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te en ello y ser la Ciudad de Querétaro la tercera de aquel reino en lo populosa, sin que haya ninguna ciudad en que no tenga capilla especial Nuestra Señora de Guadalupe... por la presente concedo licencia a la Congregación de Nuestra Señora de Guadalupe sita en la Ciudad de Querétaro, para que pueda fabricar una capilla en qué colocar la Santa Imagen. Fecha en Madrid a 10 de Octubre de 1671." (3)

No obstante ser tan principal el Templo Guadalupano de Querétaro, por esta misma Real cédula que acabamos de citar, se echará de ver que en todas las ciudades, por lo menos las populosas, había ya capilla especial de Nuestra Señora de Guadalupe. Existía por de pronto la que en 1663 había ya edificado D. Francisco de Castro en San Luis Potosí, cuya interesante historia queda ya indicada anteriormente. (4)

Elocuentes como eran todas estas manifestaciones de culto y sincera devoción; numerosas, cada vez más, las peregrinaciones; cuantiosas, aunque no sabemos si muy bien aprovechadas, las limosnas hechas al Santuario Nacional; aumentaba todo esto y se propagaba, entre otras cosas por las correspondencias de amor y beneficios otorgados por la Santísima Virgen a sus devotos.

Uno de tales beneficios muy principal, en que pocos se han fijado, es el ser la Virgen del Tepeyac uno de los pocos elementos que tenemos para consolidar nuestra Unidad Nacional. Discordes como estamos por causas etnológicas, políticas y sociales, todavía la inmensa mayoría de la Nación se reconoce hermana con las mismas tendencias y con los mismos amores cuando los peregrinos de todos los Estados, las historias de todas nuestras casas y las almas de todo mexicano bien nacido, convergen a reconocer por su única Reina, a la Madre bendita del Tepeyac.

Respecto a los milagros por la Virgen Santísima obrados en casos particulares, debemos hacer constar que se les da tal nombre solamente en el sentido lato y tolerado de la palabra "milagro". Los que por millares se cuelgan en las paredes del Santuario en figuritas de cera, plata y oro, o en las nacionalísimas tablitas, donde la buena voluntad suele socorrer parejas con la pésima ejecución artística, son por regla general alusivas a favores especiales, funda

(3) Ced. Lafragua, Puebla.

(4) Véase tomo III, parte primera cap. IV.

damente atribuídos a la intercesión de la Madre de Dios. Habrá sin duda entre ellos algunos milagros verdaderos; pero por carecer de las necesarias declaraciones de la autoridad eclesiástica, no estamos obligados a recibirlos como tales.

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Tampoco nos parece conveniente sacar las cosas de quicio para que a la fuerza resulte milagro de la Virgen, donde, hablando con llaneza y sinceridad histórica, no hubo realmente milagro. Tal acontece con ciertos autores antiguos y algún moderno, al tratar de la famosa inundación de la Ciudad de México el año de 1629, en que ciertamente fué traída desde su Santuario la Virgen Santísima de Guadalupe, y en que ciertamente pudo haber hecho el milagro; pero de hecho no tuvo a bien hacerlo; entre otras razones (nos repetimos) para dar a los mexicanos una lección de que no hay que esperar, ni aun siquiera pedir milagros, cuando no se quieren poner los medios y causas segundas para impedir el mal de que deseamos ser librados. Después de traer la Virgen a México, confiesa el autor aludido "la inundación continuaba, aumentábanse los estragos así en la vida como en los bienes, con tales (sic) espantosas proporciones, que con fecha 16 de Octubre el Arzobispo escribió a España haber muerto en aquel corto tiempo de mes y medio más de treinta mil indios; y de veinte mil familias españolas que antes de la inundación había en México, apenas quedaban en la ciudad cuatrocientas. Como consecuencia necesaria de estos desastres, sobrevino la peste, ocasionada de la humedad, del hambre, de la corrupción de cadáveres, etc."

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CON LICENCIAT PRIVILEGIO
Mexico, Eula Imprenta del Jada de Berganda Calderge
Vendeforn latienda en la calle de San Acut

Empezó la inundación en 1629 y ese mismo año se trajo a la Virgen y no se acabó todo sino en 1634. ¿En dónde está el milagro? se preguntan el mismo P. Florencia y su gran reproductor del si

glo XIX, y resuelven muy formalmente que el milagro consistió en que fuese castigo de agua en vez del castigo de fuego que le correspondía por sus pecados a la Ciudad de México; y esto según revelación que tuvo cierta religiosa o criada de convento.

Pasando de este caso a la tesis general, toca a la crítica histórica, sana y cristiana hacer observar que la protección de Dios y de sus santos, las más de las veces no se hace por medio de milagros; así como también que protección no siempre significa liberación de los males temporales, sino paciencia para sobrellevarlos y para trocarlos en nuestro provecho y merecimiento; tal fué la providencia de Dios con sus más regalados amigos, con sus mártires, con todos sus apóstoles y con su misma Madre Santísima...

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El pueblo, y todo el pueblo mexicano era entusiasta devoto de la Virgen aparecida. La Iglesia, veía con gusto, alentaba y sostenía tan popular devoción; empero parte oficial con su solemne liturgia, aún no había tomado hasta 1663.

