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S. M. C. por sus aliados haya sido ineficaz. En efecto; bien sea que la naturaleza del terreno y la situacion particular de las provincias Vascongadas hayan permitido al Pretendiente el prolongar hasta hoy un estado de guerra, que puede que no ceda sino con la accion del tiempo, secundado por un conjunto de medidas hábiles y prudentes, es hoy en dia tambien evidente que este príncipe aislado de todo apoyo esterior y reducido á sus propios recursos que se agotan de dia en dia, no está en posicion de intentar ningún golpe decisivo, y que no podrá sin esponerse á una ruina casi segura salir del estrecho círculo en que pelea quince meses hace. Su presencia en España es, sin duda alguna, el origen de muchos desastres particulares, pero no amenaza de manera alguna la existencia del gobierno de la Reina. En este estado de cosas, hoy menos que nunca es la ocasion de una determinacion tan grave, tan fecunda para los dos paises en consecuencias casi incalculables como seria el mandar un ejército francés al territorio español. Esto manifestado, el gobierno no se ceñirá de la manera mas indirecta á las estipulaciones convenidas el año último, no seria sino separándose de estas estipulaciones relativas únicamente á don Carlos que pudiera hacérselo aplicable á una clase de hechos que los negociadores ciertamente no previeron. No es, pues, admisible esta interpretacion: los intereses de la política francesa, los de la nacion española, tan celosa por su independencia, y tan contraria á toda mezcla de estrangeros en sus asuntos interiores, rechazan igualmente un sistema semejante, y el gobierno francés cree que seria desconocer sus intereses en lo mas esencial el dar á las cláusulas del tratado de 22 de abril la estension indicada en el memorandum de S. E.

Aprovecho, etc.

MANIFIESTO DE MENDIZABAL.

APENDICE NUMERO 5.o

SEÑORA:

Doce años he vivido ausente de la patria, y en medio de tantos acontecimientos como me rodearon no pasó un dia sin que mi memoria y mi corazon no formasen un voto ardiente por la felicidad de esta misma patria.

Si asociado a la empresa sublime de un príncipe grande é ilustrado, la causa de la humanidad entera me hacia celebrar con entusiasmo los triunfos que sentaron en el trono de Portugal á su augusta bija la reina fidelísima, mi alma se enagenaba de gozo al contemplar en ellos un presagio, ó mas bien un precursor, de otra suerte no menos venturosa para mi pais.

V. M. se dignó nombrarme para desempeñar el ministerio de Hacienda, y me impuso asi unos deberes, ya que no superiores á mi resolucion y buena voluntad, muy espinosos y graves en las circunstancias en que se halla el Estado. La inmensidad del peso hubiera podido acobardarme, si de una parte no me estimulara la gratitud à la real confianza de V. M., y de otra no me infundieran alientos las virtudes y el patriotismo de tantos hombres eminentes y distinguidos, que son el ornamento y las esperanzas de España.

Dediquéme entonces con afan al arreglo de los muy importantes negocios que, enlazados con el crédito y bienestar del reino vecino, se hallaban puestos á mi cuidado por el gobierno de S. M. fidelísima, y al fin logré concluirlos, si no con la brevedad que deseaba, con toda la actividad que fué posible.

Pisé, por fin, Señora, el suelo amado de la patria; y con franqueza lo confieso á V. M., por primera vez de una vida no acostumbrada a ceder al temor ni al sobresalto, conocí dentro de mí mismo que las dificultades habian crecido hasta tal punto, que to—

das mis fuerzas no bastarian para sobrellevarlas. Hombres de bien, de virtud, sin mancha; cuantos me han saludado á mi regreso, todos á porfia han intentado persuadirme que mi sobrecogimiento no se ajustaba con la opinion pública ni con lo que ella se prometia, nas que de mis luces, de mi celo y de mi antigua decision por la santa causa que está defendiendo España, la causa del trono de Isabel II y de las leyes fundamentales, en que descansa la única y verdadera libertad.

