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imperiosamente que dejasen el puesto que ocupaban, mayormente á aquellos que de la mayor buena fé, abrazando el Sistema Constitucional, se prestaban con prontitud y eficacia, y aun se anticipaban á cuanto exigía su restablecimiento. Empero la Junta, firme siempre en sus principios, y penetrada de la conveniencia de este, insistió sin descanso en que se llevase á efecto, como así sucedió al cabo, despues de haberse variado algunas elecciones, que no llenaban todavía cuanto se necesitaba la espectacion pública. Y de resultas de todo, llegó á componerse el Ministerio de empleados bien conocidos en la Nacion por sus eminentes servicios, por las persecuciones que padecieron en la época anterior, y mas principalmente por fundadores muchos de ellos, del Régimen Constitucional, el cual imponía á la Junta, por otro lado, la obligacion de respetar las funciones del Poder egecutivo, y esta es la causa de que, despues de restablecido el Sistema, huyera con cuidado de mezclarse en la provision de ningun destino.

Correspondiencia con las Juntas Provinciales.

Cuánto dependía la consolidacion del Sistema de aumentar, si dable era, la conformidad de idéas de las Juntas de las Provincias y de esta Provisional, no hay para que ponderarlo y encarecerlo. Erigidas con un mismo objeto, desempeñandole con igual celo verdaderamente patriótico, haciendose todas dignas del aprecio Nacional, se necesitaba que todas caminasen con union y enlace, como que sin él habría desaparecido la unidad del gobierno, hubiera menguado la dignidad de su representacion para con las Potencias estrangeras, y nada hubiera adelantado, ó mejor dicho, habría padecido mucho el orden administrativo del Estado; y tocaba por suerte á la Junta el cooperar á este interesantísimo obgeto, ora por hallarse situada en el centro de la Monarquía, ora por estar á la inmediacion del Poder egecutivo, circunstancia que por cierto no debe perderse de vista en el examen de la conducta de la Junta, pues claro es, que la proporcionaba simultaneamente facilidades y obstáculos para seguir la marcha que se había propuesto, y estos y aquellas están á la vista de cuantos con imparcialidad mediten sobre la posicion de la Junta.

Aunque en todas partes había sido una misma la causa de su revolucion, uno mismo el obgeto del alzamiento y formacion de las Juntas, y á la igualdad de estas causas debian corresponder efectos iguales, si las cosas morales tuviesen la misma homogeneidad de elementos que las físicas, causaba no poca inquietud á esta Corporacion el peligro que corría la unidad, en el largo espacio de cuatro meses que tenian que durar los gobiernos

populares de las Provincias que se habian alzado, por poco que el choque de las pasiones y de los intereses se separase de la estrecha senda, que el interes general exigía que siguiesen. Este mismo exigía tambien que no se disolviesen aun despues de establecidas las autoridades Constitucionales, hasta la reunion del Congreso, porque si bien debian dejar espedito á aquellas el egercicio de sus funciones, debian quedar permanentes, como vigilantes del establecimiento del nuevo Sistema, y garantía de su conservacion. Mucha virtud, y no poca sabiduría, necesitaban estos gobiernos populares para atemperarse al egercicio de atribuciones tan indeterminadas, y cuyas facultades solo están escritas en el corazon de los hombres prudentes y virtuosos, y mucho desasosiego y cuidado ocasionaron á la Provisional, todas las ocurrencias que se separaban de sus principios, porque todas en este caso, podian ser síntomas de una divergencia peligrosa. Pero ¡ó benéfica Providencia! ó virtud nunca vista, y prudencia consumada del pueblo Español, y de los gobiernos populares que le han conducido á la libertad por el camino de la moderacion! Sin vosotras hubieran sido vanos é inútiles los cuidados y esfuerzos de la Junta, para conseguir tan dificil obgeto; sin vosotras no se hubiera dado el peligroso salto del gobierno arbitrario al constituido. Vuestra es la gloria de tan maravilloso suceso; la Provisional se honra con la de haber contribuido á reunir los Españoles al rededor del Altar de la Patria y del Trono Constitucional. Este fue el principal obgeto que la Junta llevaba en todas sus comunicaciones, desde la primera que abrió con el General Quiroga y Junta de San Fernando, hasta las últimas que constan de su correspondiencia con las demas Juntas y Autoridades.

