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Las ordenanzas navales de Aragón, redactadas por Bernardo de Cabrera en 1354, contienen prevención análoga:

«Siempre que haya escuadra de cuarenta galeras arriba, la galera del General llevará un estandarte no tan grande como el mayor, el cual estará en el tendal sobre la carroza, á fin de que se conozca su galera. Y los Vicealmirantes tendrán sobre la carroza de sus galeras una bandera real, á fin de que se conozcan ser suyas. En ninguna escuadra donde haya Capitán general, Almirante, Vicealmirante ó lugarteniente de ellos, nadie podrá llevar bandera con su divisa, excepto el que fuese noble ó rico-home, señor de pendón, después que la galera de los sobredichos habrá hecho el saludo. Antes bien, deberán llevar tan solamente bandera con la divisa del señor Rey y la del Almirante Capitán general ó del que fuese de la armada. Pero podrán llevar banderolas con su propia divisa cuantas quieran, en proa» '.

Después de unidos los reinos, agregado el de Portugal, mucho más era precisa la insignia que indicara unión de aquellos elementos marítimos. Entre las banderas particulares consentidas á los Capitanes de bajel, descollaba la del Almirante; pero siendo ésta privativa del reino, mostraba en Flándes las aspas de Borgoña; en Nápoles las águilas negras con los bastones de gules;

Repite y comenta las disposiciones de las Partidas D. Alonso de Cartagena, obispo de Burgos en el Códice titulado Doctrinal de Caballeros, capitulo que nombra Qué cosa es la guerra de la mar e de qué cosas han de estar guisados los que la quisieren facer. Academia de la Hist. Colecc. Salazar, K, 87.

en Portugal las quinas, y era menester que el Capitán general de la mar, jefe y caudillo de todas, tuviera arbolado el estandarte real, aquél que resumía y juntaba las armerías de los otros, aquél ante el cual todos los otros se abatían por símbolo de la nación juntamente con la monarquía. Así se estableció y previno en las Ordenanzas militares, títulos é instrucciones de los Capitanes generales, llegando á ser una sola y misma divisa la que en mar y tierra se hacía visible á amigos y enemigos, ya en los campos de batalla, ya en los alardes de las fiestas, ya en las plazas y castillos de la costa, ya en las más lejanas tierras visitadas por las naves.

A estos preceptos de unidad vino á agregarse, no sin oposición y resistencia pasiva, por novedad, el de la proclamación ó alzar pendones por el nuevo Rey, que dispuso el Cardenal Cisneros durante la regencia, en solemnidad y celebración del advenimiento de D. Carlos I. Para la ceremonia se ordenó en ciudades y villas la subrogación de los antiguos pendones de los Concejos, debiendo alzarse el de las armas reales; ese mismo que ejércitos y armadas tremolaban, el que por la uniformidad inalterable en la sucesión de los Monarcas era y debía ser considerado único, genuino, definitivo símbolo y divisa de la nacionalidad española. Entre el que guiaba á los ejércitos, reunía las armadas ó convocaba á los pueblos, no había ya otra diferencia que las dimensiones proporcionadas al objeto de mostrarlo en una lanza ó en el tope de un mastelero: la forma en unos y otros era cuadrada; la figura, la de las armas combinadas de los reinos unidos, en la procedencia y conformidad antes

explicada; el nombre determinado por el objeto: guión real, en los ejércitos; estandarte real, en las armadas; pendón real, en los pueblos.

Resumiendo este minucioso capítulo, se muestra que, compuesto con los blasones de los reinos separados de León, Castilla, Cataluña, Aragón, Navarra y Portugal, por conciertos y deliberadas disposiciones el escudo de las armas reales, símbolo común de la nacionalidad española, había éste de presidir á todo acto en que la nación estuviera interesada y se ponía por tanto en alto en los estandartes, guiones ó pendones de los caudillos superiores de los ejércitos de mar y tierra.

Que el jefe superior de la fuerza armada, llegando á la categoría de Condestable, Capitán general ó Almirante, no podía usar de distintivo privado, ni de otro que no fuese el de las armas reales, sinónimo de escudo, blasón ó divisa de la nación.

Que fuera de las funciones propias de la guerra ó de la representación oficial, ni los funcionarios militares dichos, ni otro alguno, Grande, título ó Príncipe había de ostentar como suyo el blasón que era del común de los españoles.

Que el Rey, á quien por cabeza y representación del reino pertenecía siempre el uso de las armas reales, se servía de símbolo distinto en ocasiones de mostrar ó hacer patente la presencia de la persona real.

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Que la bandera era signo inferior de representación limitada á corporación ó persona, como los escudos de armas de cindades y de caballeros.

V.

Bendición del estandarte.-Pleito homenaje.-Saludo.Acompañamiento.-Forma y figuras.

Desde el momento en que se atribuía al estandarte la representación simbólica de la sociedad nacional, debía de ser objeto de veneración y del más alto prestigio por tendencia natural en cuantos la formaban: debía de tenerse en honra singular tan grande como la dispensada á los regentes, y mayor si cabe, pues que antes son los pueblos que los que los gobiernan; mirarse mucho las manos en que se ponía; estimar la conquista de las enemigas el acto más meritorio del soldado, como la pérdida de las propias, el más infortunado acontecimiento, conservando para ellas el sublime significado de las matronas espartanas, cnando al despedirse de sus hijos, antes de la batalla, recomendaban que volvieran con el escudo ó sobre el escudo.

Entre los romanos se prestaba juramento á las insignias en presencia de los augures; los pueblos cristianos exigieron también de sus soldados el juramento de fidelidad, y por veneración mayor santificaron la enseña con la bendición de la Iglesia, que asociaba las ideas de religión, patria y rey. El documento más añejo que lo atestigua es del tiempo de Enrique II, pero es sabido que desde los de Pelayo, al empezar la guerra contra los moros, guerra de religión tanto como de reconquista, á los signos de la posesión terrenal de los Estados se

añadió en los escudos, y por consiguiente, en las banderas y estandartes, aquellos otros destinados por los cristianos á la memoria de la redención y vida eterna.

Enrique II y Juan II ordenaron las ceremonias de la bendición, las del juramento y pleito homenaje bajo que el estandarte se entregaba á los Capitanes generales ó Almirantes, los honores reales que con la voz y las armas habían de hacerse á la insignia nacional, recopilando los usos y tradiciones de las edades pasadas, que con ligera variación han seguido y prevalecen en las ordenanzas militares. En las fechas que se escriben con letras de oro, en los días de las Navas, del Salado, de Lepanto, de las Azores, rodilla en tierra, humilladas las armas, descubiertas las cabezas, saludaron nuestros soldados con veneración y entusiasmo el noble pendón en que castillos y leones, bastones y cruces se daban al viento en señal de batalla, cobijados por el manto de la Madre del Redentor ó acompañados de la imagen del patrón de España. ¡Cuántos la enrojecieron con su sangre! ¡Cuántos escalaron con ella muros de enemigos ó asaltaron al abordaje los navíos! ¡Cuántos por ella dieron la vida!

Volviendo á recopilar noticias, Don Alfonso X escribía en el Espéculo 3:

«De las señas decimos otrosi, que deben seer guardadas mas que otra cosa..... ca por eso ha nombre seña,

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