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CONTESTACION

DEL ESTAMENTO DE SEÑORES PROCURADORES AL DISCURSO PRONUNCIADO POR S. M. EN LA SOLEMNE apertuRA DE LAS CORTES VERIFICADA EL DIA 24 DE JULIO DE 1834.

APENDICE NUMERO 11.

1. SEÑORA: El Estamento de Procuradores del Reino ha esperimentado el mayor placer al ver á V. M. en el seno de las Cortes el dia de la apertura, y mas al oir de vuestra boca principios y deseos, cuya ejecucion bastará á hacer la prosperidad de esta nacion heróica; prosperidad á que es llamada por un concurso de circunstancias felices, pero de que constantemente la_alejó por mucho tiempo el olvido de sus antiguas instituciones. Regenerar esta patria desgraciada, poner en accion todos los resortes de su engrandecimiento, y procurar se dé toda la latitud y garantías necesarias á los derechos sociales, y levantar sobre estas bases el augusto monumento de alianza y union entre el trono y el pueblo; tales son los deseos d 1 Estamento, conformes á los de V. M., y tal será el noble objeto á que consagrará sus afanes.

2. Una plaga asoladora que aflige à gran parte de la nacion y á la capital ha difundido en ellas las desgracias y la muerte, y entorpecído notablemente todas las relaciones. Pero no ha sido bastante poderosa para impedir que V. M. s presentase en medio de sus hijos, sacrificando el deseo de la propia seguridad al de la feli cidad pública. Rasgo heróico y magnánimo de que la nacion conservará indeleble la memoria y la gratitud.

3. Mas si en el mismo riesgo pueden hallarse estas ideas consoladoras, solo tienen cabida las de una justa indignacion al volver la vista sobre los escesos que han manchado el suelo de este heróico pueblo en los dias 17 y 18 del mes próximo pasado. El Estamento tiene por norte la razon y la franqueza, y jamás faltará á la una ni á la otra. Sabe que la seguridad personal es el primer interes y el primer derecho del hombre en la sociedad, y que los

gobiernos no pueden dejar de garantirla sino cometiendo una violacion monstruosa de los principios fundamentales y conservadores de la misma sociedad. Los Estados solo marchan á su perfeccion por el camino de la justicia, y este exige que se respeten las personas de todos los asociados. Donde hay leyes y ministros que las ejecuten, al ciudadano le toca.solamente el respetarlas y obedecerlas. El Estamento desea que se adopten las disposiciones mas enérgicas á fin de descubrir y castigar los delincuentes, à quienes quiza una lamentable imprevision pudo favorecer. Es conveniente fijar la opinion pública de un modo que haga el honor debido al gobierno y á la nacion, con cuyos nobles sentimientos no deben confundirse nunca las siniestras ideas de un puñado de perturbadores. V. M. hallará siempre la mas eficaz cooperacion de parte del Estamento para impedir que se repitan semejantes escesos.

4. El Estamento, cuando el gobierno de V. M. someta á su deliberacion la conducta observada por el mal aconsejado principe, se ocupará de este negocio con el detenimiento y celo que reclama el ínteres de la reina nuestra señora, y de los pueblos felizmente sometidos à su cetro. Se creeria culpable, sin embargo, si al contraerse à un estremo de tanta importancia renunciara al lenguage franco de la verdad por ceder á consideraciones pusilanimes y peligrosas. Las leyes de la monarquía, la conveniencia pública, la voluntad general, que es esencialmente el elemento mas solemne y mas indestructible, todo se ha pronunciado en favor de vuestra escelsa bíja, y todo anuncia y consagra sus derechos. Pero entretanto un partido rebelde alza el grito de la sedicion, principalmente en un ángulo de la Península, y solo la mano fuerte de un gobierno enérgico puede reprimirlo. El temperamento de la lenidad se ha ensayado ya con un éxito bien triste, para que deje de renunciarse á la engañosa esperanza que pudo hacer concebir. Los malvados se alientan con la impunidad, y solo el golpe de la ley inexorable los puede reducir á su deber.

