosas Memorias que los Secretarios del Despacho Real presentaron á las Cortes dando cuenta de la situación de sus respectivos Departamentos.

Por ellas se ve cuál era la situación de España en aquella difícil y azarosa época, y cuáles eran los casos á cuyo remedio había forzosamente que acudir con todo el patriotismo, con toda la eficaz tutela que el Parlamento debía á la Nación.

He aquí el texto de las Memorias:

MEMORIA

leída á las Cortes por el habilitado para el Despacho de la Secretaría de Estado.

Cumplimiento por segunda vez con el honroso y grato deber de presentar á las Cortes del Reino un resumen del estado político de la Nación con respecto á las relaciones con el Extranje

ro, tengo el honor de manifestarlas que nuestras relaciones con todas las Potencias continúan en el mismo pie de amistad y armonía en que se hallaban durante el curso y al fin de la presente legislatura.

La ratificación que la sabiduría del Rey ha creído conveniente dar al Tratado firmado por S. M. y por el Presidente de los Estados Unidos de América en 22 de Febrero de 1819, á consecuencia de la autorización que dieron las Cortes para la cesión de las dos Floridas, es una medida que muchas circunstancias reunidas habían hecho indispensable, y que supuestas las mismas y el arreglo de límites que en este Tratado se estipula, debe servir á afianzar las relaciones amistosas y á estrechar los vínculos de armonía y buena vecindad con los Estados Unidos. Debe ya tiempo hace haber llegado á manos del Gobierno ame ricano la ratificación dada por S. M.; pero no se tiene aún noti cia de ello, y sólo cuando se reciba podré tener el honor de anunciar á las Cortes el término final de esta importante negociación.

Continuamos asimismo en buena armonía con las Regencias berberiscas, y los justos temores de que fuese alterada en daño de nuestro comercio por la de Argel, no han pasado de tales. Al abrir la anterior legislatura se hallaba el Gobierno de S. M. ocupado en poner en el mar el contingente de fuerzas navales que debía unirse al que ya tenía en el Mediterráneo S. M. el Rey de los Países Bajos, á consecuencia de las estipulaciones del Tratado de alianza defensiva, celebrado entre ambas Cortes en 10 de Agosto de 1816; y vencidos los obstáculos que la penuria del momento oponía á este armamento, se reunió, en efecto, nuestro contingente al de los Países Bajos, y ya velando de concierto sobre los movimientos de la escuadra argelina, cuando por poco tiempo se ha dejado ver en el mar, ya presentándose oportunamente delante de su puerto, se ha conseguido impedir los malos efectos que de otro modo no hubiera dejado de tener la más que sospechosa intención de aquella Regencia.

Ya habían comenzado las Cortes sus útiles tareas en la anterior legislatura cuando ocurrió en Nápoles una mudanza política en la forma de su régimen interior, adoptando la Cons titución española, á la que se siguió en breve otra en Portugal de semejante naturaleza. A la vista de estas importantes ocu

rrencias, conoció la sabiduría del Rey cuán justo y conveniente era observar, con respecto á estas mudanzas constitucionales, una conducta perfectamente neutral, y el Gobierno de S. M. ha seguido desde el primer momento la regla invariable de no mezclarse en ellas de manera alguna directa ni indirecta, profesando religiosamente el principio de respetar las instituciones de los demás países, para tener mayor derecho á que sean respetadas las nuestras; y esto con una sostenida escrupulosidad, que lejos de poder ser atacada con éxito por la malevolencia de algunos enemigos de nuestra gloria y de la justa libertad de los pueblos, ha debido ser y ha sido sin duda reconocida por todos los hombres sensatos de todos los países.

A esta marcha mesurada y prudente se habría reducido en este punto la conducta del Gobierno de S. M., si el modo con que algunos Gabinetes creyeron deber considerar esas mudanzas, señaladamente la de Nápoles, dando motivo á la reunión de los Soberanos aliados de Austria, Prusia y Rusia en Troppau, no hubiese hecho conocer al Rey que era llegado el caso de manifestar su interés por la augusta Real familia de las Dos Sici lias, su estrecha parienta y amiga, y todo por aquel pueblo. Así lo hizo S. M. entender por medio de comunicaciones confidenciales á todos los Gabinetes, con la manifestación del respeto inviolable que profesa á la independencia de las naciones y al derecho positivo de gentes, que excluye toda intervención extranjera en el régimen interior de gobierno que un pueblo adopta de acuerdo con su Monarca, como lo ha hecho el de Nápoles. Pero cuando los Soberanos aliados han creído necesario para la seguridad de los Estados vecinos reunir un poderoso ejército aus. triaco sobre el Pó, y convidar á S. M. Sicilia na á las conferencias de Laybach, con el objeto de intervenir en aquellas ocurrencias politicas, el Rey, que no ha podido dejar de conocer, por la reunión de todos los antecedentes y medidas referentes á Nápoles, que el principio de nuestra mudanza política estaba atacado en aquel Reino, ha creído también necesario al decoro de su Trono y á la dignidad y seguridad de la Nación que tiene la gloria de gobernar, hacer presente á algunos Gabinetes, oficial, y á todos los demás, confidencialmente, que S. M., religioso observador de los sagrados principios del derecho de gentes, en

