Comentarios á la tutela |
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Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 241 - Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.
Página 289 - Hasta pasados quince días después de la rendición de cuentas justificadas no podrán los causa-habientes del menor, ó éste, si ya fuere mayor, celebrar con el tutor convenio alguno que se relacione con la gestión de la tutela. El consejo de familia, sin perjuicio de los arreglos que pasado ese plazo puedan hacer los interesados, deberá denunciar á los Tribunales cualesquiera delitos que se hubiesen cometido por el tutor en el ejercicio de la tutela (%). Art.
Página 361 - La junta para la formación del consejo de familia será presidida por el Juez municipal. Los citados están obligados á comparecer personalmente, ó por medio de apoderado especial, que nunca podrá representar más que á una persona. Si no comparecieren, el Juez podrá imponerles una multa que no exceda de 50 pesetas.
Página 266 - ... la fijará teniendo en cuenta la importancia del caudal y el trabajo que ha de proporcionar su administración. En ningún caso bajará la retribución del 4, ni excederá del 1o por 10o de las rentas ó productos líquidos de los bienes.
Página 371 - El consejo de familia para los hijos naturales se constituirá bajo las mismas reglas que el de los hijos legítimos, pero nombrando Vocales á los parientes del padre ó madre que hubiese reconocido á aquéllos.
Página 74 - Si hubiere varios hijos ó hermanos, serán preferidos los varones á las hembras y el mayor al menor. Concurriendo abuelos paternos y maternos, serán también preferidos los varones; y, en el caso de ser del mismo sexo, los de la línea del padre.
Página 221 - Para continuar el comercio ó la industria á que el incapacitado ó sus ascendientes ó los del menor hubiesen estado dedicados. 5.° Para enajenar ó gravar bienes que constituyan el capital de los menores ó incapaces, ó hacer contratos ó actos sujetos á inscripción. Q.° Para colocar el dinero sobrante en cada año después de cubiertas las obligaciones de la tutela. 7.°...
Página 123 - Los condenados á cualquier pena corporal, mientras no extingan la condena. 4.° Los que hubiesen sido removidos legalmente de otra tutela anterior. 5.° Las personas de mala conducta ó que no tuvieren manera de vivir conocida. 6.° Los quebrados y concursados no rehabilitados.
Página 124 - Los que. al deferirse la tutela, tengan pleito pendiente con el menor sobre el estado civil. 9.° Los que litiguen con el menor sobre la propiedad de sus bienes, á menos que el padre. ó en su caso la madre. sabiéndolo, hayan dispuesto otra cosa. 10. Los que adeuden al menor sumas de consideración, á menos que, con conocimiento de la deuda. hayan sido nombrados por el padre, ó en su caso, por la madre.
Página 32 - ... está obligado á alimentar. Igual facultad corresponde á la madre: pero, si hubiere contraído segundas nupcias, el nombramiento que hiciere para los hijos de su primer matrimonio no surtirá efecto sin la aprobación del consejo de familia.