5. El Estamento ve con complacencia el desenlace que han tenido los negocios de Portugal, lan gloriosos para las armas españolas, asi como las relaciones amistosas que existen con el gobierno de S. M. el rey de los franceses, el del reino unido de la Gran Bretaña é Irlanda, y el de S. M. fidelisima, relaciones que aseguguran el triunfo del legítimo trono y de la independencia en uno y otro reino de la Península. Tambien ve el Estamento con satisfaccion que varias potencias han reconocido a vuestra augusta hija, y si algunos gobiernos han suspendido hasta ahora el hacerlo, el Estamento descansa en la aseveracion de V. M. de que no han manifestado intencion ni deseos de entrometerse en nuestros asunLos domésticos, y que nunca lo toleraria V. M. contando con el apoyo de la nacion.

6. El cuadro que presenta la situacion interior del reino (nos ha dicho V. M.), está lejos de ser tan halagüeño como vuestro patriotismo deseara. Es muy cierto, señora: este cuadro no es halagüeo. es bien, triste. Muchos años de un sistema desacertado, de una

administracion arbitraria y de una reaccion obstinada contra los principios reconocidos como axiomas en toda buena organizacion Social, nos han traido por una progresion descendente á un notable estado de depresion y de miseria. V. M. está llamada al grandioso destino de reanimar esta patria moribunda, y de asociar á su nombre la alta gloria de haber llevado á cabo una empresa tan recomendable como difícil.

7. La fidelidad acrisolada del ejército de tierra y de mar llena de orgullo al Estamento, y debe inspirar á V. M. la mayor confianza. Los valientes que juraron sostener el trono de Isabel, sabrán cumplir fielmente su promesa, y aniquilar en breve los encarnizados enemigos del reposo público.

8. Hay ademas, señora, otra fuerza muy acreedora á toda consideracion y gratitud. Tal es la milicia urbana, que tantos servicios ha prestado hasta el dia al trono y á la causa de la libertad, que por su instituto es el antemural de la quietud comun, de las instituciones actuales, y de los goces pacíficos del ciudadano. 9. Lucgo que el Estamento tome conocimiento de las obligaciones del gobierno, se ocupará del modo de llenarlas. Entretanto anticipará una idea que podrá servir de termómetro á su verdadera opinion. Procurar las mayores economías, y aliviar en lo posible la suerte de los pueblos oprimidos hasta hoy bajo el peso de tributos insoportables, formará el primer deber de su representacion y el primer deseo de sus miras filantrópicas. El Estamento examinará con cuidado todo lo que diga relacion con la deuda pública, y atenderá las reclamaciones de los acreedores del Estado, procurando conciliar lo que exige la buena fé con lo que consienten los recursos y el estado actual de la nacion.

10 El ESTATUTO REAL (ha dicho V. M. para concluir su discurso) ha echado ya el cimiento. A vosotros toca, ilustres Próceres y señores Procuradores del Reino, concurrir á que se levante la obra con aquella regularidad y concierto que son prendas de estabilidad y firmeza. Correspondiendo el Estamento á esta invitacion franca de V. M. trazará desde luego la linea de sus principios y de su conviccion. La máquina politica es un agregado de varias ruedas, y se necesita que todas caminen con proporcionado movimiento al impulso de un primer agente. Todos los derechos sociales deben ser igualmente protegidos, y sin este concurso exacto el objeto de la asociacion queda defraudado. La libertad de imprenta, esa centinela y puesto avanzado de las demas garantías, es de desear obtengan entre nosotros toda la amplitud que sea compatible con la moral y con un sistema de politica bien entendido: amplitud por la que, sin incurrir en el riesgo de que se minen ú ofendan las costumbres, ni las bases y principios de la sociedad, se logre la mas fácil estension de los conocimientos y de las verdades útiles al gobierno y á la nacion.

11. El fomento y mas ventajosa organizacion de la milicia urbaque na es otro de los objetos de primer interes. El carácter sus individuos de militares ciudadanos, colocados en el centro de

reunen

una familia, los multiplicados y dulces objetos que los identifican con la patria, y los lazos que los ligan à su suerte, responden sobradamente por ellos, y persuaden cuanto se debe esperar de su civismo y disciplina.

