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rompieron los dos aliados la guerra por el valle de Noguera Ribagorzana, tomaron varias fortalezas á los musulmanes, y se ensancharon los límites del condado barcelonés por la parte de Lérida, de Tortosa y de Tarragona, estableciendo el conde alcaides de frontera en los castillos y fuertes avanzados hasta darse la mano por algunos puntos con el reino de Aragón. El ardimiento bélico del de Urgel y la circunstancia de haber dado su hija Felicia en matrimonio al rey Sancho Ramírez de Aragón moviéronle á ofrecer su brazo á este monarca para ayudarle en el sitio de Barbastro, y en esta gloriosa empresa le arrebató la muerte (1065), de lo cual le quedó en la historia el sobrenombre de Armengol el de Barbastro.

No era el conde don Ramón Berenguer I hombre que por atender á las empresas militares desatendiera los negocios religiosos y políticos del Estado. Por el contrario, más todavía que de guerrero supo ganar perdurable fama de piadoso, de legislador, de reformador de las costumbres públicas. Además de haberle debido Barcelona la nueva fábrica de la catedral y otras piadosas fundaciones, quiso poner remedio á las costumbres relajadas y un tanto rudas de los eclesiásticos, que más se cuidaban de armaduras y caballos y de ejercicios de guerra y de montería que de los deberes de su sagrado ministerio. A este propósito congregó en 1068 con aprobacion del papa Alejandro II un concilio en Gerona que presidió el legado Hugo Cándido de vuelta de su primer viaje á Roma. Los catorce cánones de este concilio nos revelan cuáles eran los abusos y excesos que predominaban y que se creyó más urgente corregir. Se condenó la simonía, se aseguró la dotación del clero secular, se excomulgó á los que no se apartasen de los matrimonios incestuosos y á los maridos que rehusasen reunirse con sus mujeres legítimas, se prohibió á los clérigos el matrimonio y el concubinato, el uso de las armas, el ejercicio de la caza y los juegos de azar, pero no se abolió en este concilio el oficio gótico, como muchos han creído, sino tres años después y de la manera que hemos enunciado ya (1).

No contento con esto el celoso conde, y aspirando al glorioso título de legislador, convocó en aquel mismo año (2) y congregó en Barcelona y en su mismo palacio á los condes, vizcondes y barones principales de Cataluña, y de acuerdo y conformidad con la condesa doña Almodis, su segunda ó tercera esposa (3), manifestó á aquella ilustre asamblea la nece

(1) Actas del concilio de Gerona.-Véase Flórez, Esp. Sagr., t. III.-La Canal, continuación de la misma, t. XLIII.

(2) Otros suponen que en 1070. La opinión más común y seguida es que fué

en 1068.

(3) Hay vehementes indicios y aun algunos datos para creer que después de la muerte de la condesa doña Isabel y en los tres años que mediaron hasta que el conde contrajo nuevo matrimonio con doña Almodis, hija de los condes de la Marca en el Limosín, estuvo don Ramón Berenguer el Viejo casado con doña Blanca, de desconocida familia, á quien sin duda repudió por los nuevos amores con doña Almodis, repudiada á su vez por Poncio, conde de Tolosa Créese que este hecho fué el que dió ocasión á la abuela doña Ermesinda para alcanzar del papa la excomunión de que hemos hablado contra sus nietos.

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caído en desuso con el trascurso de los tiempos, eran otras inaplicables á las circunstancias de entonces, y los usos y costumbres de los nuevos pueblos habían introducido y arraigado costumbres, que habían ido adquiriendo fuerza de ley. Era, pues, necesario suprimir unas, acomodar otras á las nuevas condiciones sociales, y autorizar con la sanción lo que la experiencia había aconsejado como conveniente. Era menester, en una palabra, variar la constitución civil y social del pueblo, y esto fué lo que hizo el conde don Ramón Berenguer el Viejo con su esposa doña Almodis y con el auxilio de sus barones y magnates en las cortes de Barcelona de 1068, compilando el famoso código de los Usages de Cataluña, sabia compilación que los ilustrados monjes de San Mauro llamaron la compilación sistemática é íntegra de usos, más antigua y auténtica que se co noce (1). Obra fué esta la más honrosa del conde Ramón Berenguer I, y una de las más brillantes páginas de la historia del pueblo catalán. Debemos advertir que aquella asamblea de Barcelona no fué un concilio, como equivocadamente han querido decir Baronio, Mariana y otros autores, ni la presidió el cardenal Hugo Cándido, ni asistió á ella un solo obispo, sino un verdadero congreso político, unas cortes en que no se trató una sola materia eclesiástica. Y lo que es más, no se abolieron tampoco en ellas las leyes góticas, como muchos también han pretendido, sino que se mantuvieron en observancia en la parte no reformada ó reemplazada por los Usages hasta mucho después de incorporado el condado de Barcelona con el reino de Aragón (2).

