Novísima ilustración del derecho español, metodizada escrupulosamente, para la mejor comprensión de las doctrinas jurídicas y distinción de sus diversas materias, redactada bajo los principios y axiomas generales del derecho común: Dividida en tres partes, de las cuales es la 1a, el Derecho civil; la 2a, el Penal, y la 3a, el judicial o de procedimientos; a cada uno de los que, va agregada la parte mas esencial y respectiva del canonico y mercantil, Volumen2

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Imprenta de José María Ducazcal, 1848 - 516 páginas
 

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Pasajes populares

Página 177 - Compra en que el comprador, recibiendo la cosa que se le vende , se retiene el precio, obligándose á pagarlo á cierto tiempo, y entre tanto la...
Página 142 - Durante el tiempo estipulado se observarán religiosamente los arrendamientos, y el dueño, aun con el pretexto de necesitar la finca para sí mismo, no podrá despedir al arrendatario , sino en los casos de no pagar la renta , tratar mal la finca ó faltar á las condiciones estipuladas.
Página 103 - Las compras de efectos destinados al consumo del comprador ó de la persona por cuyo encargo se adquirieren. i 2.
Página 143 - Mayo de 1838, que previene no se dé al artículo 1? del decreto de las Córtes de 8 de Junio de 1813, restablecido...
Página 3 - Original de Don Juan Morcillo Ortiz, licenciado en jurisprudencia, abogado del ilustre colegio de Madrid, y académico profesor de la matritense de jurisprudencia y legislación. Dividida en tres partes, de las cuales es la 1.a el derecho civil; la 2.a el penal, y la 3.
Página 103 - Pertenecen á la clase de mercantiles Las compras que se hacen de cosas muebles con ánimo de adquirir sobre ellas algún lucro revendiéndolas, bien sea en la misma forma que se compraron , ó en otra diferente, y las reventas de estas mismas cosas.
Página 143 - ... puede despedir al arrendatario sino en los casos de no pagar la renta, tratar mal la finca , ó faltar á las condiciones estipuladas (2).
Página 117 - ... cuarto grado para redimir los bienes raices de sus abuelos ó padres, ofreciendo al comprador el mismo precio por el que los habia comprado.
Página 154 - Civil, en la cual establece terminantemente que en cualquier manera que aparezca que uno se quiso obligar á otro, quede obligado, sin necesidad de formalidad alguna.
Página 213 - II. La del pupilo en la cosa que otro le compró, hasta que haya cobrado todo su precio, d. 1. 25. (5). III. La que tienen los menores en los bienes de sus guardadores, desde el dia que empezaron á usar su oficio, hasta que hayan dado las cuentas (6), /. 23. d. tit. 13. IV. La que tiene el marido para asegurar la cobranza de la dote que se le prometió en los bienes del que le hizo la...

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