Leyes comerciales y marítimas de la América latina comparadas entre sí y con los códigos de España y las leyes de los Estados Unidos de América, Volumen1

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Imprenta del gobierno, 1907

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Página 33 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 44 - POR CUANTO : El Senado y Cámara de Diputados de la nación Argentina, reunidos en congreso, etc. Sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1°...
Página 216 - Los libros de los comerciantes probarán contra ellos, sin admitirles prueba en contrario; pero el adversario no podrá aceptar los asientos que le sean favorables y desechar los que le perjudiquen, sino que, habiendo aceptado este medio de prueba, quedará sujeto al resultado que arrojen en su conjunto, tomando en igual consideración todos los asientos relativos á la cuestión litigiosa.
Página 179 - Dejar blancos ni huecos, pues todas sus partidas se han de suceder unas á otras, sin que entre ellas quede lugar para intercalaciones ni adiciones. 3.° Hacer interlineaciones, raspaduras ni enmiendas, sino que todas las equivocaciones y omisiones que se cometan se han de salvar por medio de un nuevo asiento hecho en la fecha en que se advierta la omisión ó el error. 4.
Página 212 - Fuera de los casos prefijados en el artículo anterior, sólo podrá decretarse la exhibición de los libros y documentos de los comerciantes, á instancia de parte, ó de oficio, cuando la persona á quien pertenezcan tenga interés ó responsabilidad en el asunto en que proceda la exhibición. El reconocimiento se hará en el escritorio del comerciante, á su presencia ó á la de...
Página 222 - Sus asientos probarán contra los comerciantes á quienes pertenezcan los libros, sin admitírseles prueba en contrario; pero el adversario no podrá aceptar los asientos que le sean favorables, y desechar los que le perjudiquen...
Página 570 - Las partes interesadas los nombrarán en el término que se haya prefijado en la escritura, y en su defecto en el que les señale el Tribunal que conozca de las causas mercantiles en aquel territorio. No haciendo el nombramiento dentro del término señalado, y sin necesidad de...
Página 33 - DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios Rey constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo único.
Página 125 - El Registrador anotará por orden cronológico en la matrícula é índice general todos los comerciantes y compañías que se matriculen, dando á cada hoja el número correlativo que le corresponda. Art. 21. En la hoja de inscripción de cada comerciante ó sociedad se anotarán: 1.° Su nombre, razón social ó título.
Página 221 - ... hasta tener sus libros en regla , por los asientos de los libros de su adversario , siempre que estos se encuentren arreglados, sin admitírsele prueba en contrario.

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