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nando cada elector todos los diputados de la provincia y los suplentes, haciéndose luego en la capital el escrutinio.

Este proyecto tuvo tambien dos votos particulares. Uno que formuló el marqués de Someruelos, haciendo más restrictiva la ley, pues rechazaba los electores delegados y la eleccion por provincias, proponiendo colegios electorales de á cincuenta mil almas, que nombrarian cada uno un procurador y un suplente; que la posesion para ser diputado fuera deuna renta de 12,000 rs. y la edad de treinta años, en vez de veinte y cinco: los señores Montalvo, Calderon Collantes y Serrano, querian que las capacidades hubiesen de pagar 100 á 200 rs. de contribucion.

Estos antecedentes daban lugar desde luego á no muy favorables conjeturas. Tres los proyectos, se despertarian en su discusion rivalidades; y si el gobierno no sabia dirigir los debates y dominar la discusion resistiéndose razonablemente á lo que no fuese conforme á sus ideas, y haciendo al mismo tiempo concesiones que desarmasen á la oposicion, que aun no podia ser compacta, porque se presentaba en línea por pri mera vez, las consecuencias podian ser desagradables.

Al comenzar los debates el 8, dijo el ministro de la Gobernacion que «la comision habia introducido en el proyecto de ley varias modificaciones y alteraciones que el gobierno adoptaria ó no, segun lo que arrojara de sí la discusion; pero que de todos modos esta no era una cuestion de sistema político, ni aun de sistema ministerial.»>

Esta declaracion no la creyeron todos conveniente, por cuanto que con ella se separaba hasta cierto punto de sus más ardientes defensores, como eran los indivíduos que formaban la mayoría de la comision: demostraba tambien que el ministerio no tenia sistema fijo, pues le harian los debates formular su opinion; y de esta manera se presentaba sin fuerza, sin prestigio, aislado, y permitiendo á las oposiciones coligarse.

Mostrándose partidario de la eleccion directa, combatió Martinez de la Rosa el dictámen de la comision: opinaron lo mismo algunos otros; y Toreno, sosteniendo los mismos principios, hizo observar que el sentido literal del proyecto daba á entender se conferian á los diputados prerogativas que demostraban la intencion de abolir el Estamento de próceres; por lo cual queria quedase bien consignado, que ni el Estatuto, ni ley alguna podian variarse sin la intervencion de los próceres y de la corona. Tranquilizáronle los indivíduos de la comision; y cuando el gobierno manifestó despues por boca de Mendizabal sus intenciones, declaró que el Estamento de próceres concurriria á la revision del Estatuto Real, y que hacia suyo el proyecto de ley de la primitiva comision, adoptando sus principales bases, sin desechar por eso las modificaciones que no estuviesen en pugna con ellas. Admitia, pues, «la union de la propiedad representada por los ma

yores contribuyentes, con la capacidad representada por varias profesiones: la eleccion por provincias y no por distritos: la libertad de elegir á cualquier español por cualquier provincia, y las modificaciones hechas en el importe y calidad de la renta para ser elegido.»>

Segun se ve, el gobierno eludia la cuestion de si habia de ser la eleccion directa ó indirecta; pero no podia permanecer mucho tiempo en esta reserva, porque discutida suficientemente la totalidad del dictámen, acordó unánime el Estamento proceder á la discusion por artículos, que por cierto no empezaba con mejores auspicios.

Sin que merezca ocuparnos la discusion de los tres primeros artículos, solo diremos del 4.o, que el gobierno, irresoluto en su deseo de conciliar todas las opiniones, y previendo una derrota que no podia ó no sabia evitar, le abandonó á su suerte. El artículo era fuertemente combatido por la oposicion moderada, que veia en él una garantía para los progresistas, y éstos le defendian con toda la elocuencia de Galiano, con toda la pasion de las Navas, y cuando esperaban que el ministerio les apoyase, le vieron, con asombro, de acuerdo con los moderados, y votar con ellos al único ministro procurador, el señor Heros.

La comision quedó derrotada: noventa y siete votos contra cuarenta y dos la hicieron retirar su dictámen, y la mayor efervescencia reinó entonces en el Estamento: casi todos los procuradores pedian á la vez la palabra: los progresistas trinaban contra un ministerio que, despues de haber sido defendido por ellos con entusiasmo, se divorciaba en esto de la comunion; y no sabemos los cargos que unos y otros se hubieran dirigido á no interrumpir oportunamente el presidente tan tumultuosa cscena levantando la sesion.

