Fuentes y concordancias del Código de comercioF. Lajouane, 1887 - 576 páginas |
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... ARTÍCULO 20 La mujer no puede ser autorizada por los Jueces para ejecutar actos de comercio , contra la voluntad de su marido . Fuentes : Massé n ° 1143 . Concordancias : Urug . 20 ; Par . 20 ; Méj . 23 . ARTÍCULO 21 Concedida la ...
... ARTÍCULO 20 La mujer no puede ser autorizada por los Jueces para ejecutar actos de comercio , contra la voluntad de su marido . Fuentes : Massé n ° 1143 . Concordancias : Urug . 20 ; Par . 20 ; Méj . 23 . ARTÍCULO 21 Concedida la ...
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... ARTÍCULO 25 La revocación de la autorización concedida por el marido á la mujer en los términos del artículo 18 , solo puede tener efecto si es hecha en escri- tura pública que sea debidamente registrada y publicada . Solo surtirá ...
... ARTÍCULO 25 La revocación de la autorización concedida por el marido á la mujer en los términos del artículo 18 , solo puede tener efecto si es hecha en escri- tura pública que sea debidamente registrada y publicada . Solo surtirá ...
Página 15
... ARTÍCULO 27 Están prohibidos de ejercer el comercio por incompatibilidad de es- tado : 1. Las corporaciones ... ARTÍCULO 28 En la prohibición del artículo precedente , no se comprende la facultad de dar dinero á interés , con tal que las ...
... ARTÍCULO 27 Están prohibidos de ejercer el comercio por incompatibilidad de es- tado : 1. Las corporaciones ... ARTÍCULO 28 En la prohibición del artículo precedente , no se comprende la facultad de dar dinero á interés , con tal que las ...
Página 18
... ARTÍCULO 38 Toda alteración que los comerciantes hicieren en las circunstancias es- pecificadas en el artículo 34 será de nuevo llevada al conocimiento del Tri- bunal , con las mismas solemnidades y resultados . Fuentes : Port . 9 ...
... ARTÍCULO 38 Toda alteración que los comerciantes hicieren en las circunstancias es- pecificadas en el artículo 34 será de nuevo llevada al conocimiento del Tri- bunal , con las mismas solemnidades y resultados . Fuentes : Port . 9 ...
Página 26
... ARTÍCULO 64 Las cartas deberán copiarse por el orden de sus fechas en el idioma en que se hayan escrito los originales . Las postdatas ó adiciones que se hagan despues que se hubieren regis- trado , se insertarán á continuación de la ...
... ARTÍCULO 64 Las cartas deberán copiarse por el orden de sus fechas en el idioma en que se hayan escrito los originales . Las postdatas ó adiciones que se hagan despues que se hubieren regis- trado , se insertarán á continuación de la ...
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Fuentes y Concordancias del Código de Comercio (Classic Reprint) Amancio Alcorta Sin vista previa disponible - 2018 |
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Términos y frases comunes
acción aceptación Acevedo acreedores ALCORTA armador artículo precedente arts asegurado autorización avería común Belg capitan CAPÍTULO carga cargadores cargamento ción Código de Comercio comerciante comisionista comitente comprador Concordancias concordato consignatario contrato contrato de seguro créditos cuenta Cund dador daños y perjuicios debe declaración de quiebra derecho descarga designación despues determinado deuda deudor disposición domicilio efectos embargo endosantes endoso entrega Esp.¹ Esp.² espresamente estipulado exigir fallido fiador fianza firma fletador fletante flete Fuentes Massé Fuentes Port Fuentes Proy gastos girado gruesa hubiere hubiese indemnización individuos intereses judicial Juez Comisario lejislación letra de cambio librador mandatario mandato Méj moratoria novación objetos obligado Ordenanzas de Bilbao pago persona Perú plazo podrá portador precio prescrita protesto Prus puerto recibir reclamar respecto responsabilidad riesgos salvo serán síndicos sociedad socios solidariamente sueldos tenedor tículo título tomador trasporte Tribunal de Comercio tripulación Urug valor venta verificado viaje Wurt
Pasajes populares
Página 165 - Las compras de bienes raices y muebles accesorios. Sin embargo, serán comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo ó facilitarlo, aunque sean accesorias á un bien raiz ; 2° Las de objetos destinados al consumo del comprador, ó de la persona por cuyo encargo se haga la adquisición ; 3° Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y ganados; 4°...
Página 26 - Sus asientos probarán contra los comerciantes á quienes pertenezcan los libros, sin admitírseles prueba en contrario; pero el adversario no podrá aceptar los asientos que le sean favorables, y desechar los que le perjudiquen...
Página 169 - La cláusula: por cuenta, puesta en el conocimiento ó carta de porte, no siendo reclamada por el comprador dentro de veinticuatro horas, ó por el segundo correo; 5°.
Página 272 - El aceptante de una letra á quien se exija el pago sobre otro ejemplar que el de su aceptación, no está obligado á verificarlo...
Página 166 - Cuando la venta se hubiere hecho sobre muestras!, ó determinando una calidad conocida en los usos del comercio, no puede el comprador rehusar el recibo de los géneros contratados, siempre que sean conformes á las mismas muestras, ó á la calidad prefijada en el contrato.
Página 166 - En todas las compras que se hacen de efectos que no se tienen á la vista, ni pueden clasificarse por una calidad determinada y conocida en el comercio, se presume en el comprador la reserva de examinarlos y de rescindir libremente el contrato, si los géneros no le convinieren.
Página 322 - La propiedad de los buques mercantes, puede recaer indistintamente en toda persona que por las leyes generales tenga capacidad para adquirir...
Página 41 - Diariamente se trasladarán todos los artículos del cuaderno manual á un registro, copiándolos literalmente, sin enmiendas, abreviaturas, ni interposiciones, guardando la misma numeración que lleven en el manual. El registro tendrá las mismas formalidades que se prescriben en el art.
Página 110 - ... abonará á su comitente el perjuicio que se le haya seguido por la diferencia del precio, subsistiendo no obstante la venta. En cuanto al comisionista que, encargado de hacer una compra, se hubiere...
Página 255 - En virtud del protesto por falta de aceptación, tiene derecho el tenedor á exigir del librador ó de cualquiera de los endosantes, que afiancen á su satisfacción el valor de la letra, ó que en defecto de dar esta fianza, depositen su importe, ó se lo reembolsen...