Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen128Revista de legislación, 1906 |
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Términos y frases comunes
13 de Marzo Administración Aduanas aleaciones algodón aplicación aprobación arreglo artículos autorización Ayuntamiento cáñamo certificación ción civil clase cobre Comisión permanente Consejo Considerando Corporaciones correspondiente Cuerpo Dado en Palacio debe declaración Delineante derechos determina digo á V. I. Director disponer disposiciones documentos efectos Enero Escribientes establecimientos exceda expediente expresados Febrero fibras vegetales fiscal funcionarios Gaceta de Madrid Gobernación guarde á V. I. Hacienda hierro ó acero ídem íd Ilmo impuesto Ingeniero Jefe Ingenieros subalternos Inspección Inspector instancia Instrucción interesado kieserita Kilogr kils labrar lana madera Manuel García Prieto Marzo materia obrada metales milímetros Ministerio Ministro municipal níquel núm número objetos obras orden lo digo oro ó plata p. n. Idem pesetas plazo Presidente procederá provincia provinciales pública Real decreto Real orden reglamento reintegro respecto Rey Q. D. G. S. M. el Rey Sanidad Sección serán servicio solicita subasta tarifa tejidos tículo timbre Tribunal Véase la materia Veterinarios zinc
Pasajes populares
Página 483 - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España, y en su nombre y durante su menor edad la Reina Regente del Reino; A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.
Página 126 - Sí juro. Si así lo hiciereis, Dios os lo premie; y si no, os lo demande.
Página 304 - Monarquía, y de acuerdo con mi •Consejo de ministros, vengo en decretar lo siguiente : Artículo 1.° Las Cortes del Reino se reunirán en Madrid el día 25 de marzo próximo.
Página 870 - Y conformándose SM el Rey (QDG.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VI para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VI muchos años. Madrid 18 de Abril de 1906.— Romanonet.— Sr.
Página 156 - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en...
Página 658 - Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor, con todos sus bienes presentes y futuros (4).
Página 438 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 636 - ... no acreditare haberlo dejado en libertad, será castigado con la pena de cadena temporal en su grado máximo á cadena perpetua. En la misma pena incurrirá el que abandonare un niño menor de siete años, si no acreditare que lo dejó abandonado sin haber cometido otro delito.
Página 851 - Quedan derogadas las disposiciones anteriores sobre imprenta que se opongan á la presente ley. Por tanto: Mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en Palacio á siete de Enero de mil ochocientos setenta y nueve.
Página 651 - Fundado en las consideracio'hes expuestas, el Ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto. Madrid 28 de Septiembre de 1889.— Señora: A LRP de VM, Manuel Becerra.