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- 4.

.FERDÌN. VII. DEI. GRATIA. 1811. Su busto laureado, mirando á la derecha, dentro de un círculo de puntos..HISP.-ET. BALEARIUM. REX. Escudo de Castilla y Leon, con corona abierta: encima del escudo, formando la division de los cuarteles hay una cruz igual á la que llevan las tresetas, en cuyo centro tiene un escudete oval con las lises de los Borbones. El escudo de Castilla y Leon está entre una P. y los guarismos 12. (PALMA DOCE DINEROS.) Moneda de cobre, primera de su clase acuñada en la isla, de seis cuartos, ó sea un sou mallorquin. (Rarisima.)

teles 1o y 4o una м con una palma encima, y en el 2o y 3o las barras de Aragon. Una equivocacion tan garrafal acredita la ignorancia y poca inteligencia de la autoridad que aprobó el dibujo dado á los fabricantes. Dió á reconocer estos duros, como propios de este reino, la Junta suprema de Gobierno del mismo; y como los dos bandos en que se mandó su circulacion y admision expresan la causa de haberse acuñado y otras noticias no ménos curiosas é interesantes, los copiamos á la letra. Dicen así:-1° «La Junta suprema de gobierno de este reino ha acordado manifestar al público, que atendiendo á la suma escasez de moneda que se experimenta en esta isla, dispuso se acuñase moneda de plata, y estándose verificando la del peso duro que se reduce à un octagono prolongado con las armas de la ciudad en una cara, y en la otra las letras siguientes: 30. s. 1808., con el fin de que tenga toda la autoridad posible, y no experimente embarazo en el tráfico interior de la isla; se manda publicar por bando para que llegue à noticia de todos y ninguno pueda alegar ignorancia. Castillo Real de Palma 17 de agosto de 1808. Juan Miguel de Vives.-Bernardo Obispo de Mallorca.Jose de Jaudenes.-El marques de la Bastida.-Tomas de Verí, vocal secretario.»-2° «La Junta superior de gobierno de este reino que viendo cerrada la comunicacion con la capital de España y con Barcelona, y con ella cerrados tambien los medios de suplir el grande déficit de once millones anuales que resulta á esta Tesorería de ejército, y que adoptó entre otros arbitrios el de acuñar y autorizar la circulacion de unas monedas provinciales octagonas del valor de un duro, que fueron las únicas que por de pronto se pudieron acuñar faltando las máquinas y demas necesario para hacerlas redondas, y con el busto y rótulo de su amado Soberano el Sr. D. Fernando VII.; tuvo la satisfaccion de haber podido proporcionar el que se pusiera el nombre de su legítimo Rey desde

5. Otro sou ó sueldo igual al anterior, ménos el año, pues este lleva el de 1812. Véase la lámina XII, núm. 76.

6. -Otro idem, tambien de 1812, que solo se diferencia del anterior por leerse en el anverso GRA en lugar de GRATIA. (Rarisimo.) (1)

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-1821.-FR VII.-30. sous. Esta leyenda forma tres líneas, y la cierra un círculo de raítas.-SALUS populi, en una línea, y sobre ella un escudo losanjeado de la ciudad y reino de Mallorca, todo dentro de círculo de rayas.

luego, y el que se acuñasen duros redondos, que tuviesen las armas de Mallorca en la una cara y en el reverso el nombre de S. M. con las letras FER. VII. y dos rotulos que dicen: 30. s.-1808. Por tanto y como cuando se suspendió la circulacion de los octágonos hasta poner el nombre de S. M. ya se habian entregado unos cuarenta; se hace saber al público, y se manda que el que tuviere en su poder alguna de las dichas monedas, las entregue en la Tesorería de ejército, donde recibirá su valor en otra moneda de la misma especie con el nombre del Rey, ó en otra suerte y ademas manda la Junta que se circule y nadie pueda rehusar admitir por valor de un duro las dichas monedas octagonas con el nombre del Rey, y las redondas descritas arriba, prohibiendo al mismo tiempo la circulacion de las que no llevan el nombre de S. M. Dado en el castillo Real de Palma á 9 de setiembre de 1808.-Juan Miguel de Vives. -Bernardo Obispo de Mallorca.-José de Jaudenes.-El marques de la Bastida.-Miguel de Victorica, vocal secretario. »

(1) Estos sous se dieron á reconocer y se mandó su circulacion en bando publicado por el Ayuntamiento de Palma en 27 de febrero de 1812. Se dirigieron al Baile de cada pueblo uno de estos sueldos para que teniéndolo á la vista pudiese observar la identidad y no pusiese impedimento en la admision de los demas. En un folleto impreso en 1813 titulado: Balance ó estados demostrativos de las cuentas de la casa de la moneda de Cataluña, se lee en la pág. 19 lo siguiente: «En este estado ó relacion del núm. 152 están agregados 280.000 reales de vellon efectivos que se entregaron á la Junta superior de esta isla de Mallorca por lo acordado cuando se trató el año pasado batir ó acuñar 25.000 duros en piezas de cobre denominadas sueldos para circular en las tres islas Baleares; pues los restantes 220000 rs. debieron quedar para el coste y diminucion del metal y demas dispendios, que todos vinieron á cargo de esta casa de moneda. La salida pues de aquellos 280.000 reales ó sean 14.000 duros, correspondió notarse anexo al cuño y demas atenciones de esta fábrica.>>

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Es un duro que por la pureza de su plata se ha hecho muy raro. Véase el núm. 77 de la lám. xn (1).

