Breves consideraciones sobre el derecho de gracia |
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Términos y frases comunes
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Página 17 - Podrá también el Gobierno mandar formar el oportuno expediente, con arreglo á las disposiciones de esta ley, para la concesión de indultos que no hubiesen sido solicitados por los particulares ni propuestos por los Tribunales de Justicia. Art. 22. Las solicitudes de indulto se dirigirán al Ministro de Gracia y Justicia por conducto del Tribunal sentenciador, del Jefe del establecimiento ó del Gobernador de la 96 provincia en que el penado se halle cumpliendo la condena, según los respectivos...
Página 30 - En el caso de que un tribunal tenga conocimiento de algún hecho que estime digno de represión, y no se halle penado por la ley, se abstendrá de todo procedimiento sobre él, y expondrá al Gobierno las razones que le asistan para creer que debiera ser objeto de sanción penal.
Página 15 - ... que hubiese incurrido y no hubiese cumplido todavía el delincuente. Se reputará también indulto parcial la conmutación de la pena ó penas impuestas al delincuente en otras menos graves.
Página 17 - III. DEL PROCEDIMIENTO PARA. SOLICITAR Y CONCEDER LA GRACIA DE INDULTO. Art. 19. Pueden solicitar el indulto los penados, sus parientes ó cualquiera otra persona en su nombre , sin necesidad de poder escrito que acredite su representación.
Página 17 - Art. 16. Podrán además imponerse al penado en la concesión de la gracia las demás condiciones que la justicia, la equidad ó la utilidad pública aconsejen. Art. 17. El Tribunal sentenciador no dará cumplimiento á ninguna concesión de indulto cuyas condiciones no hayan sido previamente cumplidas por el penado, salvas las que por su naturaleza no lo permitan.
Página 16 - El indulto de la pena principal llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, á excepción de las de inhabilitación para cargos públicos y derechos políticos y sujeción á la vigilancia de la Autoridad, las cuales no se tendrán por comprendidas, si de ellas no se hubiese hecho mención especial en la concesión.
Página 18 - Fiscal y á la parte agraviada, si la hubiere. Art. 25. El Tribunal sentenciador hará constar en su informe , siendo posible, la edad, estado y profesión del penado, su fortuna, si fuere conocida, sus méritos y antecedentes, si el penado fue con anterioridad procesado y condenado por otro delito, y si cumplió la pena impuesta ó fue de ella indultado, por qué causa y en qué...
Página 16 - ... procesales que no correspondieren al Estado ; pero sí de la pena subsidiaria que el penado insolvente hubiere de sufrir por este concepto. Art. 10. Si el penado hubiere fallecido al tiempo ó después de existir causas bastantes para la concesión de su indulto , podrá relevarse á sus herederos de la pena accesoria de multa, con arreglo á lo dispuesto en los artículos 8.° y 9.
Página 16 - ... escala gradual. Sin embargo de lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá también conmutarse la pena en otra de distinta escala cuando haya méritos suficientes para ello, á juicio del Tribunal sentenciador ó del Consejo de Estado, y el penado además se conformare con la conmutación.
Página 18 - Justicia la hoja histórico-penal y el testimonio de la sentencia ejecutoria del penado, con los demás documentos que considere necesarios para la justificación de los hechos. Art. 27. Los Tribunales Supremo...