La fama de la grandeza y poderío de Ramón Berenguer había llegado á los árabes del Mediodía de España, y cuando Ebn Abed el de Sevilla se puso sobre Murcia, su negociador y caudillo Ebn Omar, el mismo que había agenciado la amistad y alianza de Alfonso VI de Castilla, pasó también á Barcelona á solicitar auxilios del conde, que obtuvo á precio de diez mil doblas de oro, prometiendo otras tantas tan pronto como la hueste auxiliar catalana llegase á Murcia. El hijo del rey de Sevilla había de ser entregado en rehenes al conde de Barcelona, y éste envió con igual condición un primo suyo al emir sevillano. Pisaron, pues, las tropas catalanas los campos de Murcia; púsose el hijo del emir en manos del conde barcelonés, mas como no viese cumplidos por parte del rey musulmán otros artículos del convenio, apoderóse la sospecha y la desconfianza del ejército catalán y de su jefe, siguiéronse conflictos y choques en el campo, y Ramón Berenguer tomó, sin soltar sus rehenes, la vuelta de Cataluña. Retenido permaneció en su poder el hijo de Ebn Abed Al Motamid, hasta que su ministro Abén Omar volvió á pasar á Barcelona, no ya con sólo la suma estipulada, sino con treinta mil doblas de oro, efectuán

(1) L'Art de vérifier les dates citado por Capmany, Memorias de Barcelona, t. II. -Vives, Usages y otros derechos de Cataluña, t. I.

(2) Flórez, Esp. Sagr., t. III. Id. t. XXIX. - Masdeu, Hist. Crit, t. XIII.-Bofarull, t. II. – Vives, Usag., t. I. - Balucio, Marca Hispan., lib. IV.

dose entonces el canje del primo del barcelonés y del hijo del sevillano (1).

Si prudente, activo y mañoso fué el conde Ramón Berenguer I para restablecer la quebrantada unidad condal y dilatar las fronteras de su Estado de este lado de los Pirineos, no lo fué menos para aumentar y asegurar las posesiones que de la otra parte de los montes le pertenecían por derecho de herencia de su abuela Ermesinda. Astucia, energía y diligencia necesitó, y esta fué una de sus mayores glorias, para conseguir que fuesen renunciando á sus respectivas pretensiones los jefes de aquellas casas poderosas; y merced á su habilidad y destreza vióse por los años 1070 á 1071 dueño de los pingües Estados de Carcasona, Tolosa, Narbona, Cominges, Conflent y otros de aquella parte del Rosellón. De modo que llegó este célebre conde á concentrar en una sola mano un vastísimo territorio que de uno y otro lado de los Pirineos comprendía los condados de Barcelona, Gerona, Vich, Manresa, Carcasona, el Panadés, y las comarcas que caían en los condados de Tolosa, de Foix, de Narbona, de Minerva y de otras regiones traspirenaicas.

Pero reservado estaba á tan gran príncipe ver acibarados los postreros años de su gloriosa carrera con un gravísimo disgusto doméstico, el mayor de todos los que había experimentado. Entre su esposa la condesa Almodis y el hijo único que le había quedado de la princesa Isabel, llamado Pedro Ramón, estallaron discordias que turbaron lastimosamente la paz de la familia. Acaso el entenado sospechaba que la madrastra por amor á sus hijos propios instigara al padre para que le privase de lo que le pertenecía por derecho de primogenitura. Fuese esta ú otra la causa, el encono y las malas pasiones del hijo de Isabel le cegaron y arrastraron al extremo de ensangrentar sus manos en la prudentísima esposa de su padre, y á mediados de noviembre de 1071 cometió el horrible crimen de asesinar á su madrastra la condesa Almodis. Golpe fué este que apenó tan hondamente al desgraciado padre y esposo, que aquel corazón que los contratiempos no habían podido nunca consternar, dió entrada al pesar y al abatimiento, á términos de ir consumiendo poco a poco aquella vida preciosa hasta llevarle á la tumba. Falleció, pues, el ilustre conde don Ramón Berenguer el Viejo, el guerrero, el legislador, el justo, coronado de gloria y de laureles, pero lleno de amargura, el 27 de mayo de 1076, después de un reinado de 41 años. La historia sigue denominándole con el título de el Viejo, no por su edad, sino por el consejo y prudencia que mostró desde su juventud (2).

Era el año que á consecuencia de la muerte alevosa dada á otro prín

(1) Conde, part. III, cap. vI.

(2) Los cuerpos de los ilustres condes don Ramón Berenguer I y doña Almodis se conservan en la catedral de Barcelona, en dos urnas de madera cubiertas de terciopelo carmesí, colocadas en el lienzo de pared interior que media desde ia puerta de la sacristía á la que da salida al claustro, á unos quince palmos de elevación del pavimento.— El matador de su madrastra, Pedro Ramón, parece que desterrado de su país natal fué condenado por el pontífice y colegio de cardenales á una ruda penitencia que duró veinticuatro años.