Ademas de cultivar la fraternidad y union general, era menester precaver los obstáculos que se opusiesen á su conservacion en cada parte de la Monarquía, y asegurar la tranquilidad necesaria para el establecimiento de las nuevas instituciones. El Egército que se llamó reunido de Andalucía, debía ser mandado por un General que reuniese la confianza del de la Isla y de la Nacion entera. La custodia de la importantísima Plaza de Cadiz, de ese Pueblo tan heróico como desgraciado, debía fiarse á unos Ciudadanos armados que mereciesen su aprecio, y con quienes pudiese vivir en absoluta conformidad de idéas. Convenía tambien que el mando de aquella hermosa Provincia recayese en persona benemérita que la conociese y fuese amada de ella, y en quien la Constitucion tuviese un defensor ilustre por sus persecuciones y servicios, y todas estas necesidades fueron atendidas por la Junta, logrando que el General O'Donoju mandase el Egército reunido, que las tropas de la Isla guarneciesen á Cadiz, y que á Don Cayetano Valdés se le encomendase el mando de esta Plaza

y su

Provincia. Mas ¿por qué fatalidad había de ser Cadiz, el único pueblo de España en que se derramase la sangre despues del 7 de Marzo, y con una porcion de circunstancias que hacen mas horrorosa su desgracia? No le bastaba haber sufrido pérdidas irreparables en su comercio, haber padecido las fatigas y privaciones de un asedio porfiado; haberse sacrificado por la independencia y salvacion nacional, y haber sido el teatro de mortíferas epidemias? No, que todavía le estaba reservado al salir de la última, sobre el ver á sus puertas la libertad y no poder acogerla en sus muros; y debía gozarla, todo le estaba reservado, que en el momento mismo en que el mas pérfido asesinato, la mas negra de las traiciones que presenta la historia del crimen, dilatase todavía la posesion de esa Deidad, ya tutelar de España; convirtiese en luto su alegría, y en acentos de dolor y muerte los cantos patrióticos que entonaba, al irse á colocar el símbolo del imperio de la Ley, la lápida de la Constitucion.

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¡O aciago dia 10 de Marzo! Por qué viniste á manchar la gloriosa página de nuestra revolucion? Por qué viniste á envenenar el universal gozo y alegría de toda España, á destrozar el corazon del Rey, y á llenar de dolor y despecho á la Junta Provisional? ¿Por qué viniste á desmentir las esperanzas y cuidados de los buenos por el restablecimiento de la Carta, sin la efusion de una sola gota de sangre? Porque aun hay aduladores ambiciosos é hipócritas sacrílegos, que emplean el nombre del Rey para destruir la Ley, sin la cual no tiene el Trono una existencia gloriosa y segura, y el de la Religion para seducir y embrutecer al pueblo á quien devoran; al abrigo de estas palabras santas quieren esconder sus viles pasiones, que no son otras que gozar, y hacer suya la autoridad del Moha la sustancia del Pueblo. Pero Cadiz los ha conocido; narca y ya esperimentado el resultado de sus artes, la traicion, el asesinato, la violencia, el robo y todos los delitos que abriga el criminoso corazon de tales hombres. Ya no engañará á Cadiz el hábito por muy respetable que sea, ni el celo por muy bien fingido que se presente; las palabras de Religion y Rey serán sospechosas en todos los que las pronuncien sin honrarlas con sus virtudes y con sus servicios desinteresados: España toda los va conociendo ; el suceso de Cadiz, lejos de dar una victoria á la hipocresía y á la ambicion, ha dado á la razon el arma poderosa de la esperiencia, único medio con que se desengaña el Pueblo. ¡ Españoles! no se os caigan de la memoria los horrores cometidos en aquella Ciudad; ellos solos, si no los olvidais, os harán evitar el despotismo, porque os harán conocer á los hombres interesados en establecerse para dominaros. Cuando oigais á alguno, bajo cualquiera pretesto que sea, hablar contra la Constitucion, el gobierno representativo ó el Rey Constitucional, marcadle al instante con vuestra in

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dignacion, y decid: "Este ó es de los malvados asesinos de Cadiz, ó piensa como ellos;" sin que de este concepto se esceptue clase, dignidad ni estado. Pero echemos un velo sobre este dia de maldicion, y sobre las atrocidades que vió cometidas sobre Cadiz y sus pacíficos habitantes; la pluma se resiste á describirlas, un furor noble y justo se enciende al considerarlas; y dejando al cuidado de las Leyes la averiguacion de los que las perpetraron, y al brazo de la Justicia su condigno castigo, la Junta se limitará á manifestar en este lugar, que mirando este suceso adverso con todo el interes que exigía su gravedad y trascendencia, procuró en cuanto estuvo de su parte, la pronta formacion de causa á sus autores; que con frecuencia se tuviese noticia de lo que se adelantaba en este proceso por desgracia célebre; el auxilio á los hijos y parientes de las víctimas de aquella catástrofe, no menos dignas de la consideracion y aprecio Nacional que las del memorable 2 de Mayo de 1808; en fin, cuanto podía contribuir á satisfacer la vindicta pública, tan altamente ultrajada, y enjugar las lágrimas con tan justo motivo derramadas por el ínclito Pueblo de Cadiz.