En aquella noche mediaron algunas esplicaciones entre el ministerio y la comision, justamente resentida; y en la sesion siguiente dió Mendizabal cumplidas satisfacciones, manifestando que aceptaba los artículos restantes. Satisfecha con esto la comision, las huestes progresistas marcharon más acordes, consiguiendo se aprobase el art. 5.o, que establecia la base de mayores contribuyentes, más lógica que la de la cuota fija que defendian los moderados con más pasion que razones, alegando argumentos ambíguos.

El art. 6.o, que trataba de las capacidades, fué hábilmente combatido por Toreno, y el Estamento desaprobó por setenta y nueve votos contra sesenta y tres el dictámen de la comision; pero adoptó un término medio, y aprobó por ochenta y dos votos contra treinta y seis el voto particular de la minoría, que exigia el pago tambien de alguna cuota al saber.

Reservábase la gran batalla para el art. 17, y por eso fueron discutidos los demás sin grande interés. Trataba de la eleccion por provin

cias; y como era esta una verdadera cuestion de partido, porque los moderados consideraban más seguro su triunfo en los distritos, al paso que los progresistas creian el suyo en las capitales, reunieron todas sus fuerzas, y los brillantes y magníficos discursos de Argüelles, Galiano, Lopez y Caballero, no pudieron destruir el efecto causado por los de Martinez de la Rosa y Toreno. La comision y el gobierno fueron derrotados por cinco votos, habiéndose abstenido de votar quince procuradores.

El ministerio recogió el fruto de su sistema en abandonar á sus amigos y defensores en la votacion del art. 4.o, alentando así á la oposicion y preparándola el camino para un triunfo como el que consiguió en la memorable sesion del 24.

CONSECUENCIAS DE LA SESION DEL 24 DE ENERO.- DISOLUCION DE LAF

CÓRTES.

XVII.

Cuando la oposicion, más apasionada que prudente, vió las consecuencias que habian de seguir á su proceder, y que habia derrotado á un ministerio que apoyaba el país, se asustó, y muchos de sus indivíduos corrieron presurosos á ofrecer su apoyo á Mendizabal, y á proponerle la disolucion del Estamento popular.

Si el objeto de los moderados habia sido provocar una crísis ministerial, conocieron al punto que la retirada de Mendizabal dejaba sin gobierno al país, como lo declara francamente uno de los ilustrados personajes del partido moderado, añadiendo «ser notorio que durante la >>crísis, nadie osaria cargar con la enorme responsabilidad que el dicta>> dor-así llama á Mendizabal-habia echado sobre sus hombros.>>

Mendizabal, necesario entonces, estaba indeciso en la conducta que habia de seguir: ya pensaba aceptar como un hecho consumado la votacion del 24 y dejar seguir tranquilamente hasta su fin la discusion pendiente; ya considerarla como cuestion de gabinete, y dimitir; ya disolver las Córtes; pero todo tenia sus inconvenientes, y no leves. En el primer caso, su posicion en el Estamento era desairada; en el segundo, ponia al borde del abismo á la nacion, y en el último se ponia en contradiccion consigo mismo, porque al comenzar los debates de la ley electoral habia dicho noble y patrióticamente, que el gobierno haria cuanto estuviera de su parte para que el Estamento actual estuviera reunido, si era posible, hasta la víspera misma del dia en que el otro le reemplazase, pues le consiberaba como su mayor garantía, y que habia pedido

el voto de confianza con la intencion de usar de él en presencia de las mismas Córtes.

Sin atreverse por el pronto á salir de esta crítica situacion, reservóse más tiempo para darle una solucion favorable, y ofició al presidente del Estamento de procuradores para que suspendiera las sesiones hasta que el gobierno pudiera asistir á ellas; en su consecuencia, los procuradores reunidos el 25 para continuar la discusion pendiente, se retiraron.

Mendizabal, tan resuelto, tan revolucionario en el buen sentido de la palabra, parecia estar abrumado por el peso de cinco votos, comprendiendo todo lo grave y delicado de su posicion: tuvo conferencias con sus amigos, con la Gobernadora, que se hallaba en el Pardo, y apoderada de su ánimo una agitacion febril, aumentada por la falta de descanso (1), se decidió al fin á consultar al consejo de gobierno, que aconsejó la disolucion de las Córtes.