8. FERN. 7. P. L. G. DE DIOS Y LA CONST, entre dos círculos, y en el centro un escudo losanjeado del reino de Mallorca, acostado de 5. P. (CINCO PESETAS): en la circunferencia de la moneda hay una ancha bordura.-ISLAS BALEARES, 1823. Esta leyenda está cerrada con corona de laurel, y en la circunferencia hay la misma bordura del anverso. Duro de plata. Véase la lámina XIII, número 78.

9. FERN. 7° P. L. G. D. DIOS. REY DE ESPAN. E YND. LO demas del anverso, reverso, metal, tamaño y valor, como la que precede. Véase el número 79 de la lám. xi. (2)

DONA ISABEL I (II DE CASTILLA.)

Nació en 10 de octubre de 1830. Sucedió á su padre en el trono de España: fué jurada princesa de Asturias en

(1) De estos duros, como se dice en el texto, se acuñaron 49.000 Su fábrica establecida en el castillo de Bellver, tenia el personal siguiente: D. Basilio Canut, superintendente: D. Pablo Francisco Miró, director y grabador: D. Pablo Miró, ensayador mayor y grabador: D. Jaime Salí, maestro de cuños: D. Francisco Bonnin, acuñador: D. Luis Fuster, D. Vicente Pomar, D. Jacinto Pomar y don Agustin Cortés, refinadores: D. Rafael Cortés y D. José Pomar, replanadores: D. Jaime Miró y D. Nicolas Miró, fundidores: D. Juan Miró y D. Bartolomé Aguiló, contadores. Estos duros no se fabricaron con martinete, sino con acotillo.

(2) Estos duros se acuñaron con motivo de los apuros en que se encontraba la tesorería de Mallorca en el año 1823, en virtud de órden de la junta superior de armamento y defensa de esta provincia. Su fábrica establecida en el ex-convento de capuchinos empezó á funcionar en 12 de setiembre del referido año. Era superintendente de ella D. Antonio Canut, director y maestro de cuños D. Tomas Cuschieri, grabador D. Antonio Bruno Pomar, quien fué el que abrió los dos troqueles; ensayador D. Antonio Cuschieri, y fundidor D. Estévan Valentí. Se acuñaron 35.000 duros, usando el acotillo, por no haber podido servir el martinete que se habia adoptado luego que se instaló la fábrica.

20 de junio de 1833 y proclamada Reina en 29 de setiembre del mismo año. Empezó á reinar bajo la regencia de su madre la Reina Cristina, y luego bajo la del Duque de la Victoria, y fué declarada de mayor edad en 8 de noviembre de 1843. Casó en 10 de octubre de 1846 con su primo D. Francisco de Asis, hijo del infante D. Francisco de Paula Antonio. Su hija primogénita la princesa de Asturias Doña María Isabel Francisca, que á falta de hijo varon ha de sucederle, nació en 20 de diciembre de 1851.

MONEDAS.

No las tenemos de Isabel I, pero sí dos medallas de plata en memoria de su proclamacion, acto que este antiguo reino celebró dos veces, acuñadas por el distinguido artífice don Octaviano Carlotta y Romey, que fué el que abrió los troqueles. Son las siguientes:

1.

PROCLAMACION DE ISABEL 2a, en el campo de la medalla. MALLORCA 15 DE DICIEMBRE DE 1833. Escudo coronado de esta ciudad y reino, con el murciélago por cimera (1). Vale 4 ó sean dos reales mallorquines. Véase el núm. 89 de las láminas.

2.

a

PROCLAMACION Y JURA DE LA REINA CONSTITUCIO

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NAL Da ISABEL 11, en el campo de la medalla. MALLORCA 8 DE DICIEMBRE DE 1843. Lo demas del reverso como la anterior. Vale 4 2 ó sean veinte y cinco cuartos. Véase el dibujo núm. 90.

(1) Esta cimera del murciélago se observa usada por primera vez en medallas mallorquinas, en las que hemos descrito en la pág. 192 señaladas con los números 1 y 2', dedicadas á la proclamacion de Carlos IV. En otra parte hemos hablado largamente del origen de esta cimera y de lo que simboliza.-Véase el tomo II de la Historia de Mallorca.

APÉNDICES.

I.

Privilegios que tratan de monedas mallorquinas y de su fábrica.

PRIVILEGIO MANDANDO QUE EN TODO EL REINO DE MALLORCA NO PUEDA USARSE OTRA MONEDA QUE LA LLAMADA REALES DE VALENCIA.

D. Jaime I. 8 de mayo de 1247.

Archivo de la ciudad, códice rotulado: Sant Pera, fol. 3. B.

Noverint universi quod nos Jacobus Dei gratia Rex Aragonum, Majoricarum et Valentie, comes Barchinone et Urgelli, et dominus Montis pessulani, ad honorem illius per quem Reges regnant et principes loquuntur justitiam, devictis jam per nos divino auxilio infimbris Yspaniæ barbaricis nationibus, cupientes civitates et regna Valentiæ et Majoricarum, que dudum à perfidis captivata paganis dignata est divina clementia nostro ministerio restituere cultui christiano, in statum debitum juxta christianorum morem in melius reformare, ut abjectis vetustatibus et majoribus perfidorum quodam nove generationis augmento usus christiane religionis longos ponat ubique funiculos, et sua possit territoria dilatare. Subditorum

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