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uda de su primer reconocimiento del terreno, han marchado á hacer nuevos reconocimientos 1 otras partes.

Guipuzcoanos: completemos el triunfo. La causa de Dios y del rey exigen aun algunos saificios, y estoy muy cierto que no los reusareis. Una inteligencia perfecta con las autoridades el país clasico de la lealtad, una entera deferencia à sus venerandas leyes; una confianza n límites en el celo y virtudes militares de los jefes y oficiaies y en la disciplina y valor de toos los voluutarios; un deseo eficaz, que jamás se desmentirá, del bien de los pueblos de esta enemérita provincia, serán la regla de mis operacioues. Esta bella union nos hará más fuers, las victorias se contarán por los choques, y un dia se leerá en nuestras historlas, que, LA IFDAD PUDO MÁS QUE LA FILOSOFÍA, LA LEGITIMIDAD MÁS QUE LA USURPACION Y QUE NUESROS ESFUERZOS COLOCARON Á CARLOS V EN EL TRONO DE FERNANDO, Y RESTABLECIERON LA ELIGION EN ESPAÑA.

Cuartel general de Urnieta 1.o de noviembre de 1835.

JOSÉ MIGUEL SAGASTIBELZA.

NUM. 24. Pág. 216.

Reseña del atentado contra la persona del general Eguía en 1829 (1).

Si los sucesos estraordinarios han sido en todos tiempos trasmitidos à la posteridad, parece o debe omitirse la narracion veraz y circunstanciada del hecho acaecido en la capital del ino de Galicia la mañana del 29 de octubre de 1829, hecho el más inaudito de cuantos se han onocido hasta ahora.

Los acontecimientos de Portugal ofrecieron desde su desarrollo hasta su terminacion cuidaos tan estraordinarios como los mismos sucesos, porque era consigniente tratasen de difunir la misma anarquía en el reino fronterizo, y particularmente en las provincias limítrofes, ontando para ello en Galicia con los que por dos ocasiones habian sido ya los agentes y colaoradores para promoverla. Pero la prevision del capitan general, sus prudentes medidas, la ctividad constante, la vigilancia más esquisita y el tino con que dirigia todas sus acciones, onservaron la tranquilidad y el sosiego público, ya en el período de la emigracion de los reastas portugueses, ya durante su permanencia en Orense, mandando el ejército de observaon, y ya cuando de resultas del alzamiento de Oporto, cayó sobre la frontera de Galicia todo nublado de hombres que lo promovieron. Este último pasaje, capaz de confundir en su posion al general más esperto, tuvo el éxito más feliz y el más interesante para la tranquilidad de no y otro reino, por la prudencia y enérgicas disposiciones del capitan general don Nazario guía, logrando en virtud de ellas, desarmar á más de seis mil hombres decididos y arrojados, ispersarlos en puntos donde pudiesen ser menos perjudiciales, conducirlos à los puertos onde habian de realizar su embarque, y en una palabra, hacer desaparecer como el humo á dos los cabezas de la rebelion de Oporto, y ȧ las tropas con que la sostuvieron, convenciónoles de que el apoyo con que contaban en Galicia, y por el que se dirigieron tal vez con preerencia á esta provincia, estaba ya reducido á la misma impotencia que sus calumnias, siendo na la accion del importante triunfo sin haber tenido que apelar á las armas.

Una conducta tan rígida de suyo, ofrece la consecuencia del encono que conservarian log gentes revolucionarios contra el capitan general que habia trastornado sus planes y más haigñeñas esperanzas, que habia vencido obstáculos casi insuperables, y que por medio de su olítica los tenia tan à raya. Así es que por una razon muy natural, debia temerse que aqueos apurasen todos los recursos para vengar la constante y fuerte oposicion con que el capitan eneral habia destruido sus proyectos, y ejecutado operaciones que les eran tan contrarias, y ás que todo para librarse de una persona que por sus principios, ni daba lugar à poner en ráctica las tramas, ni ofrecia la más leve esperanza de que llegasen á tener efecto; pero la

(1) La estension de este documento, escrito por el mismo Linage, nos hace omitir las observaones sobre la situacion de Galicia y otros objetos que no interesan á nuestro asunto.

misma impotencia à que habían quedado reducidos por la esquisida vigilancia, dilató su ejec cion, frustrado ya un paso que se miró con indiferencia, siendo así que debió llamar la aterción y que tiene gran analogía con el suceso de 29 de octubre.