Y sea dicho en debida alabanza de sus virtudes. Este mismo Pueblo, el único agraviado de todo el Imperio de las Españas, despues del 7 de Marzo, el único en que la alevosía y la crueldad se habian egercitado con tan sin igual atrocidad, el único á quien la restauracion de nuestro Código había costado tanto y tan amargo llanto; este mismo Pueblo, olvidando la pena que debía afligirle, y exaltado de júbilo con el restablecimiento del régimen Constitucional, espuso al Rey los heróicos sentimientos de que estaba animado en dos enérgicas representaciones, remitidas á la Junta Provisional, que dan á entender la ilustracion y patriotismo del Ayuntamiento Constitucional. Noble y decidida adhesion de Cadiz á la Ley fundamental, que nació en su territorio, obgeto digno de su aficion constante, y de su ardiente anhelo, amor y lealtad al Monarca Constitucional, reconocimiento y gratitud á las disposiciones subsecuentes al lamentable 10 de Marzo ; en una palabra, el lenguage sublime de todas las virtudes cívicas, brillan á la vez en las esposiciones del Ayuntamiento de Cadiz, así como se hallan albergadas en el generoso pecho de sus habitantes.

Pagado ya el justo tributo de alabanza á los eminentes servicios hechos por las Juntas de las Provincias, y al espíritu de union y orden que ha reinado en ellas, la Provisional solo debe decir, que por su parte ha procurado en su larga y estensa correspondencia con ellas, estrechar estos vínculos con la mas noble franqueza y cordialidad, que consta de los escritos y de las comunicaciones verbales, tenidas con los beneméritos Vocales de algunas de ellas, comisionados para obgetos de su instituto.

Pero creadas las Juntas de las Provincias que se anticiparon á tan

grandes empresas, instalada la Provisional, y reconocida la necesidad de la permanencia de aquellas ¿por qué no se adoptó el medio que propusieron algunos celosos Ciudadanos, é indicó tambien la respetable Junta de Galicia*, para estrechar la confianza y la union entre el gobierno y los gobernados? Por qué no se llamaron Vocales de las Juntas de las Provincias, que hubieran venido á ocupar en la Provisional un digno y tan merecido asiento? No se egecutó así en 1808 cuando la reunion de la Junta Central? No se hubiera logrado, de esta manera, mayor conformidad de sentimientos entre todas las de ahora, y mayor celeridad en la observancia de las disposiciones del Poder egecutivo?

La Junta fue criticada, y acaso con demasiada severidad, por no haber adoptado esta medida. A celos mezquinos de mando no dejó de atribuirse el que la resistiese; y censura tan injusta hubo de sufrirla con resignacion, antes que prestar su apoyo á una disposicion en su concepto imposible, innecesaria y aun perjudicial: imposible, porque atendida la diversa composicion de las Juntas de las Provincias, y reconocido el principio de que la voluntad de las Capitales no debe considerarse como la de todas ellas, era preciso, que las erigidas con anterioridad al Decreto de 7 de Marzo, ó á la noticia de su existencia, hubiesen sufrido la reforma que prudentemente se dieron á si propias las de Aragon, Cataluña y Navarra, buscando el sufragio de los partidos, y porque la justicia, la igualdad y la conveniencia reclamaban que concurriesen Diputados de las Provincias que carecian de Juntas, y forzoso era fuesen antes erigidas. Por consiguiente, en todo se hacía indispensable escuchar el voto de los partidos; ; y no hubiera sido chocante, se ocuparan estos en semejantes elecciones, al tiempo mismo que hacian la de Diputados á Cortes? Cuándo, por otra parte, hubiera podido reunirse toda esta Corporacion inconstitucional? Cuando lo hubiera estado la representacion de la Nacion Española.

Pero entonces era innecesaria su presencia, sin que por eso dejase de serlo, aun cuando hubiera podido congregarse con mucha anterioridad. Creada la Junta Provisional para aconsejar y vigilar, y no para dirigir y

* La diferencia de opinion en esta materia, no debe disminuir la alta reputacion á que se ha hecho acreedora la Junta de Galicia, porque solo fue nacida de su ardiente celo por la causa de la libertad, y de no poder tener por su distancia del gobierno, la seguridad que la Provisional tenía de la decision de este por el nuevo Sistema. La delicadeza de la Provisional, aunque ha hecho el debido elogio de estas Corporaciones, no puede menos de hacer esta justicia, que merece la muy benemérita de Galicia, al tiempo de manifestar las razones de haber pensado de distinto modo, aunque con el mismo obgeto.

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