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quatro años, suplicándole haga merced de que esté bien puesta y hechada, con que lo que della se obiere hecho sea contra los yndios y negros que huviere alçados en la ysla, y demas desto que por otros dos o tres años se heche sisa en esta cibdad hasta en quantia doscientos pesos, y en el Bayamo hasta en quantia de cient pesos con que los dineros sean para lo sobre dicho.

Las minas del oro no se an descubierto cossa ninguna de tres o quatro años a esta parte, porque en la verdad, los yndios se apocan, y a mucha costa se saca, y ansi no se fundirán esta fundicion de siete a ocho mill pesos arriba, que es mucha pobreza. Al parescer de todos dizen si V. M. hiçiese merced al diezmo del oro que sacan los yndios y los negros al quinzavo, que con esta cobdiçia saldrian a la mina, y crehemos seria nescesario que V. M. mandase que los vezinos que tienen yndios de repartimyento hechasen una parte dellos a las minas como está en las hordenanças, porque con cobdicia de sus grangerias se dexan de cojer el oro. Suplicamos a V. M. nos haga merced de aquello que hubiere lugar en este articulo.

Nuevas de la Florida o de nuestro governador Soto, ningunas se saven hasta oy, y al parescer de todos tarda la nueva de saberse del y de su jente, porque dende el mes de março del año de quarenta que partió con su jente a conquistar a la tierra adentro, que son casi dos años, nynguna cosa se

sabe. Plega a Dios que no sea tanto mal como se inuestra, y a esta cabsa ó porque el alcalde mayor que dexo aqui Soto, o por el poco ynterese que tienen en su salario, o porque está sin su muger e hijos, está muy determinado de se yr en esos reynos y ansi a enbiado sus libros y certifica su partida. Suplicamos a V. M. que en tal caso provea de Justicia para esta ysla como mas sea servido.

Besamos los pies y manos a V. M. por la merced que hizo a esta ysla en mandar que el obispo della, don Diego Sarmiento, no entendiese en el santo oficio de inquisycion hasta que el reverendisimo Cardenal de Toledo proveyese en ello, y porque dello el obispo esta muy sentido, por averle suspendido el cargo, e dice que a de procurar de que se le buelba, suplicamos a V. M. que hasta que en el su consejo Real de Indias se vean los cargos y descargos que su alcalde mayor a hecho y haga contra el dicho obispo por mandado de V. M., sea servido questé suspenso el cargo en su persona y si es servido de mandar proveer el santo oficio en otra persona, sea de letras e con las otras calidades que V. M. lo acostumbra a hazer, porque si se oviese de escrevir las molestias y afrentas y fatigas que a los vezinos e yentes o vinientes a esta ysla, e a otras personas della, a fecho despues que vino a esta ysla, V. M. seria desservido e rescibiria pena que semejante perlado que V. M. escojó para enbiar a esta ysla, hiziese y obiese hecho cosas tan contra conciencia e

Justicia, y esto a fin y parescer de muchos, por aver dineros para se volver en esos reynos, y pues estando la ysla tan sola y tan pobre en tan brebe tienpo es publico, y asi lo dice el mysmo obispo, que tiene siete o ocho mill pesos de oro suyos, bien se puede juzgar que lo que dezimos es cierto. Por tanto á V. M. suplicamos que porque él esta muy quexoso deste cabildo y de otras personas particulares desta ysla, de la relacion que a V. M. le an hecho de sus cosas y les muestra hodio y enemystad, que V. M. le mande dar el credito que sea servido, pues que con pasion puede dezir lo que quiere y apartarse del buen camino que es obligado á sus ovejas.

Ansi mysmo el obispo a requerido a los ofiziales de V. M. con una su cedula para que se pagasen a dos curas desta yglesia a cinquenta mill maravedis a cada uno por año, y al sacristan y moços de coro cierto salario, y esto V. M. fue ynformado por fray Anton Palomyno de lo contrario que al servizio de Dios e bien de los vezinos e moradores deste pueblo conbenia, porque solamente dos curas no pueden dar recabdo al servicio de la yglesia ni a dezir sus horas acostumbradas, porque sien pre a sido costunbre de tener tres curas en esta yglesia, y aun todos tres buscaban alguna conpañia que les ayudasen, porque algunas vezes caen malos los mysmos clerigos, como es la tierra doliente, y otras vezes van a las estancias a confesiones y a necesidades que tienen los proximos de enfermedades, y

aun no pueden valerse como es cosa notoria, y demas desto con los cient mill maravedis que V. M. les señala de salario a los dos curas, pueden aver tres personas muy honrradas, porque conello y con el pie de altar, no lo llevando el obispo, y con otras ayudas que tienen los curas, an servido sien pre cada un año con setenta o ochenta pesos. Suplicamos a V. M. que pues merecemos tener obispo, merezcamos tener dignidades para que la yglesia sea vien servida y los vezinos consolados en sus confesiones y oraciones, y si esto no a lugar, sea servido que aya tres curas en esta yglesia ydonyos y suficientes para el culto devino y ansi mysmo que el sacristan y moços de coro no sean criados del obispo, porque con negocios de su casa pueden faltar muchas vezes en el servicio de la yglesia, demas que con trescientos y ochenta pesos que pertenece a dean y cabildo y cura y beneficiados desta yglesia, ay para pagar a tres dignidades sin llegar a la hazienda de V M., y hasta agora los clerigos que an estado en esta yglesia, a cavo de tres o quatro años, tienen a ochocientos y mill pesos, y los clerygos de las villas de la tierra adentro, a cavo de quatro o cinco años tienen sobrados, cada quinientos pesos y mas. Hazemoslo saver a V. M. para que provea lo que mas fuere servido. Nuestro Señor la S. C. C. m. guarde por largos años con acrencentamiento de mas rreynos e señorios De Santiago de Cuba postrero de dizienbre de DXLI años =D. V.

S. C. C. mag. umildes vasallos que sus reales pies y manos besamos-Gonzalo de Escobar, alcalde= Francisco Pozuelo, alcalde Andres de Paradas= Lope Hurtado Alonso Hurtado=Joan de Agramonte Por mandado de la justicia e regimiento, Cristobal de Torres, escrivano publico e del Cabildo (sus rúbricas)=

393.

(Año de 1542).-Memorial de los ornamentos que el Obispo ha hecho para varias iglesias desde que fué á Indias, en 1536.-(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)

394.

(Año de 1542.—Abril 20, Santiago.)—Carta del obispo Sarmiento á fray Antón Palomino, avisando le envía 977 pesos de oro fino para que así como van se le guarden en el Monasterio de las Cuevas. Que envía á comprar una hacienda, y se haga con parecer de abogado.-(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116 vto.)

395.

(Año de 1542.-Abril 4.)-Real cédula mandando á los oficiales de la casa de contratación de Sevilla que envien á la Habana varias armas con que los vecinos puedan defenderse de enemigos.-(Colec. Muñoz, t. LXXXIII fol. 68 vto.)

396.

(Año de 1542.-Abril 16, Santiago.)-Carta de Lope Hurtado al Emperador en queja del Alcalde mayor y del Obispo, y con noticia de indios alzados. (Colec. Muñoz, t. LXXXIII, fol. 46 vto.-Extracto.

Estos oficiales mis compañeros se han aprovechado y aprovechan de la hacienda real: en el avaliar de las mercaderias favorecen á sus amigos a costa de V. M. El Alcalde mayor se marcha y en

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