En dicho año el Canónigo D. Francisco de Siles Lectoral de la Metropolitana de México, cuyos méritos en virtud y letras son ya bien conocidos de nuestros lectores, movido del vivísimo deseo que siempre tuvo de promover el culto de la prodigiosa Imagen de Nuestra Señora de Guadalupe, propuso al Ilmo. Señor D. Diego Osorio de Escobar y Llamas, Obispo de Puebla, Gobernador del Arzobispado de México y Virrey de Nueva España, y al Venerable Cabildo de la Metropolitana, el plausible proyecto de pedir al Sumo Pontífice Alejandro VII el insigne beneficio de que el día 12 de diciembre, en que se hace memoria anual de la Aparición de la santa Imagen, fuese día de precepto en todo el entonces Reino mexicano; y que en ese día se rezara el Oficio propio en memoria de un hecho

tan grandioso y tan fausto para la Nación e Iglesia mexicana. Vinieron en ello el Arzobispo Virrey y el Cabildo; pero para dar más realce y eficacia a la petición se dispuso que no sólo el Cabildo eclesiástico, sino también el Ilustre Ayuntamiento de la ciudad, las órdenes religiosas y la Real Universidad, firmasen la súplica que junto con la suya, el Arzobispo elevaría a la Sede Apostólica. Toda la ciudad dió vivas muestras de satisfacción y gozo al imponerse del proyecto; y en un mismo cuadernillo se registraron las instancias que todas las religiones y colegios de la ciudad de México hacen al Pontífice Alejandro VII para que apruebe la fiesta de María Santísima de Guadalupe. Se leen trece firmas del Cabildo Metropolitano, diez de la Orden de Santo Domingo, diez y ocho de la de San Francisco, once dieguinos, doce agustinos, diez carmelitas, once mercedarios y veinte y tres de la Compañía de Jesús; entre los cuales leemos el nombre del P. Francisco Florencia y el del P. Baltasar González. De la Real Universidad de México léense los nombres de quince catedráticos, no contando los religiosos y otros dignatarios eclesiásticos que componían el Claustro: y en todo fueron ciento veinte y tres varones sabios que atestiguaban el portento, y suplicaban por la gracia de la concesión Apostólica.

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El Procurador de Siles en Roma respondió, "que aunque se habían presentado dichas cartas y papeles ante Su Santidad, y vístose en la Congregación de Ritos; por no ir testificados de la manera y forma que exige en semejantes casos la Congregación, le parecía que lo más que por ahora se podía esperar, era un Rescripto Remisioral que contendría las preguntas por cuyo tenor se examinasen los testigos del milagro y circunstancias de él; y señalasen diputados que en nombre de Su Santidad hiciesen plenaria información de todo, con lo cual se pasaría al petitorio de dicha gracia."

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De este párrafo que es del P. Florencia, y de todo lo que se presenta de documentación en este punto, realmente no se ha podido inferir sino con mucha ligereza, que en Roma se había admitido la introducción de la causa, ni menos aún que la Congregación hubiese mandado cartas Remisoriales para proceder a la instrucción del proceso en nombre de Su Santidad.

Lo que verdaderamente pasó, es que sin aguardar a que se designase la comisión Pontificia, se instruyó un proceso de información en la seguridad moral de que podría elevarse en su tiempo y con ciertos requisitos, a la categoría de proceso Pontificio; pero conste en honor de Siles, que, contra todo lo que dice Florencia, no "presentó el Canónigo a los jueces comisarios, enviado de la Curia Romana, el interrogatorio que se debía observar en el examen de los testigos". Todo lo contrario consta en el proemio de las mencionadas informaciones. (5)

Es nuestra humilde opinión que si las informaciones de 1666 no progresaron ni aun siquiera entraron en el campo oficial de la Sagrada Congregación de Ritos, fué precisamente porque se adelantaron, aunque de buena fe, los canónigos de México en la tramitación legal del asunto. Invistieron a Siles, sin ser competentes para ello, de un cargo que había de venir de Roma por un rescripto de la Sagrada Congregación.

Atribuir la ineficacia de los documentos guadalupanos ante la Corte Romana, a que se extravió la copia de ellos en manos de cierto canónigo de Sevilla, por cuyo medio Siles los había remitido a la Ciudad Eterna, nos parece una disculpa pueril e insuficiente; pues el mismo Siles mandó otra copia a Roma, y otra tercera fué por medio del Virrey al Consejo de Indias, y de allí a la Embajada Española ante el Papa, según adelante veremos. Y que el proceso no entró en la consideración de la Sagrada Congregación es cosa cierta: consérvanse en su archivo, minuciosamente catalogados, todos los papeles aun de mucho menor importancia que el proceso de 1666, y de éste no hay ni vestigio. (6)

(5) Véase, Informaciones, etc., página séptima, edición de 1889. (6) Con increíbles trabajos y gracias a la especial recomendación del Excmo. Señor Cardenal Vico, y a la solicitud de Monseñor Verde, logré penetrar en lo más interior y más elevado del Vaticano, allá por la rampa en caracol, obra del Bramante, al Archivo secretísimo de la Congregación de Ritos. No contentándome con los catálogos, ví tomo por tomo, los que supuse que podían contener algo del asunto; mas no encontré ni un sólo do

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