Las Cortes españolas, las de 1907: Votaciones: incidentes: anomalías: datos biográficos: semblanzas: coeficientes electorales: estados de clasificación de votos, de proporcionalidades diversas, de relación entre la representación en el Congreso y el censo civil, el territorio y la riqueza: votos alcanzados por cada partido por distritos, provincias, regiones y en la nación: composición del Senado y del Congreso: Constitución de las Cámaras: mapa electoral de España á seis colores, por Modesto Sanchez de Los Santos y alguna colaboración de Juan de Onuba

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Estab. tip. de A. Marzo, 1908 - 724 páginas
 

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Página 573 - Usando de la prerrogativa que me corresponde por .el artículo 32 de la Constitución de la Monarquía, y de acuerdo con mi •Consejo de ministros, vengo en decretar lo siguiente : Artículo 1.° Las Cortes del Reino se reunirán en Madrid el día 25 de marzo próximo.
Página 595 - Diputado por votar,» se procederá al escrutinio, que se verificará extrayendo el Presidente las papeletas de la urna, y después de haberlas leído, las entregará á un Secretario para que lo haga en alta voz. Los demás Secretarios formarán lista exacta de la votación con todos sus incidentes. Art. 4.° Para la elección de Presidente se escribirá un solo nombre en cada papeleta, y quedará elegido el que obtuviere mayoría absoluta de votos.
Página 2 - Los comprendidos en las categorías anteriores deberán, además, disfrutar 7.500 pesetas de renta, procedentes de bienes propios, ó de sueldos de los empleos que no pueden perderse sino por causa legalmente probada, ó de jubilación, retiro ó cesantía.
Página 189 - Real casa confieran pensión, empleo, ascenso que no sea de escala cerrada, comisión con sueldo, honores o condecoraciones, cesarán en su cargo sin necesidad de declaración alguna, si dentro de los quince días inmediatos a su nombramiento no participan al Congreso la renuncia de la gracia.
Página 2 - Directores de las Reales Academias Española, de la Historia, de Bellas Artes de San Fernando, de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, de Ciencias Morales y Políticas, y de Medicina.
Página 1 - De senadores elegidos por las Corporaciones del Estado y mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
Página 2 - Los que hayan ejercido alguna vez el cargo de senador antes de promulgarse esta Constitución. Los que para ser senadores en cualquier tiempo hubieren acreditado renta podrán probarla para que se les compute, al ingresar como senadores por derecho propio, con certificación del Registro de la propiedad, que justifique que siguen poseyendo los mismos bienes. El nombramiento por el Rey de senadores se hará por decretos especiales, y en ellos se expresará siempre el título en que, conforme á lo...
Página 189 - El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales, en la forma que determina la ley. Se nombrará un Diputado á lo menos por cada cincuenta mil almas de población. ART. 28 Los Diputados se elegirán y podrán ser reelegidos indefinidamente por el método que determine la ley.
Página 3 - Los Senadores no podrán admitir empleo, ascenso que no sea de escala cerrada , títulos ni condecoraciones, mientras estuviesen abiertas las Cortes. El Gobierno podrá, sin embargo, conferirles, dentro de sus respectivos empleos ó categoría, las comisiones que exija el servicio público.
Página 2 - Los Senadores electivos se renovarán por mitad cada cinco años, y en totalidad cuando el Rey disuelva esta parte del Senado.

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