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hiciere del poder, los vicios en materia de administracion, y las exageraciones de patrio

tismo..

2.° Examinarán las obras, folletos y perió dicos que se publiquen, para rebatir vigorosamente toda doctrina falsa, y la que les parezca peligrosa. Por el espíritu de estas dos partes , que serán las principales del periódico, se le ha dado el título de CENSOR.

3.o Harán el analisis de cuanto se halle en los periódicos extrangeros relativo a los progresos ó decaimiento del sistema constitucional en los demas paises.

4.o Anunciarán las obras que se publiquen fuera del reyno sobre política, legislacion, moral, economía, estadística, y otras ciencias que tengan relacion con la del Gobierno, haciendo un examen crítico de las que lo me

rezcan.

el

5.o Como el arte de la palabra es el primero de los que forman al hombre social, y que indica con mas exactitud los grados de civilizacion de un pueblo; siendo bajo este aspecto el estudio de la literatura mucho mas importante para el político, de lo que vulgarmente se cree, fijaremos en él nuestra atencion, insertando artículos de literatura nacional y extrangera, propios para formar el gusto de la juventud estudiosa.

Por último, deseando dar á este periódico toda la perfeccion posible, hasta en la parte tipográfica, se emplearán para su impresion caractéres nuevos de Didot, y unas prensas de nueva invencion, llamadas de Stanhope, que estan reconocidas por los principales impresores de Inglaterra y de Francia como superiores

a las comunes. Se publicará semanalmente por cuadernos de 80 páginas iguales á las de este prospecto, y se subscribe, á razon de 60 reales vellon por trimestre, de 115 por medio año, y de 220 por un año entero, en Madrid, en la librería de Paz, enfrente de las gradas de S. Felipe, en la de Villareal, calle de las Carretas, y en el despacho de este periódico, carrera de S. Francisco, n. 1.o; en Barcelona en la librería de Brusi en Badajoz en la de Patron é hijos en Bilbao en la de García, en Burgos en la de Villanueva, en Bayona en la de Bonzom, en Cadiz en la de Zaragoza, en la Coruña en la de Cardeza, en Malaga en la de Martinez Aguilar en Murcia en la de Benedito, en Paris en la de Mr. Bossange, padre, en Pamplona en la de Longas, en Salamanca en la de Vallegera en Santander en la de Ajá, en Santiago en la de Rey y Romero, en Sevilla en la de Berard, lencia en la de Mallen, en Valladolid en la en Vade Roldan, en Vitoria eu la de Barrio, y en Zaragoza en la de Sanchez. Los números sueltos se venderán á 5 reales vellon.

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MADRID
Imprenta de Collado.

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PERIÓDICO POLÍTICO Y LITERARIO.

Spanish
Juncosa

24

N.o

5-17 SABADO, 5 DE AGOSTO DE 1820. 10274

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LA España, cuyo origen, como el de to

das las naciones, se pierde en la noche de los tiempos estaba dividida, cuando la historia habla de ella por la vez primera, en una multitud de estados, independientes unos de otros , y gobernados, á lo que parece, bajo formas republicanas , y por costumbres tradicionales. Estas peque ñas repúblicas, despues de haber defendido valerosamente su independencia por espacio de cuatro siglos contra los Cartagi

neses y Romanos, cedieron por fin al po

der y á la fortuna de Augusto, formaron parte del vasto imperio de los Césares. y recibieron las leyes, las costumbres, el idioma, las artes y ciencias; y hasta lo

vicios de sus vencedores. Acometido el coloso de Roma por los belicosos pueblos del Septentrion, no tardó la España en ser desmembrada de su inmenso cuerpo, y pasar desde provincia sujeta á monarquía_independiente: monarquía en que, amalgamados los cánones de la iglesia y las leyes romanas con las costumbres germánicas resultó un gobierno medio monarquico y medio aristocrático, en el cual la nobleza y el clero de una parte, y un monarca electivo de la otra, lo mandaban todo resto de la nacion era esclavo.

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, y el Conquistada la mayor parte de la Península por los egércitos sarracenos, y retirados á las montañas los pocos españoles que prefirieron la resistencía á la servidumbre, subsistió entre ellos el gobierno monárquico; pero fué diversamente modificado en los varios reynos que se fueron formando con las porciones de territorio reconquistadas de manos de los árabes.

En Castilla la corona se hizo hereditaria, mas por uso que por ley: la nobleza y el clero perdieron parte de su autoridad, y el pueblo ó estado llano llegó por fin á tener parte en la formacion de las leyes por medio de los Procuradores que varias ciudades y villas enviaban á las Juntas, llamadas Cortes, que los reyes convocaban cuando asi lo pedian las urgencias del Estado. Estas Juntas ó Ayuntamientos no se reunian en épocas determinadas, ni eran una ver

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