Pero entremos en el relato de este hecho que al principio se ofreció detallar. y que la precision de formar un juicio exacto sobre las verdaderas causas que le prepararon, ha suspendid hasta ahora.

La mañana del referido dia 29 de octubre recibió S. E. el correo de Castilla y el de Lugo: segun costumbre, llamó á los secretarios y oficiales de las respectivas oficinas, à fin de resc ver aquel conforme iban abriendo los pliegos, atendiendo à la vez en los pequeños intervalos que mediaban de la abertura de uno á otro á la resolucion de asuntos de que daban cuenta los oficiales. Se hallaban presentes en dicho dia los coroneles graduados secretarios de la subinspeccion de voluntarios realistas y de la capitanía general, don Antonio Soto Alfeyran y de Juan Valsa de la Vega: los capitanes don Francisco Linage, y los tenientes don José Carrero y don Mariano de la Torre. Estaba para terminarse la resolucion, como que solo faltaban tres pliegos, cuando tomó S. E. uno de ellos cerrado en octavo y del grueso de poco más de do dedos. Al mismo tiempo de disponerse para abrirlo, dirigió la palabra levantando la cabeza, a' capitan Diaz, que se hallaba al lado opuesto de la mesa, un poco à la izquierda del frente de S. E., quien siguiendo hablándole, estendió los brazos à fin de abrir el pliego. Una espan tosa detonacion y la sorpresa dejó como petrificados à los circunstantes, cuyo asombro creció al ver á su general vertiendo sangre del rostro, sacar al frente la mano derecha, y observar la levita que tenia puesta, enteramente derrotada por las bocas-mangas y parte que cubria el vientre.

En aquellos momentos, cuya verdadera respectiva posicion es imposible definir, porque ei hombre más sereno cederia à la fuerza de los afectos é ideas encontradas, no hubo de los es pectadores quien percibiese, ni remotamente sospechase, que la detonacion y su sensible estrago emanase del pliego que poco antes se vió en las ya aniquiladas manos de S. E. Un asesi introducido en la pieza fué lo que se ocurrió à todos ó á la mayor parte; y algunos, creyendo poderle dar alcance antes que se escapase de la casa, se precipitaron corriendo hasta el cuerpo de guardia. cuyos indivíduos habian tomado las armas por aquel estruendo, y aseguraron que inmediatamente à él, nadie había salido. El general, manifestando en su triste situacion un lor esiraordinario, se levantó del asiento, y dejando el despacho salió al salon que le preced donde se mantuvo algunos minutos regándole de sangre. Varios oficiales volaron en busca de facultativos, otros quedaron al lado de S. E., y despues de cortar las mangas de la levita y la pantalones para colocarle en la cama, se vió patente el horroroso estrago ocasionado en s cuerpo.

Tal fué, que por la violencia de un misto fulminante quedaron destrozados gran parte los miembros de su persona, produciendo en él las gravísimas heridas que se dirán y que po sieron su vida en el último peligro, aun despues de haber tomado las precauciones más energicas, sin detenerse en medios, y olvidándose de la delicadeza individual, así para mutilar! como para las demás operaciones y curaciones dolorosas que hubo necesidad de ejecutar y 5cesivamente continuar para salvar su vida, no obstante la incertidumbre de conseguirlo. Por esta razon, antes de pasar á curar á su escelencia se hizo preparar espiritualmente, y es bie seguro que á pesar de todo hubiera perecido à no ser por su buena naturaleza, serenidad, ducilidad y asistencia esmerada, cual no cupo más.

Apenas cundió por el pueblo tan horroroso atentado, casi todos los facultativos de esta citdad, así médicos como cirujanos que en ella existian, acudieron al momento al auxilio de ta digno jefe, presentándose en su casa, y prestándose con sus personas y conocimientos. Pero como el caso en su clase era de tal delicadeza que solamente podia entregarse en manos cor cedoras y diestras, con juiciosa y decorosa franqneza, á una voz convinieron en que el dliente fuese esclusivamente auxiliado por don José Manuel Lazcano y don Sebastian José Sta rez. Sin embargo, no se separaron de aquel punto durante las operaciones y curaciones & primera intencion à que ayudaron, y hasta que no se ahuyentó el peligro, alternaron jen diarias guardias, acompañando á Lazcano, que estaba permanente.

Trece fueron las más principales heridas que sufrió la persona de S. E. diseminadas por -cuerpo, desde la cara hasta los muslos inclusive, además de un sin número de salpicadura que se estendieron por todas partes, y los efectos de la esplosion, que desfloraron la piel !

canzaron, no solamente á los parajes que estaban al descubierto, como la cara, sino al pliee de la tngle izquierda, partes pudendas y vientre.

