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479.

(Año de 1552-Julio 15, Habana.)-El Concejo se queja á S. M. del mal gobierno del Dr. Angulo; envía capítulo de culpas y pide su relevo.(A. de I., 54, 1, 32.)

S. C. C. R. Magestad. Por el mes de Junio del año pasado escrivimos a vuestra Magestad dando entera relacion y quenta, como somos obligados, de algunas cosas tocantes à vuestro Real servicio y al bien comun desta villa, especialmente por la dicha carta le aciamos saber a vuestra Magestad las molestias y males que el doctor Angulo, vuestro gobernador en esta villa, en deservicio de vuestra Magestad avia hecho y asi mismo los malos tratamientos que los vecinos desta villa, basallos de vuestra Magestad padecían, y suplicando a vuestra Magestad lo remediase enbiándole a tomar residencia, proveyendo de gobernador que con mejor celo mirase por el servicio de vuestra Magestad y bien comun de vuestros vasallos, y hasta agora no hemos sabido ni tenido nuevas que vuestra Magestad aya sido servido de remediarnos contra tan grandes trabajos como con el dicho doctor Angulo thenemos, todo lo qual nosotros sufriremos, y aun mas si vuestra Magestad con ello se sirve; pero creemos y thenemos por cierto que siendo tan cristianísimo vuestra Magestad, como es notorio, no querrá que sus juezes hagan otra cosa

más de aquello ques recta justicia, y el dicho doctor Angulo en lugar de enmendarse de lo pasado pasa adelante, con nuevos géneros de extorsiones y agravios que hace a todos generalmente los quales son tantos, que muchos de los vezinos desta villa estan determinados de yrse desta ysla a bibir a otras partes a donde la justicia de vuestra Magestad mejor se administre, y demás de lo dicho, los vecinos desta villa con las dichas extorsiones están en gran desasosiego, y como nosotros estamos en el cabildo desta villa para servir a vuestra Magestad y mirar por el bien comun, acordamos de hazerlo saber á vuestra Magestad, suplicándole como le suplicamos humildemente sea servido de remediarnos con toda brevedad con vuestra Real justicia, pues en la tardança, tan gran daño y deservicio de vuestra Magestad se podría recrecer, y para que a vuestro Real servicio conste de algunas cosas delas que el dicho doctor Angulo a hecho, enbiamos a vuestra Magestad estos capítulos, aunque otros muchos se pudieran enbiar, por los quales sepa vuestra Magestad parte delo que vuestros vasallos padecen y quan necesario es el remedio. Nuestro señor, la Sacra Cesárea, católica e muy enperial persona de vuestra Magestad guarde y prospere por muchos años y bien aventurados tienpos y años con aumento de muy mayores Reynos y señoríos como estos sus menores vasallos Ꭹ crialo desean. Desta villa de San Cristobal de la Ha

vana, que es en esta vuestra ysla de Cuba a quinze de Julio de cincuenta e dos S. C. C. V. Mag= Menores vasallos y criados de vuestra Magestad que sus muy enperiales pies y manos besan Diego de Soto Juan de Lobera-El licenciado ArmendarizAntonio de la Torre-Alonso de Rojas Por mandado del Concejo, Justicia e Regimiento-Francisco Perez de Borroto, escrivano público y del Concejo.

480.

(Año de 1552.-Agosto 25, Habana.)—El Concejo encarece al Consejo de Indias la necesidad de enviar artillería, pertrechos y recursos para la defensa de la fortaleza y puerto que es tan importante.-(A. de I., 5', 1, 32.)

Muy magníficos señores-Como siempre tengamos el celo y cuidado que al servicio de su Magestad se debe, nos pareció que era justo dar aviso a vuestras Señorias de que el presente en esta villa conviene para que, pues su Magestad descarga en vuestras señorias la mayor parte de todas las cosas que se ofrecen en estas partes de las yndias, provean el remedio en negocio de que tanta necesidad ay del, y es que ya vuestras señorias tienen entera noticia del puerto de esta villa ques escala forçosa de todos los navios que vienen de Nueva España, Tierra Firme y Honduras con cantidad de moneda, y lo mucho que ynporta a su Magestad, especial

mente en tiempo de guerra con Francia, questé a buen recabdo, y el gran daño y pérdida que a su Magestad le bendria, si lo que Dios no permita, los enemigos lo tomasen e se apoderasen en este puerto;

todo lo qual podrán hazer facilmente por la muy poca o casi ninguna defensa que tiene asi de fortaleza como de artillería, pólvora y municiones e gente y lonbarderos, sin los quales no se puede bien sustentar, e de todo esto damos relación a su Magestad por una carta que les escrivimos pidiendo remedio. Suplicamos á vuestras señorias que asi mismo le hagan saber la gran necesidad que ay del para queste seguro que como conviene a su Real servicio para que con toda brevedad sea servido de mandar probeer treynta negros e diez mil pesos para hazer la fortaleza, y para esto se enbien luego libranças bastantes para los oficiales de la Nueba España, y asi mismo que en los primeros navios se enbien a esta villa seis pieças de bronze gruesas, que sean dos cañones y dos culebrinas y dos medias culebrinas e cincuenta quintales de pólvora e munición de pelotas para las pieças, y que se provea de otro lombardero, porque uno no basta, y ocho honbres demas delos dos que hay agora, El alcayde Joan de Lobera, aquí tiene e con el cuydado e la buena diligencia que ay y avrá estará este puerto seguro, que, harto ynportante, como vuestras señorias tienen entendido, é porque creemos que vuestras señorias darán aviso

á su Magestad de todo, no será necesario ynportunar en esta mas: de que si alguna cosa fuere necesario mandar nos recebiresmos muy gran merced en que nos avisen, porque lo haremos con toda volantad. Nuestro señor, las muy magníficas personas de vuestras señorias guarde con aumento de muy mayor estado como vuestras señorias lo desean. De la Habana XXV de agosto de 1552 años Besan las manos de vuestras señorias Joan de Rojas= Diego de Soto Francisco Yebenes Antonio de la Torre-Juan de Lobera Pero Blasco-El Licenciado Armendariz-Alonso de Rojas Por mandado de los señores Justicia y Regimiento-Francisco Perez de Borroto-Escriuano público y del Concejo.

481.

(Año de 1552.-Noviembre 1.o, Santiago.)-Testimonio de como el Gobernador Angulo hizo pregonar que cuantos tuviesen indios esclavos exhibiesen sus títulos: ninguno lo hizo y á todos declaró libres en la Habana, Santiago, Bayamo, Puerto del Principe, Trinidad y Baracoa, sucesivamente. (Colec. Muñoz, t. LXXXVI, fol. 132.)

482.

(Año de 1552. —Noviembre 20, Habana.) — Testimonio dado por Francisco Pérez de Borroto de cantidades embarcadas para Castilla.(A. de I., 2, 15.)

Yo Francisco Perez de Borroto, escrivano pudel cabildo desta villa de San Christobal de

blico

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