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lanças que los dos españoles dellos llevavan, y mataron a lançadas alli durmiendo los seys españoles dellos y el capitan con ellos, y el otro hirieron malamente, que solo escapo dellos, y se buelven los dichos diez yndios al asyento de yndios do eran y de do avian salido, y alli sobre seguro mataron dende en dos dias otros quatro españoles que alli avian quedado, y alçose al monte todo el dicho pueblo y los yndios del que fueron munchos y quemaron su propio pueblo. Benida a esta cibdad esta nueva y alçamiento, que fue asi en fin de novienbre del año pasado, se creyó que toda la ysla estava alçada, según los daños pasados, ya yo algo convalecia de mi dolencia. Luego, de parecer del obispo desta ysla y oficiales de vuestra Magestad y regimiento desta cibdad y mio, hize gente contra los dichos yndios y otros cimarrones yndios alçados, de doze españoles con su capitan, y doze negros y diez yndios, los mas siguros que se hallaron, ballesteros y lançeros, y enbie a la villa del Bayamo, que ay veinte y seis leguas desta cibdad, y de alli se enbio otra tal quadrilla para por todas partes segurar y conquistar la tierra y buscar y prender los yndios alçados y dellinquyentes, que salieron desta cibdad y del Bayamo a un tienpo. Otro dia siguiente de año nuebo, primero de henero de este año, por que ansi mismo se suspendio el bestion. hasta que la gente fuese buelta de la guerra, y por probeer lo mas necesario y que mas convenia a la

sazon, con el dicho acuerdo y parecer de todos estando la dicha gente en la guerra y aviendo tomado veynte personas yndios, quatro dellos de los que fueron en la dicha muerte del dicho capitan y sus conpañeros, y sosegando la tierra y esperando que viniesen della para acabar el baluarte y bestion, y que de cierto se avia de hazer y acabar por mi, no se a que fin ni la yntincion dello, que Fernando de Castro fator de vuestra Magestad en esta ysla, me pidio y requirio que quitase la sisa con que se hazia la dicha guerra, y sin ella no se podia hazer ni acabar el bestion. Yo lo mande noteficar a todo el regimyento desta cibdad, creyendo que lo contradixeran, por la gran necesidad que la tierra tenia de lo dicho, para proveer en ello lo que mas servicio fuese de vuestra Magestad, y sosiego y anparo desta ysla, y por que la gente estava en la guerra, aviendo sido noteficado al dicho regimyento y estando ante mi pendiente la cabsa si la quitaria o no, sin yo proveerlo ni mandarlo, ni ser en ello, estandose conquistando los yndios alçados, se juntaron un dia a la puerta de la yglesia desta cibdad solos y sin mi el dicho fator de vuestra Magestad y regidor desta cibdad y Francisco de Agüero, questá casado con la hermana de la muger del dicho fator, ques alcalde hordinario este año en esta cibdad, Gonzalo de Gusman, que fue teniente de governador en esta ysla por el almirante, y es regidor desta cibdad y veedor de la fundicion, cuñado del dicho

y

Francisco de Agüero, alcalde, y estos tres por antel escrivano del cabildo, Cristoval de Torres mandaron que se cobrase la sisa de la carne y ansi lo mandaron al cobrador de la carne y al que la romaneava, y de hecho se efectuó, que fue por Pascua florida deste año: por no escandalizar esta cibdad y por que lo por ellos hecho parecia ser hecho en favor publico, y sobre quitar sisa y el desacato a mi, parecia ser mia la causa, lo desimule y pasé por ello hasta hazello saber a vuestra Magestad para que sobre ello proveyese justicia y su servicio, y entre tanto escrivilo al abdiencia y chancilleria de vuestra Magestad que en la Española reside, y no se me a respondido de allá. Quitada la dicha sisa como esta dicho, haze benir la gente de la guerra que hasta oy dia andan reclamando, por que no ay de que les pagar la obra del bestion y reparo contra los franceses. A esta cavsa no se prosigue y sin sisa ni puedo dar remedio por que no ay dinero, ni posibilidad con que, hasta que vuestra Magestad la mande dar y provea en. ello su servicio. Lo que a estado en mi mano e hecho, ansi en lo dicho como en justiciar los delinquientes y malhechores en las dichas muertes y otras despañoles que antes que viniesemos estavan hechas por yndios de paz que se simulavan yndios alçados y cimarrones, que hasta agora no se avia alcançado y como han visto que se les a alcançado y entendido y sobre ello justiciadolos, están al presente pacifi

cos, que se espantan todos como se a pacificado, que todo esta seguro y a un año no se a hecho otra muerte alguna despañol y las minas seguras y los caminos sin temor de andar al presente por solo un español, que de antes ni seys ni siete osavan caminar juntos. Todo lo dicho esta por ynformacion y abtos que se enbiarán si vuestra Magestad lo mandare y fuere dello servido, proveyendo todavia sobre ello segun por otras cartas lo e suplicado y por esta suplico, favoreciendome en esta governacion que por vuestra Magestad administro en avsencia del governador della por vuestra Magestad, al qual ansi mesmo hago sabidor de lo dicho para que lo escriva por su parte a vuestra Magestad. Avra tres meses que en el puerto de Plata de la ysla Española entro una nao francesa y lombardeó la villa segun aqui tuvimos nueva dello, y creymos que viniera aqui y nos apercebimos lo mejor que podimos, y pienso que por el daño que devio saver que se le hizo a la otra que aqui entró, no vino ni llego a este puerto.

Avrá un mes quel governador desta ysla desde el puerto del Espiritu Santo de la provincia de la Florida a nueve de julio pasado, escrivio al regimiento desta cibdad de su llegada a la Florida y sucedido, cuyo treslado con esta envio a vuestra Magestad, y entre otras cosas encomendó y mandó quel bestion y reparo que avia començado se acabase, pues tanto convenia. El regimiento desta cibdad lo

contradize, diziendo que no ay, posebilidad para se hazer y que se hará con mucha costa, diziendo que al presente se haga en otra parte sobre el muelle desta para descargadero de las naos, muy angosto, que no puede entrar ni bolver carreta por él, por que no se hizo sino a fin que a el pudiesen llegar los bateles, y pornian ciertas botas llenas de tierra y entre ellas asientos para el artilleria, ques a mi ver mata honbres, do solo pueden andar a penas los artilleros syn otra gente, y quitan el descargadero, que por necesario y con mucha costa alli hizo el licenciado Alonso Cuaço, teniente de governador que a la sazon en esta ysla era, no tan conviniente para reparo como la parte quel dicho governador lo co mençó. No se sy en ello ay pasion alguna; tenga por cierto vuestra Magestad que si otra cosa sintiera de razon, que la razon por do movió al governador de lo començar, do lo mando començar, lo escriviera a vuestra Magestad, mas no siento otra cosa mejor que lo que dexó él començado, y aquello parecera ansi y a paresido a toda la mayor parte desta cibdad, y por esto no e sido ni sere con el regimiento que en otra parte se haga, hasta que vuestra Magestad provea lo que mas sea su servicio, que suplico provea, por que padezco mucho trabaxo cerca dello y de que se deva cunplir el gasto dello, por que propios de cibdad no bastan, por cuya razon esta cibdad está sin carçel ni casa de cabildo ni aun carneceria apenas, por no tener de que lo remediar.

los

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