No tenia otra solucion la crísis tan imprudentemente provocada y con tanta falta de patriotismo, y el 27 leyó Mendizabal el decreto de disolucion en los Estamentos, señalando el 27 de febrero para las nuevas elecciones con arreglo á la ley vigente. Por amor á la legalidad, negóse Mendizabal á publicar una ley provisional. Convocóse la nueva legislatura para el 22 de marzo.

Mendizabal respiró y pudo entregarse con su acostumbrada actividad á seguir dotando al país de las reformas que reclamaba.

El gabinete, en tanto, estaba incompleto. Mendizabal desempeñaba las carteras de Hacienda y Estado con la presidencia, y las de Guerra y Marina las ofreció varias veces á algunos de los hombres de más prestigie del partido exaltado, las que llevaba interinamente; pero no se decidieron éstos á aceptarlas hasta ver el aspecto de las nuevas Córtes. Otra cosa creemos tenia derecho á esperar de ellos la causa pública y el mismo Mendizabal.

SATISFACCION DADA Á BURGOS.

XVIII.

Fuerte el ministerio con la opinion pública, fué bien recibida la medida de cerrar las Córtes. Su principal mision es legislar, y cuando el

(1) Cuando abrumaba el sueño á Mendizabal, quedábase solo en el despacho, y apoyando la cabeza en ambas manos, dormia un cuarto de hora. En sus rápidos viajes al Pardo, aprovechaba para lo mismo el tiempo, y pasaba algunos dias sin dormir, merced al uso del baño. Así quebrantó su salud tan solícito gobernante, acreedor por solo esta circunstancia à la gratitud de sus conciudadanos.

país, destrozado por los partidos, arde en guerra fratricida y están exaltadas las pasiones, no pueden formarse las leyes con la tranquilidad que necesitan. El santuario de los legisladores se convierte entonces en palenque de contiendas, y en vez de discursos profundos y razonados, se pronuncian arengas tribunicias. El gobierno, además, no podia, tan reducido en su personal, atender á la discusion de ambos Estamentos, sin abandonar los asuntos de la guerra, y procurarse los recursos necesarios para ella.

Todos los proyectos tenian que ser mirados en el interés de partido, y no podian, por lo mismo, convenir á todos. Concedióse, es verdad, unánimemente el voto de confianza; pero se concedió por haber sido considerado de necesidad.

Hallábase en el mismo caso el proyecto de arreglo de la milicia urbana, y la satisfaccion dada por el Estamento de próceres al ilustrado don Javier de Burgos. Interesaba á todos los liberales reglamentar y aumentar la fuerza ciudadana, cuyo nombre se varió por el más significativo de guardia nacional; y existia una razon de justicia en rehabilitar la mal parada honra del que facilitó el empréstito de Guebhard, arrojado el año anterior del Estamento sin ser oido. Una comision de próceres y procuradores, encargada del exámen de aquellas operaciones, declaró, escuchando solo á la razon, que nada habia digno de censura en la parte que en ellas tuvo Burgos y que, habiendo cesado los motivos de su suspension temporal, se le citase de nuevo á las sesiones. Este acuerdo unánime se proclamó en la sesion pública del 2 de enero, y comunicado que le fué á París, donde residia, centestó aceptando la parte dispositiva de la resolucion, y protestando contra el supuesto de que aquella calumnia hubiese sido antes un motivo legítimo de suspension, esponiendo en su protesta las consecuencias que podia tener más tarde el reconocimiento vital ó implícito de aquel principio.

MARCHA DEL MINISTRO DE LA GUERRA AL EJÉRCITO.

XIX.

Apurado el gobierno por los repetidos y angustiosos partes de Córdova, quiso comprender por sí mismo el estado del ejército y de la lucha difícil del Norte. El conde de Almodovar, ministro del ramo, marchó á las Provincias para arreglar, decia el decreto, con presencia de la situacion de aquel país y del estado de las tropas existentes, y contando las que iban á reforzarle, los planes de campaña, así en el ejército del Norte, como en los de Castilla y Aragon, proveyendo á la disciplina, subsistencia y demás ramos militares, políticos y económicos, enla

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