12. Los Procuradores del Reino se lisongean de que en el glorioso reinado de V. M. la igualdad de derechos ante la ley, la libertad civil, la seguridad personal, y la inviolabilidad de la propiedad, serán consagradas en toda su estension contra los ataques del poder y de los abusos.

13. Añadiendo á estos principios la independencia del poder judicial en todas sus clases, y la responsabilidad por los actos que desempeñe, é igual responsabilidad en el poder ministerial, los pueblos, bendiciendo el nombre de V. M., conocerán la diferencia entre un gobierno absoluto que todo lo atropella, y un sistema paternal que solo usa de la autoridad para promover la felicidad

comun.

14. La franqueza con que acaba de producirse el Estamento bastará á dar la verdadera idea de sus principios, y á hacer en todas las edades el elogio de V. M. V. M. nos ha dicho que siempre la encontraremos dispuesta á cuanto pueda redundar en bien y provecho de España, y nosotros nos abandonamos, penetrados de gozo y gratitud, á los mas dulces presentimientos. Nuestro deber es indicar las necesidades de la nacion, de cuya confianza y derechos somos depositarios, y la feliz disposicion de V. M. á oirlas y remediarlas, es el mas lisongero presagio para el porvenir. Los intereses de los Estados pueden muy bien ser equívocos, y bajo la apariencia de una funesta gloria, suele muchas veces encontrarse su degradacion y su miseria. Pero regenerar un pueblo al influjo de las leyes sábias, levantar el magnifico trofeo de una libertad razonable sobre las ruinas del despotismo devastador, hacer de todos los ciudadanos de un pais una sola familia, guarecida igualmente contra los embates de la anarquía que contra los tiros de la arbitriariedad y anunciar al mundo en un código bienhechorlas máximas santas de la moraly de la política, de cuya observancia brota la felicidad pública y privada, es la obra inmortal. reservada solo a los genios y à los corazones privilegiados V. M. posee ambos dones, y la nacion, que de tanto le es deudora, lo espera todo de su mano. Concluya, pues, V. M. el augusto monumento de justicia y de concordia de que ha trazado las primeras líneas, y complazcase ya en los dulces testimonios de amor y de indeleble gratitud con que la generacion presente y la posteridad rodearán su nombre y su grata memoria.

PROYECTO DE LEY

SOBRE ARREGLO DE LA DEUDA ESTRANGERA Y AUTORIZACION PARA REALIZAR UN EMPRESTITO DE 400 MILLONES DE REALES EFECTIVOS, PRESENTADO A LAS CORTES DEL REINO EN LA SESION DEL 8 DE AGOSTO COMO ANEJO A LA ESPOSICION DEL MINISTERIO DE HACIENDA DEL 6 DEL MISMO DIA.

APEN DICE NUMERO 12.

ARTICULO 1. Todas las deudas contraidas por el gobierno en el estrangero en diversas épocas, y señaladamente los empréstitos, tanto anteriores como posteriores al año de 1823, son deudas del Estado.

ABT. 2. Se procederá inmediatamente á la liquidacion de toda esta deuda, y, á medida que se vaya liquidando, se verificará el pago de los intereses.

ART. 3. Toda esta denda estrangera se distinguirá en adelante en deuda activa y deuda pisiva. Su conversion en deuda activa y deuda pasiva se ejecutará en la proporcion de una mitad en deuda activa y de otra mitad en deuda pasiva. Los intereses atrasados de los antiguos empréstitos serán reembolsados con valores de la deuda pasiva.

ART. 4. Se creará un nuevo fondo al cinco por ciento que represente la deuda activa, en el que se convertirá la parte de los antiguos empréstitos estrangeros, comprendidos en la deuda activa. ART. 5. La deuda activa abrazará, en primer lugar, la deuda con interes que el gobierno pudiese crear en lo venidero; y en segundo, la parte de deuda antigua mencionada en el art. 3. quə

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