Dispuestos los aparatos, se procedió á la curacion de primera intencion, empezando esta r las heridas de los muslos y vientre; en seguida á las amputaciones, así de la mano derecha su totalidad, como del pulgar y parte del dedo del medio de la mano izquierda, concluyendo ́r todas las otras, en cuyos preparativos hasta terminar la referida curacion de primera inicion, incluso el muy preciso espacio de tiempo necesario para la deliberacion de lo que era lispensable ejecutar, se ocupó el término de doce horas, entendiéndose desde las del medio hasta las de la noche, sin que hubiesen cesado los profesores de trabajar y S. E. de padecrueles tormentos; pero con una presencia de espíritu índecible. A todos estos sufrimiendebe añadirse la incertidumbre que por muchos dias se tuvo de poder conservar el resto la mano izquierda y escusar su mutilacion, como felizmente se ha logrado.

Otra de las pruebas que no dejan dudar la serenidad y espíritu que mantuvo S. E. en aque3 momentos de consternacion, fué las órdenes que dictó en vez de cuidar de su existencia ra que la provincia no esperimentase el menor desórden con motivo de su desgracia; y no iltándosele el grave peligro que corria su vida, mandó ante todas cosas se avisase al señor nandante general de la provincia de Tuy, segundo cabo del reino, para que viniese à Sango à encargarse de su gobierno, preguntando con frecuencia si se habia despachado el eseso, y si iba en términos que á su vista no se demorase su presentacion, sin duda para aserar y evitar se alterase en manera alguna y bajo ningun pretesto la tranquilidad pública, e constantemente habia conservado durante su maudo.

En aquellos momentos y en los dias sucesivos, no habia quien, sabedor del lastimoso eslo en que se hallaba S. E., se persuadiese que podia salvar su vida; pero nunca más comun interés, más general el sentimiento, ni más aunado el deseo para contribuir al alivio y dernar el consuelo posible à su angustiosa familia. Puede decirse, que no solo fué un dia de luto ra la capital de Santiago, sino para toda Galicia. Personas de todas clases se precipitaban en › primeros dias á saber el estado del paciente: no era una curiosidad ni un deseo de figurar ntra los propios sentimientos, era la espontánea voluntad y cierta solicitud de alcanzar la tisfaccion que buscaban oyendo que vivia y disfrutaba de alivio. Todos concurrian con unencio producido de la misma pena. Aquellos que no tenian satisfaccion en la casa para ofrer la espresion de sus sentimientos á las personas interesadas, lo hacian á las más allegadas, siando verse ocupados y que se dispusiese de ellos. Cuantos oficiales existian en Santiago ocuraron quedarse á velar á su general, queriendo ser todos partícipes en las vigilias. Por otra parte se concurria á los templos á implorar su salud del Dios de las misericordias is corporaciones los mantenian constantemente abiertos con funciones solemnes que se cebraron, no solamente en Santiago, sino en todos los demás pueblos, como sufragios para alnzar del Todopoderoso la conservacion de los dias de su capitan general.

Las diversiones públicas se cerraron å impulsos del dolor que alcanzó aun á los que en ellas nian cifrada su subsistencia y las de sus familias.

Los ayuntamientos de las respectivas capitales, los cabildos y otras corporaciones acudie n á S. M. con esposiciones enérgicas, consignando en ellas el intenso dolor que semejante sgracia habia ocasionado á los habitantes é indivíduos que representaban los beneficios que reino de Galicia habia recibido de su capitan general don Nazario Eguía, y cuantas razones sugirieron los hechos para hacer conocer el unánime deseo y las conocidas ventajas de que ntinuase en el mando, si tenian la dicha de que sobreviviese, å fin de seguir disfrutando de paz y tranquilidad que habian conseguido durante su gobierno.

En dichas esposiciones se vió el general interés,de los gallegos y cuanto puede formar el ogio más sobresaliente de un general que ha gobernado con prudencia y justicia, captándose amor de los pueblos que la piedad de S. M. fió á su cuidado.

Santiago 1. de abril de 1830.

NUM. 25.-Pág. 241.

