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Código penal, y próximos tal vez à un cambio radical en nuestros procedimientos judiciales, y en nuestro derecho civil, cuyo proyecto de código se ha lanzado á la pública discusion, nunca mejor que ahora, en ningun caso mas propio que el presente se hace sentir la necesidad de abarcar en nuestros estudios todos los adelantos que la ciencia ha hecho desde fines del siglo anterior. Pero ese movimiento intelectual, esos visibles proyectos de la legislacion, esa manifestacion cotidiana de la ciencia no debemos buscarla única y esclusivamente en las grandes obras del ingenio, no. Como dijimos en nuestro prospecto, ella aparece tambien bajo la modesta forma de Revistas; porque los hombres eminentes de todas las naciones han comprendido, que para difundir esos mismos conocimientos científicos, conviene mas bien darles la forma de publicaciones periódicas, que la demasiado severa de tratados completos. Hé aqui la razon por que en todos los paises de Europa se fundaron desde principios de este siglo varias revistas, de las cuales unas han cesado de aparecer, y otras han continuado hasta nuestros dias por sus mismos fundadores ó por otros que les han sucedido.

Las principales de ellas son:

En ALEMANIA el Diario critico de jurisprudencia y legislacion estranjeras, fundado en 1828 por Mittermaier y Zaccariæ, y continuado despues por el primero, Mohl y Warnkoenig; el Diario de la ciencia histórica del derecho, fundado en 1815 por Savigny, Goeschen y otros, continuado luego por Klenze, y mas tarde por Rudorff; los Anales de la administraccion de la justicia criminal en Alemania y en el estranjero, fundados por Hitzig, y continuados por Demme y Klunge; los Archivos de la nueva legislacion de los Estados federales alemanes, publicados bajo la direccion de Mr. Rauch; el Sumario de las producciones mas recientes

de la ciencia del derecho en Alemania y en el estranjero, por el doctor Emilio Kind; la Revista del derecho y la jurisprudencia alemana por Reyscher y Wilda; y la Revista para un procedimiento criminal aleman, por Nollner, Jagemann y Temme.

En ITALIA, el Diario del Foro y la Revista de legislacion y jurisprudencia que ven la luz pública en Roma; la Gaceta de los tribunales, y el Progreso de las ciencias, de las letras y de las artes por Bianchi, en Nápoles; los Anales de la jurisprudencia, y el Subalpino, diario de las ciencias, bellas letras y artes, en Turin; La Temis, diario de legislacion y jurisprudencia, en Florencia; La Gaceta de los tribunales y el Diario de la ciencia politico-legal, en Milan; el Eco de los tribunales, y el Diario de jurisprudencia práctica, en Ve

necia.

En INGLATERRA, el Almacen legislativo ó Revista trimestral de jurisprudencia, por Hagward abogado en Londres, y la Revista británica y estranjera ó Diario Europeo trimestral, por Ridgway.

En FRANCIA, la Revista de jurisprudencia y legislacion que se publica desde 1834, por Wolowski, Troplong y otros; La Gaceta de los tribunales, que cuenta 28 años de existencia; el Derecho, que data desde 1836; la Revista crítica de la jurisprudencia, por Coin-Delisle, Marcadé, Molinier y otros, que comenzó en enero de 1851; y la Revista bibliográfica y critica de derecho francés y estranjero, que bajo la direccion de Mr. Ginoulhiac apareció en marzo del presente

año.

En BELGICA, los Archivos de derecho y de legislacion que principió en 1837; y la Revista de las revistas de derecho, que data desde 1838.

En HOLANDA, la Revista del derecho y la legislacion que publican en Amsterdam desde 1826 Den Tex y Uan Hall.

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En los ESTADOS UNIDOS, el Almacen americano de jurisprudencia y legislacion, publicado por Sumner, Cushing é Hillard desde 1829.

Tal es, en resúmen, el estado del periodismo jurídico en Europa, tales los materiales de que disponemos y los colaboradores con que contamos en el estranjero para la confeccion de nuestra Revista.

ESPAÑA puede vanagloriarse tambien de contar un sin número de publicaciones, que honran sobremanera nuestra clase colocándola al nivel de las primeras naciones de Europa. Si han desaparecido ya el prímitivo Boletin de jurisprudendia y legislacion, la Crónica juridica, la Gaceta de los tribunales, el Foro español, el Boletin jurídico y eclesiástico, el Derecho moderno, la Reforma, y el Derecho español; quedan sin embargo en pié, en Madrid el Faro nacional, que tan acertadamente dirige el Sr. Pareja de Alarcon; el Boletin del Ministerio de Gracia y Justicia; el Boletin de jurisprudencia y administracion, que se redacta bajo la direccion del ilustrado jurisconsulto Sr. Hernandez de la Rua; y la Administracion española, del Sr. Saiz de Arroyal: en Burgos la Revista de los tribunales y de la administracion del Sr. Alcubilla; y en Sevilla, la Ley, del Sr. Camacho, y otro que se anuncia ahora con el nombre de El Eco de Andalucia, Revista de legislacion y jurisprudencia, ciencias médicas, etc.

Dedicadas todas estas publicaciones al estudio y dilucidacion de nuestro derecho y de nuestra jurisprudencía, cumplen de una manera brillante el objeto que se propusieron desde su creacion. Pero dejan seguramente un gran vacío para los que quieran ensanchar mas sus conocimientos, para los que deseen conocer la marcha de la ciencia en Europa, y su estado actual, para los que quieran estudiar las legislaciones estranjeras, para los que finalmente, elevándose á la altura de un legislador, no se contentan con cir

cunscribir sus investigaciones á los estrechos límites de nuestro derecho, sino que quieren tender sus alas por otro horizonte mas estenso y halagüeño, y mucho mas conforme con el estado actual de las modernas sociedades.

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Hé aqui ya en relieve el principal objeto que nos proponemos con la publicacion de nuestra Revista. Pero no se concreta á esto solo nuestro pensamiento: fieles al título de Revista general que le hemos dado, aspiramos á que en sus páginas se traten científicamente y con la estension debida todas las cuestiones teóricas y prácticas de derecho español que ofrezcan mayor interés y sean de utilidad mas inmediata. No desconocemos el compromiso que contraemos para con nuestros compañeros: tal vez hubiéramos cejado ante las grandes dificultades que ofrece una publicacion de esta naturaleza, la primera que se ha planteado en nuestro pais. Pero todo lo hemos arredrado fiados en nuestro buen deseo y en las sinceras escitaciones de personas tan competentes como ilustradas, cuya franca cooperacion será sin duda una de las mejores recomendaciones de nuestra Revista.

LOS DIRECTORES de la Revista,

Ignacio Miquel y Rubert.

José Reus.

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