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tiempo que estos dos reinos parecía marchar hacia la unidad, Ramón Berenguer el de Barcelona, llevado del amor de padre como Sancho el Mayor de Navarra y Fernando el Magno de Castilla, había incurrido en el mismo deplorable error que ellos, dejando el Estado pro indiviso á sus dos hijos y de la condesa Almodis, los dos hermanos gemelos Ramón Berenguer II y Berenguer Ramón II. Parecía fatalidad de los grandes príncipes, cuanto mayores eran, desconocer más las pasiones de la naturaleza humana. Tenían demasiado cerca los nuevos condes el incentivo de la ambición para que pudiera dejar de tentar al uno ó al otro. Una sola corona para dos cabezas, por más que el padre dejara dispuesto para evitar discordias que partiesen entre sí las rentas y las gozasen por igual, fácilmente se había de convertir en manzana de discordia, y así aconteció. Ramón Berenguer, el primer nacido, llamado Cabeza de Estopa (Cap d'estopes) por su blonda cabellera, era de tan gentil presencia como de índole apacible y amante de las virtudes pacíficas: Berenguer Ramón, el menor, era belicoso, activo, impetuoso y descontentadizo.

No tardó este último en mostrar por quién había de romperse la difícil armonía y concordia tan necesarias para el bien de sus comunes pueblos, exigiendo al mayor palabra pública y testimoniada de que se efectuaría la partición de las tierras. Antojósele luego poco segura aquella palabra, y más adelante, en 1079, ya exigió su cumplimiento, proponiendo además que, pues el gobierno debía partirse en lo posible, cada uno de ellos morase medio año en el palacio condal, el uno desde ocho días antes de Pentecostés hasta ocho antes de Navidad, y el otro el resto del año, y que cada cual esperase su turno y retuviese como en garantía el castillo del puerto. A todo iba accediendo el bondadoso y cándido Ramón Berenguer Cap de Estopa, y nada bastaba á satisfacer al exigente y descontentadizó hermano Berenguer Ramón. Al año siguiente (1080) los hallamos celebrando otro contrato, que descubre á las claras el rencor y malquerencia del hermano menor, pues entre otras condiciones arrancó á su hermano la de entregarle en rehenes diez de sus mejores prohombres (1). Tanta condescendencia y tanta mansedumbre de parte de don Ramón Berenguer no hicieron sino precipitar su ruina. Dos años después de este último convenio, el 6 de diciembre de 1082, en un bosque solitario que había camino de Gerona entre San Celoni y Hostalrich se encontró el cadáver de un hombre que se conocía haber muerto á manos de asesinos. Era él, el buen Berenguer Cap de Estopa, asesinado por gentes de su hermano Berenguer Ramón. El desgraciado acababa de ser padre de un niño que un mes hacía le había dado su esposa Mahalta, la hija del valiente capitán normando Roberto Guiscard (2).

Espanto, indignación y horror causó en toda Cataluña la nueva del

(1) Archivo de la corona de Aragón, colección de don Ramón Berenguer II, n. 48. (2) El maestro Diago ha querido salir á la defensa del conde Fratricida (que con este infamante nombre se le conoció después): de seguro no se hubiera constituído en defensor de tan mala causa si hubiera examinado bien los documentos del archivo de

horrible crimen. Sin embargo, nadie se atrevía á tomar sobre sí la defensa y tutela de la desventurada viuda y del ilustre huérfano, llamado también Ramón Berenguer como su padre. Atrevióse el primero el vizconde de Cardona Ramón Folch (1083) á declararse vengador del Fratricida. Siguieron más adelante su ejemplo (1084) los Moncadas y otros barones y allegados de la casa condal, juntos con el conde y condesa de Cerdaña y el obispo de Vich. «Mas ¿qué podía, exclama con razón un juicioso historiador catalán, una junta celebrada á escondidas y á la sombra del misterio por unos pocos servidores contra la habilidad y pujanza de Berenguer Ramón?» Por otra parte, el testamento del último conde favorecía al que sobreviviese de los dos hermanos coherederos, y ya por respeto á esta cláusula, ya por temor al carácter y pujanza de Berenguer Ramón, hubieron los conjurados de tener por prudente diferir para mejor ocasión sus planes de venganza, y consentir en que se sometiese la tutela del niño y el gobierno de lo que á éste le tocaba en herencia á su tío Berenguer, el asesino de su padre, de la cual se le invistió en 6 de junio de 1085, si bien limitándola al plazo de once años, y hasta que el niño Ramón alcanzase á los quince el derecho de reinar y de calzar las espuelas de caballero, símbolo del mando.

Dejamos, pues, al conde Berenguer Ramón II el Fratricida, gobernando el condado de Barcelona por sí y á nombre de su sobrino; época que fué en Cataluña fecundo principio de grandes é importantes sucesos: y puesto que hemos trazado el cuadro de lo que aconteció en los tres reinos de Aragón, Navarra y Barcelona hasta la memorable conquista de Toledo, que inauguró una nueva era para Castilla, cuya marcha y vicisitudes hemos adoptado por norma para las divisiones de nuestros períodos históricos, hagamos aquí alto y examinemos con arreglo á nuestro sistema las modificaciones que en su vida material y moral ha ido recibiendo cada Estado de la España, así cristiana como muslímica, en el período que comprenden los capítulos XVII al XXIV de este libro.

Barcelona, y principalmente si hubiese visto la sentencia que los jueces de corte pronunciaron en Lérida en 1157 sobre este hecho.

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