Don Luis Fernandez de Córdova y Valcárcet, teniente general de los reales ejércitos, generai » jefe de los de operaciones y reserva, virey, gobernador y capitan general de Navarra ypr vincias Vascongadas, etc. etc,

Usando de las amplias facultades que me competen, he venido en resolver lo que sigue. Artículo 1. Todo el país ocupado ó frecuentado por los rebeldes en el reino de Navarr las provincias Vascongadas, comprendido dentro de los límites que encierra la línea señala en este bando, se considerará en estado de rigoroso bloqueo con sujecion à las reglas prescr tas en el mismo, el cual deberá tener todo su valor y efecto desde el dia de su promulgacite fijacion en cada uno de los puntos de dicha línea.

a

Art. 2.o Esta se considerará compuesta de las partes siguientes: 1. desde el Pirineo á lam plona: 2. desde esta plaza por todo el curso del rio Arga hasta su confluencia con el Ebro: 2 desde esta confluencia por la corriente del mismo Ebro hasta la embocadura del Nela: 4. dese esta, siguiendo el curso del mismo Nela y del Trueba, su afluente, hasta Medina de Pomar. ko desde Medina de Pomar al Océano. El virey en cargos de Navarra y el comandante en jefe v cuerpo de reserva determinarán los puntos por donde deba pasar la linea en sus dos estre dades desde Pamplona al Pirineo y desde Medina de Pomar al mar cantábrico, segun mis trucciones, consultándome las dudas que les ocurran. Además de esta línea principal de queo, sc considerará en la parte inferior del Arga, otra más adelantada entre dicho rio y el E siguiendo precisamente la direccion del camino recto de Larraga á Lerin; por manera que reglas establecidas por punto general en este bando, serán apticables á los pueblos de Lars Miranda, Peralta, Andosilla y demás comprendidos entre dichos rios, desde los cuales no pate internarse en el país bloqueado cosa alguna, no siendo para los mismos puntos fortificados Lerin y Larraga.

Art. 3. Nadie podrá atravesar estas líneas para penetrar en el territorio bloqueado, ya se que pertenezca à la clase de militar o de paisano, vaya solo ó con otros, con una ó más calallerías, con carruajes, con carga ó sin ella, sino en los casos y por los puntos que se espres rán; so pena de sufrir irremisiblemente los castigos que se fijarán, bajo la más estrecha * ponsabilidad de los encargados del cumplimiento del presente bando.

Art. 4. Podrán únicamente penetrar en el interior del país bloqueado, pasando por puntos que se señalan y habilitan á este fin, los que condujeren víveres, efectos ó cualqui”. otro género de lícito comercio para los pueblos fortificados y guarnecidos por nuestras tropas Los que en esto se ejercitaren habrán de seguir precisamente desde el punto en que paset i línea, hasta el fuerte à que se dirijan, el camino recto que conduzca del uno al otro.

Antes han de registrar en el punto habilitado por donde pasen la línea del bloqueo, las că ballerías, carruajes y efectos que llevaren; cuyas circunstancias con el nombre del conducti del que haga cabeza, si son varios, el del punto fortificado à que se dirija y la fecha, se as rán en un libro de asientos que habrá á este fin, espidiéndosele al interesado un pase que ës prese exactamente las mismas circunstancias. Este pase le servirá desde luego para more rarse en los convoyes que saldrán frecuentemente desde los puntos habilitados de la linea tos fortificados. En estos y al respaldo del mismo pase se hará la correspondiente anotacion la venta de los géneros y demás circunstancias, por manera que presentado este document la vuelta, se pondrá Conforme en el mismo lugar del libro de asientos donde se hizo el r tro. Guando los que hayan de pasar la linea hacia el país enemigo, no quieran esperarse à frutar de la escolta, además de estar obligados à no separarse del camino recto que conducă s punto fortificado à donde se dirijan, dejarán en aquel por donde verifiquen dicho paso, fianza abonada ó en depósito caballerías ó dinero proporcionado al valor de los efectos conduzcan, anotándose prolijamente esta circunstancia en el pase que se les diere y en el El de asientos para alzarles la fianza ó devolverles lo que hubieren entregado, cuando regresa Los libros de asientos y los pases serán semejantes y se circularán formularios de ellos. Art. 5. Los puntos de la línea habilitados para su paso y los que deben servir de términ á los viajes serán los siguientes:

El de Larraga para Lerin.-El de Peralta para Lerin.-El de Lodosa para Lerin y Larraga. “

I de Logroño para Viana y la Guardia.-El de Miranda de Ebro para Armiñon, la Pnebla, Ari. ez y Vitoria.-El de Traspaderne sobre el Nela para Medina de Pomar.