que estriba esencialmente la independencia de las asociaciones políticas, no reconocerá en Potencia alguna el derecho de intervenir en el arreglo interior del gobierno de otra por medios de coacción mediata ó inmediata, ni los resultados que esta intervención pueda tener en su aplicación. Al mismo tiempo ha deseado S. M. conocer cuál pueda ser la intención de algunos Gabinetes sobre la aplicación de ese principio de intervención con respecto á las cosas de España.

El Rey me ha autorizado á asegurar á las Cortes del Reino que todas las explicaciones que el Gobierno de S. M. ha recibido de los Gabinetes influyentes, durante este período en que se han estado agitando los negocios de Nápoles, concuerdan en reconocer en la causa de nuestra regeneración política, en la uni formidad de la voluntad nacional y en todos los demás antecedentes que nos son peculiares, motivos legítimos de confianza y de seguridad de que resulta no haber sufrido alteración nuestras relaciones de buena amistad y armonía con Potencia alguna.

Asimismo, me ha autorizado S. M. á asegurar que las aclaraciones en que ha sido necesario entrar á consecuencia de la justa, franca y amistosa manifestación que acaba de indicarse, si bien no se hallan terminadas, producen ya las explicaciones que va recibiendo S. M. de algunos de los Gabinetes, encamina das á asegurar terminantemente que no está en manera alguna en su intención inquietar á la España ni intervenir de ningún modo en sus actuales negocios domésticos.

Estas justas propuestas se fortificarán más y más, así lo espe ra S. M., á medida que se arraigue en todos la íntima persuasión de que la voluntad del Rey, la unánime decisión de la Nación y la sabiduría y patriotismo de las Cortes son tan irrevocables y firmes en mantener el Trono constitucional y la dependencia y libertad política, como en respetar los sagrados derechos y la independencia de las otras naciones.

Madrid, 2 de Marzo de 1821. Evaristo Perez de Castro.= Madrid, 4 de Marzo de 1821. Joaquín de Anduaga.

MEMORIA

leída á las Cortes por el encargado del Despacho de la Secretaría de la Gobernación de la Península.

Señores: Bien quisiera el Gobierno presentar á las Cortes un cuadro enteramente satisfactorio de la marcha y resultados del orden constitucional en el corto tiempo que ha mediado desde que se cerraron las sesiones legislativas hasta ahora. Pero así como ha empleado incesantemente sus desvelos con este noble fin, y así como la generalidad de los pueblos se han prestado maravillosamente á él, ha sido otro tanto el entorpecimiento y destrucción que han producido causas ajenas ciertamente del celo del Gobierno y de la inclinación nacional. Notorias son, por desgracia, las repetidas maquinaciones de los enemigos de la libertad, que intentan empañar el lustre adquirido en una reforma política sin ejemplo por su patriotismo y su templanza, y que España, modelo ahora y envidia de las naciones, vuelve á ser el ludibrio y desprecio de todas ellas.

Atento el Gobierno á parar sus golpes y á defender la seguridad y tranquilidad del Estado, no puede dirigir con toda la intensión y desahogo que quisiera el curso de los negocios, ni entablar las mejoras que, á consecuencia de las leyes del Congreso, deben recibir todos los ramos de la prosperidad pública. Mientras que, por otra parte, las esperanzas temerarias de unos pocos, los temores excesivos de otros, nacidos, así éstos como aquéllos, de esta misma situación, no presentan campo suficiente y á propósito para que las disposiciones gubernativas logren todo el efecto que se desea.

La prudencia y energía de las Cortes sabrá determinar las grandes medidas represivas que convienen en el estado que presentan las cosas: medidas que contengan á los malévolos, alienten á los tímidos y aseguren á los buenos. La España y la Europa las aguardan con igual impaciencia que respeto. En ellas se espera ver asegurada la nave del Estado como en una ánco ra indestructible contra estos embates ominosos. Porque además del bien inmenso que han de producir afirmando la tranquilidad y confianza nacional, conseguirán también el otro, no menos

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