Gratos y de consuelo podian ser tales anuncios; pero la voluntad de V. M. acabó de triunfar de mis temores. Yo he oido de su augusta boca que se halla resuelta á formar un ministerio que satisfaga las necesidades legítimas del pais, que quiere no se pierda un momento en dictar con tino y ejecutar con acierto todas las medidas que sean oportunas para calmar las pasiones, reunir y conciliar los ánimos, estinguir las discordias y hacer que la voluntad de los españoles sea una, y esta la de salvar y hacer feliz y poderosa á su patria. Las bendiciones del pais, acompañadas de lágrimas de placer, recibirán estas medidas de ventura, á que es tan acreedor el leal y magnanimo pueblo español.

Constituido un ministerio compacto, fuerte, homogéneo, y sobre todo responsable, que se robustezca con las simpatías y el apoyo de la representacion nacional, el gobierno de V. M. habrá de dedicar simultánea é incansablemente sus conatos y tareas à poner breve y glorioso fin, sin otros recursos que los nacionales, á esa guerra fratricida, vergüenza y oprobio del siglo en que vivimos, y mengua de la voluntad de la nacion; á fijar de una vez y sin vilipendio la suerte futura de esas corporaciones religiosas, cuya reforma reclaman ellas mismas de acuerdo con la conveniencia pública; á consignar en leyes sabias todos los derechos que emanan y son, por decirlo asi, el único y sólido sosten del régimen representativo; á reanimar, vigorizar, ó por mejor decir, á crear y fundar el crédito público, cuya fuerza asombrosa y cuyo poder mágico debe estudiarse en la opulenta y libre Inglaterra; y en pocas palabras, á procurar y afianzar con las prerogativas del trono, los derechos y los deberes del pueblo; porque sin este equilibrio es ilusivatoda esperanza de pública felicidad.

Estas leyes levantarán y darán concluido, segun lo ha prometido V. M., el magestuoso edificio de nuestra libertad legal, y elevarán la nacion à aquel grado de gloria, de grandeza y de poder que la Gran Bretaña debe a los principios consignados en su Carta magna y en su celebrado bill de derechos. Solo de este modo, Señora, puedo arrojarme al árduo desempeño de la inmensa obligacion que he contraido; y solo sometiéndonos todos al imperio santo de las leyes, y sin mas esfuerzos que los exigidos por ellas, podremos decir muy pronto: «La patria se salvó, y con ella el trono de Isabel II y sus garantías legales.»>

Madrid 14 de setiembre de 1835-Señora.-A L. R. P. de V. M. con el mayor respeto su mas obediente y fiel servidor,Juan Alvarez Mendizabal.

INDICE DEL TOMO II.

LIBRO TERCERO.

Discusiones y decision sobre el proyecto de ley de Hacienda.-Reconocimiento de la deuda estrangera y autorizacion para contratar un empréstito de 400 millones.-Negóciase este con la casa de Ardoin.-Discusion del proyecto de ley de milicia urbana.-Apruébase este proyecto de ley. Fisonomía de las Cortes de 1834.-Proclama de Mina.-Bloqueo de Elizondo.-Encuentros de Espartero con Villareal y Castor.-Operaciones de Córdova.-Entra un convoy en Pamplona.-Zumalacárregui sitia y toma á Villafranca.-Brillante defensa de los urbanos que la guarnecian.-Llauder reemplaza á Zarco del Valle en el ministerio de la Guerra.-Sale Mina de Pamplona en persecucion de Zumalacárregui.-Combates de Sorlada y Unzué.—Parte Córdova à Madrid.—Estado de las bandas carlistas en varias provincias de España.Accion de Ormaistegui.-Accion de Arquijas entre Lorenzo y Zumalacárregui.-Sublevacion militar en Madrid y muerte del general Canterác.-Vivas interpelaciones en ambos Estamentos.-Deja Llauder el ministerio de la Guerra, y le reemplaza el general Valdés.Toma de los Arcos.-Accion de Ciga.-Sitio y toma de Irurzun y Echarri-Aranaz.-Abandono de Olozagoitia. -Ataque de Eraso contra Bilbao.-Combate de Montejura y Arroniz.-Sale Córdova de Madrid al frente de una division.-Peticion de sesenta diputados para que sancione la reina la ley de Milicia Urbana.-Artículo adicional propuesto por el ministerio.-Parte Valdés para las provincias del Norte.-Dimision de Mina.-Llega

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