En cuanto a las estremidades de la línea se observará, como queda dicho en el artículo 2.", › que prevengan el virey en cargos de Navarra y el comandante en jefe del cuerpo de reserva. Quedan por tanto inhabilitados el Puente de Briñas, Puente Larrá, el Puente de Frias y todos os pasos, sean de la clase que fueren, de la espresada línea.

Art. 6. Los comandantes militares de los puntos habilitados deberán dar escolta cuatro vees à la semana y aun diariamente si es posible, à los convoyes que se formen de los que quiein llevar efectos á los puntos fortificados: si bien dejo á su prudencia y celo esta resolucion ɔn respecto á las noticias que tuvieren de los enemigos.

De ningun modo podrán dichos jefes ni otro indivíduo alguno embarazar ni molestar á los agineros, embargando sus caballerías ó carros, ni forzarles à vender á menor precio del que uieran y puedan verificarlo: por el contrario, prevengo estrechamente que les dispensen toda ⚫ proteccion, facilidad y confianza que fuere poslble. Si alguno de ellos, yendo escoltado, erdiere su carga, caballería ó carruaje, se le dará por la autoridad militar del punto à donde › encaminaba ó de donde salió, un certificado, con evaluacion de su pérdida, para que opornamente pueda ser indemnizado á costa de los enemigos.

Art. 7. Queda enteramente libre y sin alteracion alguna respecto á su estado presente, el áfico y comercio de esportacion que se haga desde el país bloqueado con el resto de la Pensula; cuidando no obstante, con esquisita vigilancia, los comandantes mitares de los puns por donde los traficantes pasen la línea, de que los enemigos no se aprovechen de cste meo para su espionaje y comunicacion. Los que despues de pasar del país bloqueado al resto de Península, regresen á aquel, podrán verificarlo, con tal de que no lleven efectos de ninguna ase en su persona, caballería ó carruajes, ó que llevándolos, se sometan estrictamente a lo escrito en el artículo 4.° y demás de este bando.

Art. 8. Los infractores de lo que en él se previene, sutrirán las penas siguientes:

Los militares serán considerados como espías y desertores al enemigo, y como tales, juzdos y castigados. Los paisanos que se hiciesen sospechosos serán presos y juzgados, y si reItasen delincuentes, serán castigados con arreglo á las leyes; las cargas y caballerías serán ndidas á pública subasta, y su producto aplicado por mitad para los aprehensores y las cajas 1 ejército. Si la captura se efectuase por denuncia y resultare probado el delito, el denunciar tendrá el 10 por 100 del valor total.

Todas las caballerías ó carruajes con carga, que procedentes de la parte esterior de la línea bloqueo, sean aprehendidos dentro del pais ceñido por dicha línea, sin el correspondiente se, ó aun llevándole, fuera de los caminos rectos que conducen de los puntos habilitados de misma línea á los fuertes, han de ser secuestrados, los carruajes ó caballerías aplicados al rvicio de las brigadas del ejército, sus cargas vendidas, y su producto destinado por mitád á ; cajas del mismo y á los aprehensores: en cuanto à los traficantes, serán destinados å traba ̃ ⚫ con grillete en las obras de fortificacion, mientras dure la guerra.

La autoridad territorial militar más próxima ha de formar en 24 horas el correspondiente mario de las infracciones que se cometan, ejecutándose sin demora los castigos aquí esprelos, y siendo aquella responsable de cualquier retardo ó entorpecimiento en la puntual obrvancia de lo prevenido.

Art. 9. A este fin todos los puntos fortificados quedan por otra resolucion mia de la misma cha, afectos á líneas militares que de ellos se forman bajo la dependencia é inspeccion de los es que he nombrado. Estos jefes-inspectores y los comandantes de los puntos fuertes me se1 responsables, así como á S. M. y á la patria, del rigoroso cumplimiento de estas medidas, caminadas al éxito de la guerra, su término y pacificacion del país en el concepto de que stigaré con severidad ejemplar la menor falta de celo, vigor ó pureza, como perjudicialísima os grandes intereses públicos que envuelve esta resolucion.

Art. 10. Todas las disposiciones contenidas en este bando y las demás que he dictado ó dice para su complemento, tendrán infaliblemente la más cumplida ejecucion, mientras el enego no levante el bloqueo que, con tanto rigor como crueldad, trata de mantener sobre nuess puntos fuertes, con grave perjuicio del país que domina y á quien oprime con cargas é im estos, sin permitirle los medios de cubrirlos con el aprovechamiento de los frutos de su suelo adustria.

TOMO II.

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